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Sobre el embargo de cuentas bancarias...
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holaquetal
Vivo en Madrid ¿A que lugar me debo dirigir (no he recibido notificación alguna previamente) para saber de que juzgado viene el "EMBARGO TELEMÁTICO C.G.P.J. xxxxxxxxxxxxxxxxx" de referencia que aparecen en la retención de la cuenta donde tengo mi pensión? Para saber qué juzgado lo ha ordenado concretamente y presentarme allí en persona para informarles de que esa cuenta solamente recibe mi pensión y me han embargado demasiado, además de conocer el alcance de mi deuda (si lo que me han quitado este mes la liquida o si queda todavía dinero pendiente de pagar) ¿Mi banco en este caso no puede darme respuestas a esas 2 preguntas sobre que juzgado es el que embarga y si me queda todavía deuda pendiente de pagar? ¿Los embargos de cuenta son puntuales, es decir una vez al mes (imagino que todos los días 30, vamos supongo) todos los meses hasta cancelar deuda o como van? Me quitaron el dinero este viernes pasado día 30 de octubre, pueden entrar otra vez mañana día 3 de noviembre y quitarme algo más de lo que me dejaron de saldo disponible? Muchas gracias y perdonad las molestias
No lo has entendido..... Si el dinero de tu pension se pasa mas de un mes ingresado, se considera ahorro y por lo tanto es embargable..
A nadie avisan que le van a embargar dinero de la cuenta bancaria por que si no, no embargarian a nadie....
Una vez tienes demanda de ejecucion ya no notifican nada mas.... Es así por mas que no te guste.... Y es legal.
Si tienes la nomina ya embargada, mas todavia debes cuidar de no dejar dinero en tus cuentas bancarias mas que el justo para ir tirando.
Y no... Los embargos de cuenta son puntuales, pero no como tu dices, una vez al mes.... Pueden ser dos veces en un mes y en los meses siguientes ninguna....
Es imprevisible..... Y depende de que lo pida el acreedor y cuando el Letrado de la administraciin de Justicia pasa la orden de embargo a tu banco...... Jamas te enteraras cuando te barreran la cuenta ni las veces que lo haran.
Antes de ir a un juzgado cabreado, respira hondo e informate bien..... Es legal todo lo que hacen y la manera en que lo hacen.
Tu banco no puede saber nada, por que ese tema forma parte de tu privacidad y nadie le da mas explicaciones.
Si uno tiene deudas que se estan ejecutando por el juzgado y el juzgado descubre que tienes dinero para pagarlas y no las pagas, si no que, te lo quedas como ahorro, no van a pensar muy bien del tema... TODO LO INGRESADO MAS DE UN MES, SE CONSIDERA AHORRO Y UNA PERSONA CON EMBARGOS NO PUEDE LEGALMENTE TENER AHORROS Y NO PAGAR SUS DEUDAS..guardate el dinero en casa y no lo dejes en la cuenta mas de un mes... Te han pillado los ahorros y se han cobrado la deuda, ya que tu no la has pagado teniendo dinero suficiente en esa cuents
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Última edición por RCB; 02/11/2020 a las 09:30
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MARIBELICA
No lo has entendido..... Si el dinero de tu pension se pasa mas de un mes ingresado, se considera ahorro y por lo tanto es embargable..
A nadie avisan que le van a embargar dinero de la cuenta bancaria por que si no, no embargarian a nadie....
Una vez tienes demanda de ejecucion ya no notifican nada mas.... Es así por mas que no te guste.... Y es legal.
Si tienes la nomina ya embargada, mas todavia debes cuidar de no dejar dinero en tus cuentas bancarias mas que el justo para ir tirando.
Y no... Los embargos de cuenta son puntuales, pero no como tu dices, una vez al mes.... Pueden ser dos veces en un mes y en los meses siguientes ninguna....
