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Isantander me deja la cuenta en negativo por ejecución de embargo
Hola,pues hoy veo en mi cuenta onlai que me cobran 35,41€ por ejecución de embargo,y no tengo ni idea de lo que es,y claro acabo de llamar al sac de Isantander y me dicen que la orden es del ayuntamiento que no me puede decir mas,que valla a mi oficina o al ayuntamiento,le digo que porqué pagan algo que yo no he dado orden de pagar y me dejan la cuenta en negativo,y me contesta que estan obligados,y le digo entonces si llega un recibo de 1000000€ lo pagan y me dice que si y le digo claro ahora me cobrareis los famosos 39€ por saldo deudor y me dice que hasta los tres dias de saldo deudor no me lo cobran.
Bueno mañana iré a Isantander haber si me explican de que es esa orden.Yo creia que seria de cetelem que estoy esperando la orden de embargo desde hace bastantes meses.Bueno solo queria comentarolo.
Pedir prestado no es mucho mejor que mendigar, así como el prestar con usura no es gran cosa menos que robar. Gotthold Ephraim Lessing. Filósofo y dramaturgo alemán.
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Es muy sencillo, mira han hecho lo siguiente:
Les ha llegado una orden de retención de saldos de Ayuntamiento y en el momento que llegó esa orden, había en tu cuenta 35,41 euros en positivo (o más dependiendo de la cantidad de esa orden de embargo).
Que ocurrió? Pues que después de entrar telemáticamente esa orden de retención, algún lumbreras del banco pagó algún recibo propio o externo, sin darse cuenta de que ya había un saldo retenido (algo totalmente ilegal) y dejó la cuenta sin saldo suficiente para responder a esa orden de retención (ilegal también).
Llegado el momento de tener que liquidar con el Ayuntamiento y al no haber saldo suficiente para cumplir con la orden de retención impuesta por el Ayuntamiento (al que ya habían comunicado la cantidad exacta trabada), pues han cogido por el camino más fácil, dejándote la cuenta en negativo para poder cumplir con esa orden de retención dictada 20 días antes (de nuevo ilegal).
NO SE PUEDE EMBARGAR NINGUNA CUENTA A CRÉDITO, NUNCA, JAMÁS !!!!!! ES ILEGAL !!!!!!!!
Te ha tomado el pelo el juntaletras de turno, dile que le vas a demandar personalmente a él además de a la entidad por haber embargado la cuenta a crédito (ES ILEGAL), verás como le cambia la cara y se le descompone.........
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
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Iniciado por
RCB
Es muy sencillo, mira han hecho lo siguiente:
Les ha llegado una orden de retención de saldos de Ayuntamiento y en el momento que llegó esa orden, había en tu cuenta 35,41 euros en positivo (o más dependiendo de la cantidad de esa orden de embargo).
Que ocurrió? Pues que después de entrar telemáticamente esa orden de retención, algún lumbreras del banco pagó algún recibo propio o externo, sin darse cuenta de que ya había un saldo retenido (algo totalmente ilegal) y dejó la cuenta sin saldo suficiente para responder a esa orden de retención (ilegal también).
Llegado el momento de tener que liquidar con el Ayuntamiento y al no haber saldo suficiente para cumplir con la orden de retención impuesta por el Ayuntamiento (al que ya habían comunicado la cantidad exacta trabada), pues han cogido por el camino más fácil, dejándote la cuenta en negativo para poder cumplir con esa orden de retención dictada 20 días antes (de nuevo ilegal).
NO SE PUEDE EMBARGAR NINGUNA CUENTA A CRÉDITO, NUNCA, JAMÁS !!!!!! ES ILEGAL !!!!!!!!
Te ha tomado el pelo el juntaletras de turno, dile que le vas a demandar personalmente a él además de a la entidad por haber embargado la cuenta a crédito (ES ILEGAL), verás como le cambia la cara y se le descompone.........
Perdona RCB,creo que no me he explicado del todo bien,mi cuenta corriente tenia un saldo de 11,05 y me han cargado 35,41 por lo que me han dejado un descubierto de -24,36,siento no haberme explicado bien, mil perdones.
Gracias por tu tiempo.
Pedir prestado no es mucho mejor que mendigar, así como el prestar con usura no es gran cosa menos que robar. Gotthold Ephraim Lessing. Filósofo y dramaturgo alemán.
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Iniciado por
calavera
Perdona RCB,creo que no me he explicado del todo bien,mi cuenta corriente tenia un saldo de 11,05 y me han cargado 35,41 por lo que me han dejado un descubierto de -24,36,siento no haberme explicado bien, mil perdones.
Gracias por tu tiempo.
Mira 20 dias atrás, cuando se dictó esa orden y mira cuanto saldo había en la cuenta.
Si en ese momento había 11,05 euros en la cuenta, es lo que pueden trabar, ni un céntimo más.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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Muchas gracias
mañana os cuento
Pedir prestado no es mucho mejor que mendigar, así como el prestar con usura no es gran cosa menos que robar. Gotthold Ephraim Lessing. Filósofo y dramaturgo alemán.
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Buenas, me pasó algo parecido, tenía saldo positivo de 152,04€ el día 1/04/2015 y me pasan un recibo de la tarjeta de otra compañía -150,00€ quedando un positivo de 2,04€
El día 13/04/2015 me llega un aviso de un cargo en la cuenta de -152,04€ dejandome un saldo negativo de -152,04€ por una ejecución de la seguridad social.
Mi pregunta: me pueden dejar la cuanta en negativo cuando ni tengo un disponible?? supuestamente en la cuenta solo tenía 2,04€ y la cuenta es una cuenta nomina de B.Santander.
Muchas gracias
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No pueden. Pero me surge una duda al respecto de este tema:
«las personas o entidades depositarias
de bienes embargables que, con conocimiento previo del embargo practicado por la Seguridad
Social, conforme al procedimiento administrativo de apremio reglamentariamente
establecido, colaboren o consientan en el incumplimiento de las órdenes de embargo
o en el levantamiento de los bienes, serán responsables solidarios del pago de la deuda
hasta el importe del valor de los bienes que se hubieran podido embargar o enajenar».
¿Pudo incurrir el Santander con el pago del recibo de 150 euros en incumplimiento de orden de embargo o levantamiento de bienes, si sabían la fecha del embargo con antelación? ¿La sabían (la fecha) realmente con antelación?
Y ante todo, bienvenido.
"Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"
George Patton
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A que os referís cuando habláis de una cuenta de crédito???
NO SE PUEDE EMBARGAR NINGUNA CUENTA A CRÉDITO,
"Si quieren seguir siendo esclavos de los banqueros y pagar por el costo de su propia esclavitud, permítanles continuar creando el dinero y controlando el crédito de una nacion"
Sir Josiam Stamp (1880-1941)
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"A credito",no "de credito".
Que no se puede embargar una cuenta si no hay saldo positivo.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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arquillo6 indicó/indicaron que le/s gusta esto.