Iniciado por
Amazona22
El juez establecera,si le solicitan ejecucion de embargo,lo estipulado por ley.
Los sueldos o pensiones que no sobrepasen el SMI,son inembargables.
Y si no hay de donde embargar,no podran cobrar.
Ademas,aunque te opusieras no reconociendo la deuda,me temo mucho que despues de que cofidis te devolviera el seguro,habia poco de donde descontar de esa deuda que te quedaba,por no decir nada.
Y si hubieras ido a verbal,seguramente tambien habrias perdido si te reclamaban solo la deuda sin seguro ni comisiones añadidas.