SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DE COFIDIS HISPANIA EFC. S.A.
Pza. de la Pau s/n Edif. WTC AP1
08940 Cornellá de Llobregat (Barcelona)
NOMBRE:XXXXXXXXX CON DNI:XXXXXXXX Y DOMICILIO:
Soy cliente de Cofidis y escribo esta carta al objeto de que me aclaren el origen de mi actual deuda con ustedes. En concreto deseo me desglosen en un documento único : -COPIA DE MI CONTRATO FIRMADO INCLUIDA LAS AMPLIACIONES DE CREDITO DEL MISMO.
-APLICACION DE INTERESES.
-COMISION DE RECLAMACION.
-COMISION DEVOLUCION DE RECIBO.
-PRIMA DE PROTECION DE PAGOS.
-COMISION POR EXCESO DE DISPOSICION DE LIMITE.
-COPIA DEL SEGURO ETC.
La razón es que no estoy conforme con el importe de la deuda que ustedes dicen que yo mantengo con Cofidis. Sospecho que me han activado una serie de comisiones improcedentes vulnerando la normativa de disciplina que regula las relaciones entre las entidades de crédito y sus clientes según lo previsto en la norma Tercera, apdo. 3° de la Circular del Banco de España 8/1990, y el Número Quinto de la Orden Ministerial de 19 de diciembre de 1989, sobre Tipos de interés y comisiones, normas de actuación, información a clientes y publicidad; sospecho que al menos parte de las referidas comisiones no obedecen ni a un servicio solicitado previamente en firme por quien esto suscribe, ni a un servicio efectivamente prestado por la entidad, ni a un gasto que haya debido asumir ésta. En concreto se me carga en reiteradas ocasiones la comisión de devolución de recibo cuando las normas del banco de España dejan bien claro respecto a esta comisión que
“Su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador)” y que “Es única en la reclamación de un mismo saldo.”
Les recuerdo la consideración del servicio de Reclamaciones del Banco de España citada en su web que cita textualmente
“sin perjuicio de que dejando a salvo que las entidades no están obligadas a practicar una información o comunicación general relativa a los movimientos y operaciones de un período largo de tiempo, como consecuencia de peticiones concretas de los clientes y, teniendo en cuenta los*principios de claridad y transparencia, se deben proporcionar a sus clientes los extractos o duplicados*de estos que les sean solicitados, y se percibirá por tal servicio la comisión que se tenga tarifada al efecto".
Les solicito así mismo que me envíen copia del original del contrato deL de crédito por si se da el caso de que tenga que acudir al servicio de reclamaciones del banco de España. En caso de no enviarme copia del original consideraré mi reclamación no satisfecha.
Les recuerdo que el servicio de reclamaciones del Banco de España recoge en diversas memorias pronunciamientos contra entidades por no facilitar tales extractos o duplicados solicitados por causa justificada, aún manteniéndose el cliente en situación de mora, en los que supone un quebrantamiento de las buenas prácticas bancarias y del principio de transparencia.
Les agradeceré que me contesten, por escrito, a la mayor brevedad posible recordándoles que el plazo de 2 meses a contar desde el recibo de la presente, es el máximo estipulado por la normativa del Banco de España, ya que de lo contrario me veré obligado a presentar mi reclamación ante dicha entidad, con las molestias que esto conlleva. En el caso de que no atiendan a mi petición y el dictamen del Banco de España me sea favorable, presentaré una demanda ante el Juzgado de 1ª Instancia, por lo que considero una mala práctica bancaria y un abuso por parte de su entidad.*