Un juzgado de Granollers anula un préstamo del Santander por usura
El crédito tenía un interés tres veces más alto que el oficial en el momento del contrato
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Un juzgado de Granollers anula un préstamo del Santander por usura
El crédito tenía un interés tres veces más alto que el oficial en el momento del contrato
hola yawhara, se puede saber que interes es y cual tenía, es que yo tengo un monitorio con el popular y también me ha subido una pasada, y cuanta más información tenga archivada mejor, saluditos
http://www.eleconomista.es/interstit...or-usura-.html
La sentencia declara la nulidad del contrato y ordena al cliente devolver al banco el capital recibido más los intereses oficiales originados (3.155 euros). Asimismo condena a la entidad financiera pagar las costas del proceso. Contra la resolución cabe recurso de apelación.
La ley de usura de 1908, ratificada por normativas posteriores como la Ley de Crédito al Consumo, establece que los créditos no deberían tener un interés superior a 2,5 veces el interés oficial del dinero. El cliente fue asesorado por el Col·lectiu Ronda.
El préstamo que Banco Santander concedió al cliente en septiembre de 2008 tenía un interés del 18,5% (28,5% en caso de demora), tres veces más que el interés oficial del momento (5,5%), por lo que la resolución judicial lo considera "desmesurado".
Por ello, el juez obliga al cliente a devolver únicamente el capital recibido más los intereses oficiales del dinero. A.E.K. había sido denunciado por Banco Santander por impago, por lo que le reclamaba intereses del 28,5%.
El Col·lectiu Ronda ha alertado de que es "habitual" encontrar intereses similares a los de la sentencia en los préstamos al consumo de muchas entidades, lo que ha calificado de mala práctica.
Este enlace no funciona, lo pongo.
Muy buena informacióni yawhara. Gracias.
Besos.
http://www.eleconomista.es/interstit...or-usura-.html
Y aparte del enlace, también lo pongo aquí. ¡¡¡Muy bien !!! eusebitooooooooooooooo !!!! material para la infamia financiera.
- El cliente debe devolver el capital recibido más los intereses oficiales
- Los intereses no deberían ser superiores a 2,5 veces el interés oficial del dinero
- El préstamo anulado tenía un interés del 18,5%, tres veces más que el oficial
El Juzgado de Primera Instancia número 4 de Granollers (Barcelona) ha anulado un préstamo del Banco Santander concedido a un particular invocando a la Ley de Represión de la Usura de 1908, según una sentencia dictada el pasado 28 de mayo.
La sentencia declara la nulidad del contrato y ordena al cliente devolver al banco el capital recibido más los intereses oficiales originados (3.155 euros). Asimismo condena a la entidad financiera pagar las costas del proceso. Contra la resolución cabe recurso de apelación.
La ley de usura de 1908, ratificada por normativas posteriores como la Ley de Crédito al Consumo, establece que los créditos no deberían tener un interés superior a 2,5 veces el interés oficial del dinero. El cliente fue asesorado por el Col·lectiu Ronda.
El préstamo que Banco Santander concedió al cliente en septiembre de 2008 tenía un interés del 18,5% (28,5% en caso de demora), tres veces más que el interés oficial del momento (5,5%), por lo que la resolución judicial lo considera "desmesurado".
Por ello, el juez obliga al cliente a devolver únicamente el capital recibido más los intereses oficiales del dinero. A.E.K. había sido denunciado por Banco Santander por impago, por lo que le reclamaba intereses del 28,5%.
El Col·lectiu Ronda ha alertado de que es "habitual" encontrar intereses similares a los de la sentencia en los préstamos al consumo de muchas entidades, lo que ha calificado de mala práctica.
Genial!. Una gran noticia. Gracias :)
Mis disculpas al nik MBNA que te den por haber repetido yo lo que ya había puesto el, pero por algún motivo que desconozco el mensaje no había entredo cuando yo puse lo mio y esta mañana cuando lo he visto me ha dado mala impresión porque lo suyo estaba puesto antes.
Por ciero MBNA que te den, bienvenido al foro, veo que es tu primer mensaje.
Un saludo.
muy buen aporte gente, yo lo tengo al 15'5% y mas o menos por la misma fecha, que panda de sinverguenzas, supongo que por eso ni me han respondido aun, seguiremos informando... un besote!
muy buen post,nos agrada oir noticias destas,eso significa que les estamos ganando la batalla!!saludos
olé por el juez!!!!! Que se vayan enterando! Queridos banqueros y bancarios: cuando laas barbas de tu vecino veas pelar, pon las tuyas a remojar!!!
Gracias por el aporte
¿Alguien sabe a hasta cuanto podía podía poner el banco el interés de un préstamo personal en Junio de 2008?
Ya me decís..
Un saludo
¿Alguien sabe a cuánto podía poner el banco entonces, el interés para un préstamo personal en Junio 2008?.
Ya me decías.
Saludos.
Perdón por mi ignorancia..
Entonces, yo entiendo qué no sería aplicable para nada lo qué dice esta sentencia; a pesar de qué sí tengo un préstamo personal.. (sólo me falta saber a cuánto estaba el interés del dinero en Junio 2008).
No entiendo..
Saludos
El interés legal del dinero en 2008 era del 5,50%, pero repito, nadie te obliga a firmar un préstamo al 25%.
Si es lo que te ofrecen y firmas, es que estás de acuerdo con eso.
Otra cosa es que consideres ese interés firmado, como abusivo y usurero y quieras demandar a la entidad òr este hecho.
El Juez podría considerarlo así y declarar nulo el contrato firmado y obligar a la entidad a aplicar el tipo de interés vigente en el momento de la contratación, multiplicado por 2,5 veces, que era el precio de mercado en ese momento, es decir, un 13,750%.
Pero el Juez también podría considerar como razonable ese 25% de interés y además de dejarlo como está, condenarte a ti en costas y gastos, con lo cual evidentemente habrás salido perjudicado.
Al no haber unificación de criterios entre los Jueces a la hora de decidir qué tipo se puede considerar usura y cual no, cada uno aplica lo que le viene en gana, por lo tanto debes de valorar si te interesa arriegarte o no a iniciar un proceso de demanda contra la entidad.
Saludos
Tengo una idea:
1.- Mando carta al SAC (me saldrán por peteneras, seguramente).
2.- Si no me dan la razón en el SAC (lo mas probable), mando carta al BDE; si me dan la razón estos últimos, esperemos qué el banco lo acate, sino, personalmente iria muy tranquilo a un juicio con una resolución favorable del BDE (y mas tranquilo voy, teniendo en cuenta qué tengo derecho a Justicia Gratuita y qué nada de nada me costaría absolutamente nada).
¿Cómo lo veis? ¿Estoy en lo cierto?
Un saludo
Como te va a dar la razón el BDE?
En base a que?
A que has firmado un contrato con el que estabas de acuerdo?
Repito, que ninguna ley en España obliga a una entidad a aplicar un interés determinado.
Cada entidad es libre de aplicar el interés que considere en cada momento.
Si tu lo has aceptado, es tu problema.
El BDE, ni siquiera va a admitir a tramite esa reclamación.
Saludos