Es imprevisible..... Y depende de que lo pida el acreedor y cuando el Letrado de la administraciin de Justicia pasa la orden de embargo a tu banco...... Jamas te enteraras cuando te barreran la cuenta ni las veces que lo haran.
Antes de ir a un juzgado cabreado, respira hondo e informate bien..... Es legal todo lo que hacen y la manera en que lo hacen.
Tu banco no puede saber nada, por que ese tema forma parte de tu privacidad y nadie le da mas explicaciones.
Si uno tiene deudas que se estan ejecutando por el juzgado y el juzgado descubre que tienes dinero para pagarlas y no las pagas, si no que, te lo quedas como ahorro, no van a pensar muy bien del tema... TODO LO INGRESADO MAS DE UN MES, SE CONSIDERA AHORRO Y UNA PERSONA CON EMBARGOS NO PUEDE LEGALMENTE TENER AHORROS Y NO PAGAR SUS DEUDAS..guardate el dinero en casa y no lo dejes en la cuenta mas de un mes... Te han pillado los ahorros y se han cobrado la deuda, ya que tu no la has pagado teniendo dinero suficiente en esa cuents
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¡Gracias MARIBELICA! Entiendo entonces que ya ha debido ser liquidada ¿No? Soy pensionista, no tenía ni tengo mi pensión embargada, me han quitado dinero de la cuenta en la que me la pagan y no sé a que supuesta deuda corresponde eso Creía que si a alguna empresa, particular o administración le debes algo (a Hacienda no porque voy al día en todo) primero recibes por correo postal una demanda y si no haces caso entonces te embargan cuando ellos lo estimen oportuno. Simplemente desearía saber a que se corresponde ese embargo y donde debo ir para que me lo digan. Pensaba que en mi banco tendría conocimiento de ello.
Había dinero porque yo desconocía que debiese algo, en esa cuenta cobro la pensión y me han quitado mucho más del tramo superior al SMI correspondiente, me gustaría saber a que corresponde dicho embargo y si con ese barrido está o no liquidada mi deuda.
En resumen, que yo no he recibido ninguna demanda de ejecución y me gustaría saber a donde debo ir para saber de donde viene eso y actuar en consecuencia.
Muchas gracias otra vez, no insistiré más en este asunto y reitero mi agradecimiento por vuestras respuestas. Estoy muy disgustado porque me han dejado sin un duro, no sé que es lo que debo y me gustaría saberlo.
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Sobre el embargo de cuentas bancarias...
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holaquetal
¡Gracias MARIBELICA! Entiendo entonces que ya ha debido ser liquidada ¿No? Soy pensionista, no tenía ni tengo mi pensión embargada, me han quitado dinero de la cuenta en la que me la pagan y no sé a que supuesta deuda corresponde eso Creía que si a alguna empresa, particular o administración le debes algo (a Hacienda no porque voy al día en todo) primero recibes por correo postal una demanda y si no haces caso entonces te embargan cuando ellos lo estimen oportuno. Simplemente desearía saber a que se corresponde ese embargo y donde debo ir para que me lo digan. Pensaba que en mi banco tendría conocimiento de ello.
Había dinero porque yo desconocía que debiese algo, en esa cuenta cobro la pensión y me han quitado mucho más del tramo superior al SMI correspondiente, me gustaría saber a que corresponde dicho embargo y si con ese barrido está o no liquidada mi deuda.
En resumen, que yo no he recibido ninguna demanda de ejecución y me gustaría saber a donde debo ir para saber de donde viene eso y actuar en consecuencia.
Muchas gracias otra vez, no insistiré más en este asunto y reitero mi agradecimiento por vuestras respuestas. Estoy muy disgustado porque me han dejado sin un duro, no sé que es lo que debo y me gustaría saberlo.
Pues desconozco si estará o no saldada..
Si no sabes la cuantía de la deuda, vete al juzgado y preguntas por ese procedimiento tuyo.... Que te informen de la cuantía de la deuda y así sabras si está o no saldada con ese barrido o no.
