que es lo que cubre este seguro y cuando se puede usar, al estar en el paro puede ser? yo estoy en paro cobro la ayuda de 426 podria usarlo?
que es lo que cubre este seguro y cuando se puede usar, al estar en el paro puede ser? yo estoy en paro cobro la ayuda de 426 podria usarlo?
Última edición por xxxxxxxxx; 09/04/2012 a las 15:06 Razón: muevo a Problemas con Seguros dejando también aquí un mes.
Deberás estar a lo que diga la póliza del seguro, pero en principio, debería cubrirte la contingencia del desmpleo; aunque solo te cubrirá si eras fija y el despido ha sido improcedente. Que cobres la ayuda, no excluye que te deban pagar el seguro.
No es por cotillería, pero cuentanos que tipo de contrato tenías y porque fué el despido y como se consideró, así sabremos darte mas información.
Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
Si la vida te da la espalda, tócale el culo.
Y no basta con ser fijo; ha de ser a jornada completa. Al menos en Alico.
Efectivamente desesperada, se me olvidó comentar ese punto, ha de ser a tiempo completo. Así es.
Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
Si la vida te da la espalda, tócale el culo.
Mi pregunta es, esas condiciones las tienes que reunir en el momento que supuestamente firmas la póliza? ser fijo y tener jornada completa? Si la respuesta es SI ,ya empezamos mal, te han asegurado sin reunir las condiciones de asegurabilidad, por lo que ese seguro es NULO, verdad?
Por cierto, ya soy centenario en el foro YUJU!
Lo que sería interesante saber primero es si existe esa supuesta póliza, porque te puedes encontrar con que ni eres cliente ni nada de esa aseguradora.
Las condiciones las has de reunir en el momento de la póliza.
creo que comodice desesperada seria lon primero en comprobar ya que igual merece mas la pena reclamar las primas del seguro
A ver... según tengo entendido, las entidades como Citibank, son tomadoras de una póliza colectiva, así que seguramente no hay ninguna póliza a nuestro nombre, si no que nos incluyen en esa póliza... No lo entiendo muy bien pero creo que es así.
Tambien hay que tener en cuenta en caso de que el montante de lo cobrado por el seguro es superior a 400 € y es nulo de pleno derecho, se podría denunciar ante el juzgado por apropiacion indebida y/o estafa
Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
Si la vida te da la espalda, tócale el culo.
Aunque sea póliza colectiva, han de darte copia y su condicionado y todo ha de estar firmado por tí como que das el consentimiento.
Si me equivoco, corregirme por favor.