GONZALO BARETTINO COLOMA
SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE BANCO DE SABADELL, S.A.
C/ SENA, 12 POL. INDUSTRIAL DE ACTIVIDADES ECONOMICAS CAN SANT JOAN - 08174 SANT CUGAT DEL VALLES (BARCELONA)
Al Servicio de Atención del Cliente de Banco Sabadell
Soy cliente de Banco Sabadell y quiero manifestar la siguiente irregularidad: la repercusión de Gastos de Reclamación de deuda pendiente por los siguientes importes y anotados en las fechas que indico en la tabla que más abajo adjunto al haberse producido un retraso del pago de las cuotas del préstamo número 80000000 no obstante la circunstancia de que el retraso ya se me penaliza mediante un tipo interés de demora de por si suficientemente elevado.
Fecha vencimiento Fecha pago comisión % TAE Años transcurridos INTERESES
25/08/2008 30/1/2013 25 € 6,6% 2,35 3,883 €
25/09/2008 30/1/2013 25 € 6,6% 2,26 3,746 €
25/10/2008 30/1/2013 25 € 6,6% 2,18 3,608 €
etc
El Servicio de Reclamaciones del Banco de España reitera en sus Memorias que las comisiones de este tipo (con independencia del nombre que reciban) no responden a servicio alguno prestado a los clientes, ya que las entidades no pueden acreditar - porque no existen - haber realizado gestiones encaminadas a recuperar el importe de las cuotas impagadas, ni la necesidad de las mismas. Entiende dicho Servicio que la aplicación automática de estas comisiones, «tan pronto como se produce una situación de demora no constituye una buena práctica bancaria, sino que las entidades deben tener en cuenta las circunstancias particulares de cada impagado y de cada cliente, analizar en cada caso la procedencia de llevar a cabo la reclamación y acreditar que efectivamente han realizado alguna gestión encaminada al recobro; en suma, una reclamación realizada sin tener en cuenta esas circunstancias particulares nunca podría calificarse como una gestión necesaria e individualizada que ampare la repercusión de la comisión»; redunda que su devengo está vinculado a la EXISTENCIA EFECTIVA de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).
La póliza suscrita con Banco Sabadell indica en el apartado 4, correspondiente a comisiones que “en caso de demora igual o superior a 5 días naturales en el pago de las cuotas del presente préstamo, se devengará por la reclamación efectivamente realizada de cada cuota impagada a cargo del/de los prestatarios y a favor del banco, una comisión por gestión de reclamación de cuotas impagadas de 25 €, que se percibirá con cargo a la cuenta del/de los prestatarios/s referida en el antecedente 1.”, esto es, especifica que deben ser reclamaciones efectivas.
Por ello les agradecería que me justificasen las gestiones efectivas realizadas para haber repercutido la citada comisión. De ser como sospecho, que no ha habido tales, les ruego que me retrotraigan el importe total de 000 €, e intereses, e imputen la misma para aminorar el saldo deudor de la citada tarjeta. De no ser así, están vulnerando la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad.
En caso de que no haya procedido el cargo de las citadas comisiones y no las retrocedan, proseguiré con mi reclamación al Servicio de reclamaciones del banco de España y si el expediente finaliza con un informe motivado que me sea favorable, y Banco Sabadell no se allana, tomaré las medidas que sean oportunas acudiendo a la instancia judicial correspondiente.
MIS DATOS