A una persona se le comunica por parte del banco, en su condición de avalista, que van a empezar el proceso de ejecución, que este durará entre 8 y 12 meses, que primero se irá en contra del hipotecado y luego si hay deudas en contra del avalista.
Mi pregunta es ¿desde cuando se entiende el levantamiento de bienes? ¿desde que te informa el banco con burofax para que devuelvas el dinero? o ¿desde que te informa el juzgado?
Gracias.