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Tema: carta a banco españa para que entre todos la miremos y ver si quito o añadimos.

  1. #1
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    carta a banco españa para que entre todos la miremos y ver si quito o añadimos.

    SERVICIO DE RECLAMACIONES DEL
    BANCO DE ESPAÑA
    MADRID

    FULANITA DE TAL,, mayor de edad, con domicilio en la Madrid, interviene como titular de la tarjeta de crédito a este servicio de reclamaciones del Banco de España, se dirige por medio del presente escrito y como mejor proceda en Derecho a estos pertinentes efectos dice:

    Con fecha 7 de Enero 2.011 se remitió escrito (documento nº 1) el cual fue contestado con fecha 1 de Marzo de 2.011 (documento nº 2) queriendo indicar lo siguiente:

    - Se me adjunta como documento nº 1 por parte de MBNA la composición de la deuda en la que se podrá observar que en ningún momento se refleja el tipo de interés aplicado, y como documento nº 2 copia del contrato de su tarjeta, en el que podrán comprobar que simplemente es un fax no teniendo en mi poder ningún contrato ni condiciones generales de la tarjeta lo cual fue solicitado en múltiples ocasiones sin tener ninguna respuesta por parte de ellos.

    Por medio del presente escrito vengo a formular reclamación ante este servicio de atención al cliente por considerar contrario a la buena práctica bancaria la aplicación del sistema de amortización o capitalización negativa utilizado por la reclamada en sus operaciones mercantiles de préstamos, consistente en la utilización de un régimen de reembolso de un préstamo por el cual el balance pendiente del principal aumenta en lugar de amortizarse debido a que los reembolsos periódicos previstos no cubren el monto total necesario para amortizar la adeuda y el interés no pagado se agrega al principal de la deuda pendiente y se reembolsa en una fase posterior sistema mediante el cual si se producen una serie de impagos la deuda se incrementa de tal manera que hace difícil su amortización.

    A su vez muestra su oposición a los cargos efectuados por los conceptos de:

    a.- Cuota por Domiciliación Impagada: 880,00 Euros (del que han descontado 330 Euros después de la reclamación al servicio de atención al cliente).

    Quiero recordar que el Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en su Memoria que la aplicación automática de estas comisiones, «tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado alguna gestión encaminada al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión»; redunda que su devengo está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador). En ningún momento he recibido todos los escritos que indica MBNA y que no pueden demostrar por no existir, únicamente he recibido dos escritos de fechas 9 Julio 2.010 y 16 de Junio de 2.010 firmados por D.Alejandro Fernández Campos con una copia de un procedimiento monitorio (se adjunta como documento nº 4, hecho parece ser denunciado ante el Colegio de Abogados de Madrid pues parece ser que este señor no cumple las obligaciones que dimanan de las actuaciones éticas y deontológicas actuando de la forma en que lo hace y ello es así en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del citado Código apartado 2º que deja suficientemente claro que la actitud de un letrado deberá evitar toda clase de abuso, y a esta parte no le cabe la menor duda, que es un acto abusivo, amenazador, e intimidatorio el hecho de reclamar una deuda adjuntando un escrito de demanda sobre una acción a interponer.




    b.- Comisión exceso de limite: 850,00 Euros, (descuentan 710 Euros) en la que sospecho que computan comisiones, no capital principal

    Dicha comisión está reiteradamente censurada por el Servicio de Reclamaciones del Banco de España pues considera que no “era por un importe que no era el recogido en el contrato o en períodos en los que la misma no se correspondía con una facilidad crediticia otorgada por la entidad de crédito, sino con una mera acumulación de la deuda pendiente de pago”.


    c.- Intereses: 3.272,63 (descuentan 403, 68 Euros). Según el limite establecido en la ley del reino de España de créditos al consumo de 1.995, articulo 19.4, establece el limite del interés a cobrar por créditos al consumo o descubiertos en cuenta como 2,5 veces el interés legal del dinero.

    Que en diferentes sentencias los tribunales han reiterado que tales clausulas son abusivas.


    También deseo poner de manifiesto el aumento, por decisión unilateral de la empresa prestataria del interés de mi tarjeta según el siguiente cuadro:


    Año 2.004 a 11.09.2006 17,9 % TAE
    11 Sepbre 2.006 a actual 18,09 % TAE


    Esta decisión unilateral de MBNA vulnera el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias que señala que «Igualmente podrán modificarse unilateralmente las condiciones de un contrato de servicios financieros de duración indeterminada por los motivos válidos expresados en él, siempre que el empresario esté obligado a informar al consumidor y usuario con antelación razonable y este tenga la facultad de resolver el contrato, o, en su caso, rescindir unilateralmente, sin previo aviso en el supuesto de razón válida, a condición de que el empresario informe de ello inmediatamente a los demás contratantes».
    Quiero poner de manifiesto que MBNA no me comunicó ningún cambio en las condiciones en lo que a intereses se refiere.

    En cuanto a la cesión de mi cuenta a dos empresas de recobro solamente indicar que las llamadas que se recibieron por parte de esas empresas fueron amenazas, llamadas a vecinos, llamadas a trabajo vulnerando la ley de protección de datos, extremo que por ignorancia no se denunciaron en la agencia de protección de datos en su día pero si se denunciaron a través de escritos (se adjuntan como copia nº 6) .
    Según escrito por parte de MBNA y después de haber pagado 10.369,72 euros me indican que mi saldo deudor es de 3.252,44 por una línea con un limite de crédito de 3.400 Euros.

    Por todo lo anteriorente expuesto solicito del Banco de España intervenga con el fin de la regularización de intereses por parte de MBNA asi como el abono de las comisiones de exceso, impago

  2. #2
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    Avatar de Joven_Preocupado
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    Me parece bastante bien el escrito, a ver si alguien opina también.

    En cuanto a lo de intereses: ¿A que intereses te refieres con los 3000 euros? ¿has sumado todos los intereses que cada mes te cobran o como?

    Por cierto, pero que barbaridad!!!!! de 3500 llevas casi 11.000 pagados y te reclaman 3500 mas!!!!
    Última edición por Joven_Preocupado; 19/05/2011 a las 01:00

  3. #3
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    A mi también me parece muy bien la carta, muy bien redactada, clara y concisa. Es una bestialidad lo de los intereses, muy heavy!

  4. #4
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    Muy bien el escrito, muy claro y bien ordenado!
    En cuanto a los intereses me has dejado sorprendidisima! sumaste los intereses aparte de las comisiones y el 5% famoso?
    Que barbaridad!

  5. #5
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    os voy a colgar una parte de la contestacion de ellos

  6. #6
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    ya teneis el escrito

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