Hola, buenas tardes,
quería preguntar si el nuevo tipo penal, incluído en el Anteproyecto de Ley de Reforma del Código Penal para actos reiterados de acecho u hostigamiento, que castigará conductas como las llamadas telefónicas continuas, sin emplear violencia, y que coartan la libertad de la víctima mediante vigilancias o llamadas reiteradas, será extrapolable a las conductas de muchas financieras contra sus deudores.
Pues de ser así, se va a acabar el acoso telefónico por parte de las acreedoras.
Gracias
serfeliz