MBNA, ahora Avantcard, como las demás entidades, coloca dos tipos de seguros, el de protección de tarjetas y el de protección de pagos; el de tarjetas no suele ser mucha cantidad, pero está igual de no contratado que el otro. Sabeis que lo que perseguimos es que se les junten unas decenas de resoluciones contraias de la DGSFP al actuar en masa.
1. ANTECEDENTES
MBNA, por lo que hemos visto hasta el momento, sólo habla de contratación telefónica del seguro; no entramos ya a demostrar que esta contratación no vale para nada porque se ha escrito mucho al respecto en el foro. MBNA suele responder con esto:
“el seguro fue solicitado por usted en conversación telefónica mantenida con uno de nuestros agentes el 14/06/06. Resaltando que para su contratación fue preciso haber escuchado y dado el consentimiento previo a las coberturas, coste y exclusiones del mismo. En cuanto a su petición de que le sea enviada la grabación de la llamada en la que contrató el seguro […] le comunicamos que en cumplimiento de nuestras políticas internas de protección y seguridad de la información, las grabaciones de conversaciones telefónicas no son facilitadas a nuestros clientes salvo que exista requerimiento por parte de alguna autoridad”.
A veces hablan de que fue enviada la póliza:
“tras la llamada de contratación del seguro se remitieron a su domicilio tanto la póliza (¿?), como las condiciones del seguro, las cuales aportamos nuevamente como documento 2 […]"
Y lo que mandan es un folleto publicitario.