Iniciado por
RCB
El Banco de España considera que a partir de 200 euros de descubierto, se podría considerar una especie de minipréstamo, y en ese caso, se podría aplicar el interés de demora que venga en el contrato de tu cuenta, e incrementarlo con el 5% de penalización, según la ley de créditos al consumo.
En mi opinión, eso sería rizar el rizo y lo rechazarían de plano, tanto ellos como posiblemente un Juez llegado el caso, con lo cual yo prefiero ir sobre seguro y reclamarlo con el precio legal del dinero, que es lo que un juez autorizaría, pero si quieres intentarlo con el otro tipo de interés, adelante......