Creo que este mensaje va en este subforo.

Leí en algún post que por lo que se sabía, no existía obligación de que en las Entidades de CyL hubiera hojas de reclamaciones.
He escrito a la Oficina del Consumidor de mi localidad (en CyL) y hoy me han respondido:

Buenos días de acuerdo con el decreto de la junta de castilla y león 109/2004 de 14 de octubre : " Las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas, establecimientos o profesionales, que comercialicen bienes, productos o presten servicios directamente a los consumidores y usuarios en el territorio de Castilla y León, tendrán a disposición de éstos las hojas de reclamaciones reguladas en el presente Decreto."

Ver RD completo en http://noticias.juridicas.com/base_d...d109-2004.html

Un saludo

OMIC

Visto esto, entiendo que las Entidades de Crédito, sí que tienen la obligación de tener hojas de reclamación.