pues al sac de la entidad
Versión para imprimir
Ok,al SAC de la entidad .
Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. (BOE de 22)
Artículo 14. Actuaciones complementarias.
1. Si el informe emitido en el expediente de reclamación fuera desfavorable a la entidad reclamada, ésta deberá comunicar expresamente, en el plazo de un mes desde la notificación del informe, la aceptación o no de los presupuestos y criterios manifestados en el mismo, así como aportar la justificación documental de haber rectificado su situación con el reclamante, en su caso. En el supuesto de incumplimiento de este deber se entenderá que la entidad no ha aceptado lo impuesto en el informe.
¿Le indico que según ORDEN ECC/2502/2012 tienen que informar si acatan el informe motivado por el organismo regulador(Banco de España)?
¿que como el plazo de un mes ha pasado de sobras ,le doy una semana a contar desde la recpción de la carta para que indiquen si acatan el informe motivado del BdE ,y abonan los importes que solicitaba en la reclamación o en caso contrario se niegan a acatar el informe motivado del BdE?
siiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiiii eso mismo¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡ madre de dios¡¡¡¡ nos estas poniendo nerviosos a todos ehhhhhhh
eso pon eso..........
Ya lo he hecho!!!!El mismo dia 5/3/2014 ,a ver cuando les llega!!!