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Tema: Reclamad a banco sygma (ahora de Cetelem). Puede que no tengan pruebas.

  1. #31
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    Si es lo que has firmado en contrato, porqué no iba a ser legal?
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  2. #32
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    Archivo adjunto 5680
    Hola RCB,
    encantada de que me puedas aconsejar un poquito
    este contrato es de mi familiar( el que me dejo dinero estas navidades)
    el esta jubilado por un problema de salud( grave) desde hace 15 años
    el cree que lo engañaron porque pidio un prestamo de 1200 euros y al final le llamaban para ampliarle mas
    luego tiene otro de una tarjeta de satur pero esa no es tan sangrante como este prestamo
    bueno un saludo y todo va mejor, por lo menos e empezado a trabajar unas horitas que no esta nada mal para como esta todo y mee puesto a estudiar

  3. #33

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Si una parte no cumple con la obligacion de demostrar el origen de la deuda y la otra demuestra a la vista de las evidencias que ya esta saldada puede acogerse a un incumplimiento y dejar de pagar lo que ya esta mas que pagado; eso tendria peso en un juzgado. Se va a tratar el tema; habria que enviar un escrito a la entidad para demostra luego ante el juez. La intencion.

  4. #34
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    lo siento no entendi nada
    yo soy mas del banco popular.......esos me los toreo mejor
    el no dejo de pagar nunca ( un par de veces por lo que yo veo con retraso)
    pero es normal olegal que consumas 7000 y pagae 3300 de intereses

  5. #35

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Este hilo habla de banco Sygma.

  6. #36
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    PERDONA EUSEBITO, es el contrato de un familiar que pidio a cetelem o sigma y yo no se si esta todo correcto o hay algo que no este bien.
    lo de el popular lo decia porque yo era solo cliente de ese banco y por suerte nunca me meti en cetelem ni cofidis y por eso no se como funcionan estos prestamos
    e puesto el contrato y los movimientos y solo queria saber si alguien ve algo raro en ellos, nada mas
    un saludo

  7. #37
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    y ahora me queda la pregunta...
    si aún no recibo nada de la documentación,como les pedí,y tengo mi tarjeta rosa,de que fué recibido,¿qué hago con el seguro?
    le mando otra carta solicitando el reintegro del seguro?
    porque yo esperaba su respuesta,para mirar los papeles,pero en vista de que no recibo nada...ahora ya no sé que hacer con la que tambien quería mandarles reclamando el seguro?
    SEGUROS DE HOGAR,OTRO TIMO +
    tanto tienes,tanto vales.
    todos quieren tu dinero,todos,no sólo los bancos

  8. #38

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Si, reclama el seguro.

  9. #39
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    Cita Iniciado por a por ellos Ver mensaje
    Archivo adjunto 5673Archivo adjunto 5674Archivo adjunto 5675Archivo adjunto 5676
    ¿¿¿¿os parece que se pueda reclamar algo aqui?????
    Si podeis decirme algo .............. porque estos papeles no los entiendo
    muchas gracias

  10. #40

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Cita Iniciado por a por ellos Ver mensaje
    Si podeis decirme algo .............. porque estos papeles no los entiendo
    muchas gracias
    Necesitas saber si en el contrato viene regulada la disposición de crédito por teléfono; además de esto, que te den prueba de la solicitud, información y aceptación de ese dinero:

    Prueba de contratación e información de las transferencias de saldo de la tarjeta a cuenta o “disposición de efectivo con cargo a la línea de crédito”.

    Quiero que me aclaren las condiciones bajo las que se han contratado las disposiciones de efectivo con cargo a la línea de crédito; previamente me remito a la memoria del SR del B de E, año 2010, página 137:
    “Se trata de un servicio adicional previsto en el contrato, por el que se concede a los titulares de tarjeta, usualmente vía telefónica, una facilidad crediticia retribuida en las mismas condiciones pactadas de tipo de interés para la línea de crédito de que se pueda disponer con cargo a la tarjeta. Los criterios de buenas prácticas bancarias aplicables a este tipo de operaciones exigen que las entidades acrediten la solicitud o autorización de su cliente de utilización de este servicio con pleno conocimiento de las condiciones en las que fue efectivamente contratado.”

    “Así las cosas, este Servicio considera una mala práctica bancaria que, cuando se informe de las condiciones aplicables, se haga tal énfasis en el coste de la propia transferencia, normalmente gratuita, que los titulares de las tarjetas puedan confundir este coste con el del propio crédito. Lo exigible a las entidades, en estos casos, es que, de una forma clara y precisa, indiquen que la gratuidad afecta exclusivamente a la transferencia, pero no al importe transferido, que habría de ser retribuido con arreglo a las condiciones estipuladas para la línea de crédito concedida a su tarjeta y a cuyo cargo se efectuaría la transferencia; ha de hacerse de forma tal que no se planteen dudas de que los titulares conocen y comprenden los términos de la propuesta que realizan los operadores y, en consecuencia, pueden prestar su consentimiento con conocimiento de causa.”

    Así pues, les solicito que me faciliten prueba de la concertación de las siguientes transferencias de saldo a cuenta donde se perciba el consentimiento y las condiciones de transferencia:

    30/07/2000 000 €


    La razón de mi reclamación está apoyada por los criterios expresados por el Servicio de reclamaciones del Banco de España en sus memorias anuales, como en la del 2010 en las páginas 67 y sucesivas:

    •Este Servicio entiende que en la práctica bancaria puede ocurrir que inicialmente se den instrucciones operativas o se alcancen acuerdos de forma verbal, dada la agilidad que caracteriza a este sector concreto de la actividad mercantil y como consecuencia de la mutua confianza que normalmente debe presidir las relaciones banco-cliente. No obstante, esta primitiva ausencia de formalización por escrito de las instrucciones conlleva el riesgo de que no pueda demostrarse su existencia si la misma es objeto de discusión.

    “Por ello es esencial, y así lo ha entendido la normativa de transparencia y se exige como buena práctica bancaria, que se recojan por escrito las instrucciones y los contratos que formalizan las entidades con sus clientes, de modo que siempre puedan acreditar fehacientemente el consentimiento dado y los exactos términos de sus instrucciones, debiendo conservar la documentación durante los plazos expuestos ut supra.” Página 67 memoria año 2010; en este caso Banco Cetelem debe conservar estas órdenes o autorizaciones en un archivo de audio auditable con identificación fiable de las partes, etc.

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