Como decía el difunto presentador:
¡A reclamaaaaaaaarr!
Como decía el difunto presentador:
¡A reclamaaaaaaaarr!
Muchas gracias Tita, paso a adaptar e imprimir la carta para cofidis puesto que no se ni el numero de poliza no la aseguradora, ( no me la han facilitado)
Reitero las gracias.
Recordad que 10 dictamenes de la DGSFP sin allanamiento es sancionable y MBNA no tiene un triste seguiro contratado.
A POR ELLOOOOSSSS!!!
el lunes mando carta con algun cambio, a ver que os parece, es una mezcla de la de este hilo y la de
http://www.foroantiusura.org/threads...dad-financiera
y el impote aunque sea pequeño (565,89 €) ha generado muchos intereses.
Servicio de atención al Cliente
BANCO Avant Tarjeta EPC, S.A.
CL. JOSE ECHEGARAY 6
28230 LAS ROZAS (MADRID)
Estimada señor/a.
Soy cliente de Banco Avant Tarjeta EPC, S.A. , titular de la tarjeta 0000000 y me pongo en contacto con el SAC de Banco Avant Tarjetas EPC, S.A. al objeto de solicitarles:
• Prueba de la contratación del citado seguro de protección de pagos, esto es, soporte permanente y auditable de la presunta conversación de concertación del seguro.
• Número/s de la supuesta póliza del seguro de protección de tarjetas que han estado cobrando y parece ser que no ha habido tal ajustada a la ley.
• Dirección de la supuesta aseguradora a la que dirigirme para reclamar la PRUEBA LEGAL de la contratación y adhesión a la póliza.
Les informo que en caso de que la contratación del seguro no haya sido válida, he pagado XXXX € por ese producto que no me sirve y les emplazo a retroceder todos los cargos que tengan imputados con dicho concepto.
Si no satisfacen estas peticiones, asistiré al servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y si el dictamen es favorable y no lo acatan, emprenderé la correspondiente acción judicial.
Quiero indicarles que entre las funciones que realiza el Servicio de Reclamaciones de la DGSFP, se cita en el capítulo IV, página 95, de la memoria del 2010 del citado organismo:
“está la de comunicar a los servicios de supervisión aquellos expedientes que pudiesen contener indicios de conductas sancionables por su gravedad o reiteración. [...] . [...], se tipifican como infracciones graves: «El incumplimiento por la entidad aseguradora de las normas imperativas contenidas en los artículos 3, 5, 8, 10, 12, 15, 18, 19, 20, 22, 76, 88, 94, 95, 96, 97 y 99 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de contrato de seguro, cuando tal conducta tenga un carácter repetitivo. A estos efectos, se entiende que la conducta tiene carácter repetitivo cuando durante los dos años anteriores a su comisión se hubieran desatendido 10 o más requerimientos a los que hace referencia el párrafo b del apartado 5 de este artículo.».
[…]
En virtud de estas previsiones legales, cuando los expedientes de reclamación finalizan con un informe favorable al reclamante, en el que se pone de manifiesto el incumplimiento por la entidad aseguradora de alguno de los artículos imperativos anteriormente citados, si por la entidad no se atiende, en el plazo de un mes, la solicitud del Servicio de Reclamaciones de comunicar las actuaciones realizadas para dar cumplimiento a lo establecido en el informe, se requiere formalmente a la entidad para su pronunciamiento definitivo antes de iniciar el expediente sancionador.
En concreto han faltado en la contratación a los requisitos, que son normas imperativas, contemplados en los artículos 3, 5 y 8 de la ley 50/1980.
Atentamente
Última edición por MBNA que te den; 08/09/2012 a las 20:57
¿cómo va ese envío masivo de reclamaciones a MBNA?
Sospechamos que no hay conversación telefónica conservada; por la cuenta que les trae, tendran que bajar las orejas y la recuperación de seguros se facilitará.
¿habeis reclamado muchos? Hay que llegar a las 10 reclamaciones.
Yo he hecho la reclamación hace 4 dias, entregue en correos la carta certificada, con acuse y sello de correos (es un organismo ofic ial por lo tanto te ponen ellos el sello), en dicha reclamación contestaba lo que me habian dicho de MBNA(AVANTCARD) y sobre todo que solo existia, y siempre según ellos una contratación telefónica. También envie la misma contestación que me dio la DGSFP en la que decia que MBNA no estaba supervisada por la DGSFP, es decir, en cristiano,que no le constaba en el registro en el que deben estar inscritos. Además aportaba la documentación que me habia enviado MBNA /AVANTCARD a mi solicitud de contrato de seguro firmado por mi, que era unos panfletos publicitarios y con la sorna que ponía AVANTCARD. Así que a esperar toca.
hola amig@s,
pues otro más. hoy he llamado a avant card para pedir explicaciones sobre el cargo de 20€ como prima de protección de pagos y me han contado lo del seguro... que dicen que contraté telefónicamente en el año 2006. acabo de encontraros buscando info y ya les he enviado un mail solicitando la prueba de la contratación telefónica, la poliza firmada, el nombre de la cía y el número de poliza para ejercer mis derechos en la compañía tambien. a ver qué me contestan, pero viendo vuestas intervenciones, me veo enviando un burofax pronto...
os mantendré informados
Ni email ni burofax, basta un certificado. Empieza por ahí.
gracias eusebito. hoy he recibido la poliza contratada. realmente es una poliza contratada por avantcard y no por mí. he enviado un nuevo mail solicitando la devolución en base a que no me envían lo solicitado y esperaré al final de las fiestas. el día 9 enviaré el certificado a ellos con copia a la dgs y al banco de españa.
Mejor a la DGSFP, lee bien el foro para fundamentar; no creo que ni te hayan enviado la póliza de ellos, te habrán enviado un folleto de publicidad.