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Tema: Embargo en cuenta sin notificar sentencia

  1. #1
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    Avatar de macatrullo
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    Angry Embargo en cuenta sin notificar sentencia

    Buenas tardes,
    Soy nuevo por aquí, tengo que exponer un tema, intentare explicarme lo mejor posible, el otro día me llego un embargo a la cuenta de 23 euros, que era la mitad de lo que tenia, claro la cuenta está a nombre mío y de mi pareja, la información que me dan es :

    Juzgado de 1ª instancia de ...... procedimiento ...................

    Retenido 23€ total requerido: 53.0000€

    esto por lo que creo es de una cuenta de crédito de una empresa en la cual yo era socio y avalista del préstamo y de otros dos (50.000€ y 20.000€) más que teníamos, cuando se cerró la empresa mi socio había cambiado todo de nombre y el banco vino a por mí, a si que tuve que hacerme cargo y hipotecar una finca para pagar dos de los prestamos, pensé que este se lo habían reclamado a el por qué han pasado cuatro años, mis preguntas son las siguientes:
    1-no deberían haberme notificado la sentencia de embargo?
    2-tengo el piso hipotecado al 100% y la finca también, mi parte es el 50% de cada cosa, podrían quitármelo?
    3- cada cuanto suelen embargar las cuentas los bancos?
    4-tengo 960€ de nomina y 800 entre hipotecas. Cuanto podrían embargarme.
    la verdad es que no me llega ya con las dos hipotecas no sé como haría para pagar una tercera y estoy desesperado, cuantas y cada cuanto suelen embargar las cuentas los bancos? no se qué hacer. Gracias de antemano.

  2. #2

    Ixxxxxx
    Avatar de Ixxxxxx
    Lo de haberte retenido la mitad e lo que tenías ha sido por que la cuenta está a nombre de dos.
    Para saber de qué es exactamente el embargo tendrás que ir a preguntar al juzgado.
    La vivienda no sé si les interesará quitártela, depende de lo que te quede por pagar.
    El juzgado seguro que te habrá notificado lo del embargo, pero deberías ir allí.
    Para el embargo de la nómina hay unas cantidades que no pueden tocar.
    Te paso la tabla
    Además resulta inembargable el salario mínimo interprofesional, y el salario que supera esta cantidad es embargable en estos porcentajes (Artículo 607):
    Hasta 1 SMI ----> Inembargable
    De 1 a 2 SMI ----> Se puede embargar el 30%
    De 2 a 3 SMI ----> Se puede embargar el 50%
    De 3 a 4 SMI ----> Se puede embargar el 60%
    De 4 a 5 SMI ----> Se puede embargar el 75%
    Más de 5 SMI ----> Se puede embargar el 90%
    Bienvenid@ al foro.

  3. #3
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    Bienvenido a FAU.
    Maldito el dinero que viene de la desgracia de los pueblos

  4. #4
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  5. #5
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    Hola gracias por pronta respuesta y la bienvenida, el piso está valorado en 100.000€ más o menos y tengo 160.000€ de hipoteca y la finca más o menos, pero de verdad que no me han notificado nada, deberían haber notificado la sentencia no?
    lo de la nomina había mirado en un calculador y me salen 94 euros pero no ser porque al no haber notificación..... Otra cosa, perdí el DNI tengo pasaporte español y carnet de conducir serviría para ir al juzgado?

  6. #6
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    Bienvenid@ macatrullo
    Hipoteca:CajaMadrid VS Bankia (pedido documento único->comisiones devueltas) Tarjeta1:SantanderConsumer(pagada~>comisiones devueltas) Tarjeta2:Santander Oro Tarjeta3:Citibank Tarjeta4:Cetelem (pendiente de reclamación al SAC cobro de comisiones, seguro devuelto) Préstamo1:Citibank (el BDE admite a trámtite) Préstamo2:Mediatis-Cetelem (pedido documento único->comisiones devueltas), según ellos, van a comenzar con el monitorio) Préstamo3:Cofidis (pagado hace 2 años-pedido documento único)

  7. #7

    Ixxxxxx
    Avatar de Ixxxxxx
    Cita Iniciado por macatrullo Ver mensaje
    Hola gracias por pronta respuesta y la bienvenida, el piso está valorado en 100.000€ más o menos y tengo 160.000€ de hipoteca y la finca más o menos, pero de verdad que no me han notificado nada, deberían haber notificado la sentencia no?
    lo de la nomina había mirado en un calculador y me salen 94 euros pero no ser porque al no haber notificación..... Otra cosa, perdí el DNI tengo pasaporte español y carnet de conducir serviría para ir al juzgado?
    No les interesa embargarte la vivienda,.
    Lo del juzgado, no creo que tengas problema presentando eso.

  8. #8
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    gracias!! lo unico que no me queda claro es como puden ejecutar uan sentencia y no notificarla

  9. #9
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    Cita Iniciado por macatrullo Ver mensaje
    gracias!! lo unico que no me queda claro es como puden ejecutar uan sentencia y no notificarla
    Estas seguro que no la han notificado?

    Al abogado quizá? A la dirección del demandado (La empresa)?

    Estoy seguro de que si.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  10. #10
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    Abogado no tengo para ese pleito, por que no sabia que me habian demandado, y la empresa esta disuelta...

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