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Tema: Reclamacion sin ser cliente?

  1. #1
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    Avatar de mario_cw
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    Reclamacion sin ser cliente?

    Buenas tardes

    Me gustaria saber si puedo iniciar una reclamacion contra una entidad y posteriormente dejar de ser cliente de ella en medio de tramite.

    Quiero iniciar una reclamacion contra Ibercaja por cobro de comisiones injustificadas pero tambien quiero cancelar la cuenta con ellos. Puedo inciarlo y despues cancelar mi cuenta y continuar con la reclamacion?

    Un saludo y muchas gracias

  2. #2
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    Avatar de Amazona22
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    Si,incluso puedes cancelar la cuenta y reclamar despues.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  3. #3
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    Avatar de pitagoras
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    por supuesto que puedes hacerlo, pero si cancelas tu cuenta cuando ellos te tengan que devolver te marearan mas, yo la dejaria hasta que te devuelvan el ultimo euro, y despues la cancelaria

  4. #4
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    Avatar de R.Garcia
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    En este sentido yo tengo que reclamar al BBVA, pero ya hace años que no soy cliente de ellos y cuando lo reclame ¿dónde se supone que devuelven el dinero?

  5. #5
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    Avatar de pitagoras
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    Cita Iniciado por Txuston Ver mensaje
    CRITERIOS DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES
    DEL BANCO DE ESPAÑA
    EN MATERIA DE PRACTICAS BANCARIAS.

    Capítulo 12, seción 1, apartado C

    (c) Comisiones por ingresos o disposiciones en efectivo. Tampoco es aceptable que la
    entidad perciba una comisión (por emisión de cheque, transferencia, etc) a quien dispone de
    su dinero mediante esos medios ya que la entidad no le puede entregar efectivo o, por razón
    de la cantidad, es razonable que la entidad esté obligada a prestarle un servicio adecuado
    libre de gastos1328. Tampoco lo es el cobro de comisiones y gastos cuando se trata de un
    ingreso o reintegro en efectivo en una sucursal de la entidad distinta de la que el cliente tiene
    la cuenta domiciliada ya que esta operación no puede calificarse de transferencia ni, salvo
    que se emplee, de reintegro con tarjeta de crédito1329; o, en fin el cobro de comisión por
    administración, reintegro de efectivo por ventanilla, etc. cuando la entidad ya percibe
    comisión por mantenimiento de cuenta1330.
    (d)
    los criterios en estos tiempos estan cambiando constantemente, en algun sitio lei, que cada vez les dan mas campo libre para cobrar comisiones

  6. #6
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    Cita Iniciado por Txuston Ver mensaje
    CRITERIOS DEL SERVICIO DE RECLAMACIONES
    DEL BANCO DE ESPAÑA
    EN MATERIA DE PRACTICAS BANCARIAS.

    Capítulo 12, seción 1, apartado C

    (c) Comisiones por ingresos o disposiciones en efectivo. Tampoco es aceptable que la
    entidad perciba una comisión (por emisión de cheque, transferencia, etc) a quien dispone de
    su dinero mediante esos medios ya que la entidad no le puede entregar efectivo o, por razón
    de la cantidad, es razonable que la entidad esté obligada a prestarle un servicio adecuado
    libre de gastos1328. Tampoco lo es el cobro de comisiones y gastos cuando se trata de un
    ingreso o reintegro en efectivo en una sucursal de la entidad distinta de la que el cliente tiene
    la cuenta domiciliada ya que esta operación no puede calificarse de transferencia ni, salvo
    que se emplee, de reintegro con tarjeta de crédito1329; o, en fin el cobro de comisión por
    administración, reintegro de efectivo por ventanilla, etc. cuando la entidad ya percibe
    comisión por mantenimiento de cuenta1330.
    (d)

    Efectivamente, eso es así........pero solo cuando eres TU el que está haciendo el ingreso en TU cuenta.

    Lo que estamos hablando se refiere a cuando es un tercero el que hace un ingreso en tu cuenta y efectivamente, tal y como dice pitagoras, te están comunicando dicha comisión antes de realizar la operación y tu la estás aceptando. Si además dicha comisión está especificada en su folleto de tarifas, que reclamas?
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  7. #7
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    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    Efectivamente, eso es así........pero solo cuando eres TU el que está haciendo el ingreso en TU cuenta.

    Lo que estamos hablando se refiere a cuando es un tercero el que hace un ingreso en tu cuenta y efectivamente, tal y como dice pitagoras, te están comunicando dicha comisión antes de realizar la operación y tu la estás aceptando. Si además dicha comisión está especificada en su folleto de tarifas, que reclamas?
    Vale, enséñame una sola entidad que tenga en su libro de tarifas la comisión por ingreso en efectivo. Solo una.
    Gracias

  8. #8
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    Bankia, en oficinas de Caja Madrid al menos....., me pasó la semana pasada. Por lo menos donde yo vivo con seguridad.
    Que si tengo problemas con los Bancos???, mas bien los Bancos los tienen conmigo, jajajaja.
    Si la vida te da la espalda, tócale el culo.

  9. #9
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    En todas las CAIXAS, también.
    En el Banco POPULAR, también.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  10. #10
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    Las entidades ya no tienen obligacion de comunicar al banco de España sus tarifas.

    Las entidades, están obligadas a publicar sus tarifas en su folleto.

    Las entidades, están obligadas a mantener estas a la vista del publico en todas sus oficinas.

    [/B]
    Última edición por xxxxxxxxx; 19/03/2012 a las 00:16 Razón: se eliminan frases ajenas al contexto del hilo inicial
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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