Han investigado para localizar donde trabajo y han mandado allí el monitorio dándome por notificado (lo veo irregular pero ya no se puede hacer nada).
A pesar que la diligencia está fechada el 29 de septiembre, a mi me avisaron de la empresa cuando les llegó el 25 de octubre por lo que el plazo de los 20 días laborables debe empezar en esa fecha.
En el escrito que me presentan, me adjuntan además, el poder para pleitos del procurador, la copia del contrato de la tarjeta de compra, de las facturas y recibos impagados y una carta en donde manifiestan la intención de llegar a un acuerdo extrajudicial, pero se han equivocado y han incluido la de otra persona.
Tengo entendido que desde el año pasado han "endurecido" los motivos para la oposición y además se ha de incluir todos los documentos que se vayan a presentar en el juicio ordinario posterior (verbal en mi caso).
¿Sería factible un recurso de oposición por el tema de la carta incluida que va dirigida a otra persona, alegando defecto de forma?
¿Qué otros motivos pudieran alegarse?
Aunque no es obligatorio abogado y procurador, ¿es conveniente solicitar justicia gratuita para demorar los plazos?
El único desglose es el que adjuntan con los cálculos de intereses. Lo demás son las capturas de los recibos que se firman al hacer las compras y el recibo general de cada mes. 6.jpg
Hola e-moroso2. Bueno, lo primero decirte que para oponerte no necesitas ni abogado ni procurador (por los pelos, pero no los necesitas). Lo segundo que te preguntaría es: ¿qué TAE aplican a esos intereses de demora? ¿Tienes por algún lado las Condiciones Generales y Particulares de la tarjeta (deberían haberlas remitido al Juzgado junto con la demanda)? Yo creo que seria lo único que podrías alegar: que fuera un TAE elevado y, por tanto, una clausula abusiva que pedirías que se anulase. Por los cálculos que yo he hecho te están aplicando un TAE del 14,00%. Es un TAE no muy elevado (aunque sí supera las 2,5 veces el precio del dinero) pero veo difícil que un juez te de la razón (aunque alguno hay). No sé, mucho donde rascar no veo salvo eso. La financiera de El Corte Inglés (al menos hasta ahora, que ha sido comprada en su mayor parte por el Banco Santander y estos son como son) suelen ser de las más "legales" y no inflan las deudas con comisiones ni historias de esas como la mayoría de las que conocemos. A ver si algún otro asesor te puede dar también su opinión.
Última edición por efcarrasco; 06/11/2016 a las 20:45
En las condiciones de la tarjeta, que adjuntan en el proceso, indican que los intereses de demora son el interés nominal anual incrementado en 2 puntos. Por tanto corresponde al 14% aplicado.
Más bien me inclinaba por el supuesto defecto de forma del proceso al equivocarse la financiera en adjuntar una carta como justificante de haber intentado un acuerdo extrajudicial, que no corresponde a mi persona.
¿Es eso viable o, en todo caso, hubiera sido motivo de impugnación en vez de oposición? Plazo que era solo de 5 días.
El corte inglés no suele exagerar en lo que pide. No sé, para qué tanto lío, si debes cantidad y te reclaman una cantidad razonable, llega a un acuerdo.