Una consulta compañeros:
La union Financiera pòne en el contrato:
septima:........... se cobrara por reclamación 30 €
octava:..........sin previo requerimiento y se aplicaran intereses por mora al 2,41% mensual sobre la cuota pendiente de pago aplicandose la clausula penal.
Preguntas:
Si me pone sin previo requerimiento ¿puedo reclamarles los 30 €?
¿El interes por mora es tambien reclamable?
¿Eso de la clausula penal ¿que es? y que porcentaje o cuantia aplican? pues he calculado los intereses por mora que dicen sobre la cuota pendiente y me sale bastante menos, y como no se cuanto es la clausula penal, le he calculado un 5% más y se aproxima a la cantidad que me cargan.
Haber si alguien puede contestarme y aclararme un poco esto, gracias compañeros.