Me asalta una duda.
Entiendo y no sé si correctamente, que dejando aparte lo de la "deuda vencida", malas prácticas bancarias, etc; esos 30 euros que te "clavan" por devolución de recibo, ¿podría ser o reclamarlos como por gestiones para infomar, avisar, tralalá... de que se te ha devuelto un recibo?.
Con esta premisa. ¿Lo conveniente es no atender el teléfono puesto que como la conversación es grabada podrían "justificar" ese gasto con los 30 euros ya que te llaman mucho para reclamar y si les contestas es servicio prestado??
Aclaro que no hablo de los pesados que sean, sino de que puedan demostrar que tantas llamadas bien justifican el gasto injustificable.
Saludos y a ver que opináis.