Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Página 23 de 24 PrimerPrimer ... 1321222324 ÚltimoÚltimo
Resultados 221 al 230 de 232

Tema: Sentencia TS

  1. #221
    Estado
    Desconectado
    Avatar de PEDROPC
    Fecha de ingreso
    22 mar, 13
    Ubicación
    ALICANTE
    Mensajes
    131
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    0
    http://www.idealista.com/news/archiv...-ya-concedidas

    Parece que BBVA ha emitido un comunicado interno con el siguiente contenido en síntesis:
    -Se solicita por parte del BBVA aclaración al TS, se espera respuesta rápida
    -Una vez recibida la respuesta del TS, se eliminará con fecha 30 de junio y efectos 9 de mayo el mínimo se eliminará el mínimo a los clientes afectados por la sentencia.
    -No se establecen efectos retroactivos.


    a mi modo de ver estas noticias, se les quita a todos los clientes del bbva la clausula suelo con efectos del 9 de mayo.

  2. #222
    Estado
    Desconectado
    Avatar de manolosm
    Fecha de ingreso
    21 jun, 11
    Ubicación
    Alicante
    Mensajes
    218
    Me gusta (Dados)
    13
    Me gusta (Recibidos)
    11
    NOTA DE PRENSA

    La Sala Primera del Tribunal Supremo, en pleno jurisdiccional, ha fijado doctrina sobre la validez y la posibilidad de control judicial del carácter abusivo de las cláusulas suelo, incorporadas a contratos bancarios de préstamo a consumidores con garantía hipotecaria y a interés variable celebrados con consumidores y usuarios.

    En el pleito origen se había solicitado la declaración de nulidad por abusivas de las cláusulas que fijan un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia.

    El Tribunal admite la validez de tales cláusulas cuando cumplen los requisitos de especial transparencia exigible en los contratos celebrados con los consumidores.

    En el caso enjuiciado se declara la nulidad por falta transparencia. A tal efecto, el TS estima que no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles.

    Además, los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el euribor).

    También deben ser informados de forma clara y destacada, sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo.

    Además, el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.

    La sentencia declara que la nulidad de las cláusulas no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas.
    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...usivo.formato3
    Todavia no se a quien voy a votar,lo que si se es a quien no le pienso votar.

  3. #223
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Guilleter
    Fecha de ingreso
    22 feb, 13
    Mensajes
    17
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Hola a todos.
    Acabo de ver que habeis puesto unos modelos nuevos para reclamar sobre la clausula suelo incorporando la nueva sentencia, yo envie la antigua hace ya casi 3 meses y todavia no me han contestado, bueno si, me digeron que iban a estudiar mi queja pero a dia de hoy nada de nada, no reclame al Bde por esperar a la sentencia del TS, mi duda es la siguiente, que debo hacer, vuelvo a reclamar al sac del banco sabadell con el nuevo modelo de carta o reclamo al Bde?
    Muchas gracias por vuestra labor en el foro, sois los mejores!!

  4. #224
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Blank
    Fecha de ingreso
    11 ene, 13
    Mensajes
    64
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Cita Iniciado por Guilleter Ver mensaje
    Hola a todos.
    Acabo de ver que habeis puesto unos modelos nuevos para reclamar sobre la clausula suelo incorporando la nueva sentencia, yo envie la antigua hace ya casi 3 meses y todavia no me han contestado, bueno si, me digeron que iban a estudiar mi queja pero a dia de hoy nada de nada, no reclame al Bde por esperar a la sentencia del TS, mi duda es la siguiente, que debo hacer, vuelvo a reclamar al sac del banco sabadell con el nuevo modelo de carta o reclamo al Bde?
    Muchas gracias por vuestra labor en el foro, sois los mejores!!
    buenos dias. yo creo que lo mejor es empezar a reclamar al SAC del Sabadell otra vez con los modelos nuevos de carta que se han colgado. Incorporan todos los argumentos de la nueva sentencia que te benefician mucho. (yo tambien le he reclamado al Sabadell). un saludo y suerte

  5. #225
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Tienes que empezar de nuevo, esta vez basándote en las distintas opciones que nos ofrece la sentencia del TS.

