Tengo leído por aquí que al ejecutante les cuesta cada vez que solicitan mejora de embargo, o embargo de cuentas cada X tiempo.. ...., no logró encontrar, qué cantidades le cobran a los demandantes. Vosotros sabéis?
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Si el propietario de una casa ha fallecido y su herencia que le pertenece a su único hijo no la adjudican (pero hacen declaración de herederos, no se si afecta y no tenia testamento) y por lo tanto en el registro aparece esa casa a nombre del fallecido aun, si tiene ese hijo un embargo pero la cosa esta así pueden embargar dicha casa? O obligarle a adjudicar la herencia o hacer algo para embargarla?
He leído en un hilo que afecta también que la casa tiene mucho mas valor que la deuda no aceptarán el embargo pero es que en el valor catastral al ser una vivienda antigua tiene un valor bajo y parecido a la deuda que tendría el hijo del fallecido.
caer esta permitido, levantarse es obligatorio
Si, de ahí la duda, porque la casa sería para él únicamente
Entonces si no pone a su nombre la casa es imposible que se la embarguen no? No pueden hacer nada aunque el propietario y de quien esta a nombre la casa esté fallecido y sea su padre?
Supongo que al haber también su esposa y la falta de testamento y demás, ni se pararan a mirar a qué nombre esta la casa donde reside y eso, pero poniéndose en la peor situación y si se dan cuenta de que la casa esta a nombre de su padre fallecido podrían embargarla o hacer algo? O aunque esté fallecido si consta a su nombre no hay nada que rascar?
Y por supuesto su idea es dejarla a nombre del padre fallecido pero le da miedo que de alguna forma puedan embargarla o hacer algo aunque ni este a su nombre, no creo que investiguen y se quedará en que no podrán rascar nada supongo, pero como no tiene sueldo ni nada de donde puedan tirar imagino que irán hasta el final con los embargos.
Última edición por Zenox90; 18/09/2019 a las 01:42
Alguien puede ayudarme? Es imposible que embarguen en una situación asi?
Absolutamente nada que no esté a tu nombre pueden embargarte
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Una duda que me ha surgido a raíz de esto, y si cuando te dan el plazo pagas por ejemplo 1/3 parte de la deuda, se que igual tienes que pagarla toda y no influye pero si debes 40mil y pagas 15mil, no revisan el total de la deuda o algo para evitar que embarguen bienes con mas valor que la deuda que queda? O se tiene que volver a solicitar el embargo de X bienes y aprobarlo el juez?
Mientras no ingreses el total de lo que debes, el embargo irá por todos sus cauces y dejaran de embargar cuando hayas cubierto el total, lo hagas de la forma que lo hagas...
Los embargos los tramitan los Letrados de la Administracion de Justicia.... Los jueces no.
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