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Y otra duda(perdón por ser pesada) en dos de las cuentas mí madre es titular porque me avaló en dos préstamos que esos pago religiosamente... pero si me embargan las tres cuentas, ella puede tener algún perjuicio? Los que he dejado de pagar y pueden ser motivo de embargo están solamente a mi nombre. Luego ella tiene una pensión no contributiva ya que quedó viuda de mi padre En banco Sabadell pero en una cuenta diferente en la que ella está sola, pero entiendo que si la deuda es mía y solo mia, a ella no debería afectarle nada no?
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No te entiendo. Si tú estás de titular en alguna cuenta con ella pueden barrer la cuenta en caso de embargo. Si no, no. ¿Como le van a embargar a alguien que no tiene deudas?
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Tenía miedo de que pudieran decirle algo a ella al ser titular de dos cuentas en la que tengo dos prestamos y me avaló, pero eso está todo al día y así va a seguir Porque ella no tenga problemas por culpa de mi mala cabeza. Gracias
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Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Ojo, si está de avalista de algún préstamo cambia el cuento. Responde de los impagos exactamente igual que tú. Que tenéis la mania de contarnos las cosas a medias.
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Los que tengo con su aval están al día. Los que tengo impagados son solamente a mi nombre. Nada más pueda abrir hilo con lo q tengo. Gracias
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Buenos dias, lo primero agradeceros el enorme trabajo que haceis como siempre y ahora una duda que tengo, aunque creo que me voy enterando mas o menos del tema.
Cuando te embargan una cuenta, en primer lugar se suele hacer para retener cualquier ingreso que tengas, para pagar la deuda. En caso de no tener dinero suficiente que cobra la deuda, van a los bienes. En mi caso fue el coche, por el que en realidad posteriormente lo entregue, y se desconto de la deuda. Mi pregunta es, posteriormente esta cuenta me bloquea todo lo que ingrese en ella? Por lo que he entendido tienen unos porcentajes de cobro que funciona practicamente parecido a si el embargo es por nomina, lo que ocurre que en este caso la retencion lo hace la empresa. ¿no?
Vamos que retienen, sin dejar nunca a cero o numeros rojos la cuenta, y no tocan mas alla del salario minimo.
¿Voy bien? Es mi unica duda.
Muchisimas gracias, he ido leyendo el hilo muy por encima, y no se si estaba contestado. Perdon por las molestias.
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Sobre el embargo de cuentas bancarias...
En la nómina si que aplican el porcentaje del salario mínimo, ahí lo tienes claro...
En la cuenta, si solo estas tu de titular, se llevan todo y la dejan a 0.
Si estais 2 titulares y solo embargan a 1,se llevan la mitad, independientemente de quien sea el ingreso.
A más titulares, el porcentaje va bajando...
Si lo que tu ingresada proviene de una nómina con embargo y embargan la cuenta, se puede reclamar ante el Juzgado que práctica el embargo, pero ojo, si ese dinero lleva más de un mes en la cuenta, no lo devuelven...
Un saludo.
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Gracias, entonces, ingresé lo que ingresé me lo van a quitar, pero entonces no sería abusivo. Osea, el embargo no se me notificó. Me llegó en diciembre del año pasado pero yo ni lo vi hasta ayer pues esa cuenta no la he usado al estar fuera.
Pero claro si es así, me es imposible poner recibos para pagar de ningún tipo, agua, Luz, etcétera.
Entonces que hace una persona que está el solo de titular? Se queda literalmente sin vivir?
O es que este tipo de embargo es solo durante un tiempo. En mi caso llegó durante ese tiempo, pero ahora he mirado en la cuenta online y no me pone ningún tipo de retención.
Gracias por la ayuda.
Es que ahora mismo en mi caso, me sería imposible vivir si quitan absolutamente todo lo que entra. Porque si tengo otra
Última edición por Natsu; 17/10/2020 a las 12:48
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Natsu
Gracias, entonces, ingresé lo que ingresé me lo van a quitar, pero entonces no sería abusivo. Osea, el embargo no se me notificó. Me llegó en diciembre del año pasado pero yo ni lo vi hasta ayer pues esa cuenta no la he usado al estar fuera.
Pero claro si es así, me es imposible poner recibos para pagar de ningún tipo, agua, Luz, etcétera.
Entonces que hace una persona que está el solo de titular? Se queda literalmente sin vivir?
O es que este tipo de embargo es solo durante un tiempo. En mi caso llegó durante ese tiempo, pero ahora he mirado en la cuenta online y no me pone ningún tipo de retención.
Gracias por la ayuda.
Es que ahora mismo en mi caso, me sería imposible vivir si quitan absolutamente todo lo que entra. Porque si tengo otra
Todo tiene sus alternativas para poder sobrevivir, como crees que lo hacemos las miles de personas que estamos en este foro con las mismas inquietudes?
No conozco a nadie en esas circunstancias que se haya muerto de hambre.
Fíjate, simplemente abriendo una cuenta a nombre de otro titular y poniendote tu como autorizado, se acabó el problema, podrás seguir pagando tus recibos y ese dinero no lo pueden tocar, simplemente porque legalmente no es tuyo.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
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Natsu
Gracias, entonces, ingresé lo que ingresé me lo van a quitar, pero entonces no sería abusivo. Osea, el embargo no se me notificó. Me llegó en diciembre del año pasado pero yo ni lo vi hasta ayer pues esa cuenta no la he usado al estar fuera.
Pero claro si es así, me es imposible poner recibos para pagar de ningún tipo, agua, Luz, etcétera.
Entonces que hace una persona que está el solo de titular? Se queda literalmente sin vivir?
O es que este tipo de embargo es solo durante un tiempo. En mi caso llegó durante ese tiempo, pero ahora he mirado en la cuenta online y no me pone ningún tipo de retención.
Gracias por la ayuda.
Es que ahora mismo en mi caso, me sería imposible vivir si quitan absolutamente todo lo que entra. Porque si tengo otra
Los barridos de cuentas corrientes o de ahorro (que es así como se llama), son puntuales y tienen que solicitar el barrido al juzgado cada vez que quieran hacerlo.
Evidentemente si avisaran cada vez que vayan a hacer un barrido de cuenta, no pillarían nunca nada.
Aún así, si ese dinero que te quitan de la cuenta proviene de un salario ya embargado en origen (en la empresa), se debe de ir al juzgado y demostrar mediante extractos o la libreta que ese dinero proviene de salario ya embargado y te lo devolverían, aunque tardan un tiempo, pero lo devuelven, siempre y cuando ese dinero de la cuenta sea del mes en curso no se puede considerar embargable, sin embargo si es de meses anteriores sería ahorro y en consecuencia no te devolverían nada.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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