Desde Junio de este año la CAI ha empezado a cobrar a todos sus clientes comisión de mantenimiento siempre que NO superen un saldo medio de 3000€ (Tócate los *******). Además también le cobran una comisión de 6,30€ trimestral por administración de la cuenta. Esta la cobran si el cliente no tiene nomina o pensión domiciliada.
Mi madre, según mi parecer, es una muy buena clienta. Mantiene saldos medios de 2500€, ingresa una pensión compensatoria de 1000€ todos los meses y tiene una tarjeta de debito; pues bien, eso no le ha librado de que la fusilen a comisiones. Hoy la he acompañado al banco a pedir explicaciones y a hacer unos ingresos en la cuenta de la comunidad de vecinos. Pues bien, el "iluminado" del cajero no nos ha hecho ni puto caso, ha justificado todas las comisiones incluida la de administración, alegando que la pensión se ingresa como transferencia y que el sistema no la reconoce como ingreso "habitual" pese a comprobar que lleva 10 años percibiendo dicha transferencia.
Además de todo esto nos ha dicho que para hacer ingresos de efectivo por ventanilla, había que pagar unos "gastos de correo" de 0,35€ por cada uno de los 3 ingresos en la misma cuenta.
Así que nada, he sacado el efectivo, lo he ingresado en mi banco y he hecho la transferencia desde allí, que mi banco no me cobra. Además hemos cancelado la tarjeta y hemos abierto una cuenta nómina en ING solicitando el cambio de domiciliación de todos los recibos.
Pero no es bastante para mí; he localizado a mi hermano que también es cliente de esta sucursal y le he pasado las cartas de reclamación de las comisiones de posiciones deudoras. El caso es que aún me quedan ganas de fastidiarlos y quiero que nos devuelvan los 12,60€ de comisión de administración y los 8 euros de mantenimiento, y en cuanto me los devuelvan me llevo los 2500 euros que hay en la cuenta, la cierro y además pongo una reclamación interna explicando porque mi madre se va del banco y haciendo hincapié en que la atención de este tipo ha sido lamentable.
Lo que ocurre es que he estado mirando por todas partes y no encuentro nada que les impida cobrar las dos comisiones ya que son compatibles según el banco de España. Os pongo lo que dice el BDE:
La Comisión de Administración generalmente está vinculada al funcionamiento de la cuenta, es decir, al uso que se haga de ella. Se establece como el pago de una cantidad fija por cada apunte que se realice durante el periodo de liquidación. Es común excluir de su aplicación un número determinado de apuntes (por ejemplo los diez primeros) o un tipo (excluir todos los ingresos en efectivo). Esta comisión es compatible con la de mantenimiento.
¿Alguien me puede echar una manilla?