Si en el embargo pone CGPJ,.. Es del juzgado seguro.
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Gracias nuevamente MARIBELICA!! Tus respuestas me han ayudado mucho, de verdad!!
Os reitero mi agradecimiento a ti, resto de compañeros foreros/as y desde luego cuando me informe en el juzgado de lo mío, llegando a una solución para que por un lado se cumpla la ley en caso de que tenga que seguir embargado, de forma que yo pueda seguir haciendo frente a mis gastos mensuales ineludibles (pago del recibo de la luz, teléfono, agua, gas y el recibo mensual que abono a Hacienda por el IRPF 2019 fraccionado) y que quién sea mi acreedor recupere su dinero. Es lo justo para ambas partes.
También quiero colaborar con ACUSA y me haré donante, con el ánimo de aportar mi granito de arena a que continuéis adelante con tan beneficiosa labor para todos los que nos encontramos afectados por situaciones de este tipo, y que gracias a vuestra existencia adquirimos la conciencia de que estos problemas tienen solución.
Seguiré participando en el foro.
Un fuerte abrazo para todos y mi más sincero agradecimiento
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En el apunte apunte del banco no te aparece el juzgado y el numero de procedimiento? A mi en su momento si me aparecia.
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ACM75
En el apunte apunte del banco no te aparece el juzgado y el numero de procedimiento? A mi en su momento si me aparecia.
Sí, me apareció cuando el banco generó el recibo.
Correspondía a una especie de fondo buitre que le compro a un acreedor que tuve la parte que faltaba de una deuda por la que fui embargado en el año 2002, lo que me sorprendió es que terminó el embargo en marzo del 2003 y ahora ejecuta ese fondo buitre los intereses y gastos. Pensé que prescribían las deudas, sobre todo si han pasado 17 años desde la finalización de un embargo de nómina. Está claro que no tengo la menor idea de estos temas, y esto me ha pasado porque los datos que tenían en el juzgado estaban totalmente desactualizados, cosa que he corregido mandando un fax con los actuales, no vaya a ser que no se quede así el asunto, aunque dicho embargo telemático cobró la totalidad de lo solicitado, de momento. Además hablé con los del juzgado y me dijeron que era conveniente que lo tuvieran ellos todos al día para poder trasladarme cualquier otra notificación y que yo pudiese hacer al respecto lo que considerara más oportuno.
Gracias y un saludo
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Buenas,una duda por si a alguien le ha pasado,me barrierom una cuenta con unos euros minimos que tenia el otro día,pero otra donde tenía céntimos no,le ha pasado a alguien?barren una cuenta y otra que está en la misma entidad no,es raro
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Hola a todos, a ver si alguien puede informarme. Mi pareja y yo acabamos de recibir sentencia de ING, condenándonos a pagar una deuda de tarjeta de crédito. Los dos cobramos la nómina en la misma cuenta bancaria. Cuando pidan demanda de ejecución irán a por la nómina embargable, hasta ahí bien, lo pagaremos así poco a poco, pero el miedo que tenemos y por lo que estoy leyendo, es que cuando hagan el barrido de cuentas, pues el resto de nómina que nos ingresen, pues que nos quedemos a 0 en la cuenta y sin poder vivir. Es posible poner una cuenta a nombre de mi hija menor y nosotros dos de autorizados? y que no nos hagan barrido de la cuenta? gracias de antemano
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Sobre el embargo de cuentas bancarias...
Si, lo puedes hacer así.
Cuando os lleguen las nominas lo traspasais a esa cuenta.
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Solo podríamos hacer transferencia a la otra cuenta? no podemos domiciliar las nóminas a la cuenta de mi hija menor directamente? lo digo porque por lo que estoy leyendo en el foro, si tengo un embargo de “futuro” por parte del juzgado, en cuanto cobremos la nómina pueden quitarlo y no tener tiempo a poder hacer la transferencia no?