    Saludos
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  6. #226
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Blank
    Fecha de ingreso
    11 ene, 13
    Mensajes
    64
    Me gusta (Dados)
    1
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Cita Iniciado por manolosm Ver mensaje
    NOTA DE PRENSA

    La Sala Primera del Tribunal Supremo, en pleno jurisdiccional, ha fijado doctrina sobre la validez y la posibilidad de control judicial del carácter abusivo de las cláusulas suelo, incorporadas a contratos bancarios de préstamo a consumidores con garantía hipotecaria y a interés variable celebrados con consumidores y usuarios.

    En el pleito origen se había solicitado la declaración de nulidad por abusivas de las cláusulas que fijan un tipo mínimo de interés o un tipo mínimo de referencia.

    El Tribunal admite la validez de tales cláusulas cuando cumplen los requisitos de especial transparencia exigible en los contratos celebrados con los consumidores.

    En el caso enjuiciado se declara la nulidad por falta transparencia. A tal efecto, el TS estima que no es suficiente con que las cláusulas de forma aislada sean comprensibles.

    Además, los consumidores deben ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el euribor).

    También deben ser informados de forma clara y destacada, sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo.

    Además, el consumidor debe ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener un información suficiente.

    La sentencia declara que la nulidad de las cláusulas no afecta a la subsistencia de los contratos ni a las cantidades ya pagadas.
    http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/...usivo.formato3
    Hay algo que no comprendo del poder judicial, ¿por qué hacen tanto hincapié en que la sentencia no afecte a las cantidades ya pagadas? son imaginaciones mias o nos están poniendo dífícil el poder reclamar lo que hemos pagado de más por la claúsula suelo??

  7. #227
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cita Iniciado por Blank Ver mensaje
    Hay algo que no comprendo del poder judicial, ¿por qué hacen tanto hincapié en que la sentencia no afecte a las cantidades ya pagadas? son imaginaciones mias o nos están poniendo dífícil el poder reclamar lo que hemos pagado de más por la claúsula suelo??
    Porque no era lo que se pedía en la demanda y por lo tanto el tribunal no se puede pronunciar sobre algo que no esta en entredicho. Únicamente dice el tribunal que no se devuelve el dinero EN ESTA DEMANDA, lo que no quiere decir que no se consiga en demandas posteriores.

    Saludos
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  8. #228
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Guilleter
    Fecha de ingreso
    22 feb, 13
    Mensajes
    17
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    0
    Muchas gracias por vuestras respuestas, empezare de nuevo. La oferta vinculante la pedi en la entidad pero me digeron que no la tenian, no se si tengo ya que mi hipoteca es de julio del 2007 y superior a 150000e, me suena que no firme OV pero hago el escrito pidiendo la OV por si acaso?? Donde lo entrego en el sac o en la oficina?

  9. #229
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Deume
    Fecha de ingreso
    22 mar, 12
    Mensajes
    46
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    1
    Hola, una duda a ver si alguien puede contestarme, ayer he ido a la oficina de NCG, para solicitar la anulación de mi clausula suelo, basándome en la sentencia 241/2013, y me dice el director de la urbana (me llevo bastante bien con él), después de llamar al sac, que no la presente por el momento, que como está recurrida que las solicitudes que se presentan ahora van directamente a la papelera???

    Mis dudas son las siguientes, primero: Tiene obligación de contestarme el sac??? y segundo, esta sentencia se puede recurrir o es firme??? alguien sabe si es verdad que está recurrida??? (esta tercera se me acaba de ocurrir...)

    Muchas gracias, un saludo.

  10. #230
    Estado
    Desconectado
    Avatar de badlands
    Fecha de ingreso
    15 ago, 12
    Mensajes
    982
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    8
    Cita Iniciado por Deume Ver mensaje
    Hola, una duda a ver si alguien puede contestarme, ayer he ido a la oficina de NCG, para solicitar la anulación de mi clausula suelo, basándome en la sentencia 241/2013, y me dice el director de la urbana (me llevo bastante bien con él), después de llamar al sac, que no la presente por el momento, que como está recurrida que las solicitudes que se presentan ahora van directamente a la papelera???

    Mis dudas son las siguientes, primero: Tiene obligación de contestarme el sac???



    y segundo, esta sentencia se puede recurrir o es firme???

    ES FIRME

    alguien sabe si es verdad que está recurrida???

    NO, NO ES VERDAD. HAN PEDIDO LAS ENTIDADES CONDENADAS UNA ACLARACIÓN SI TE REFIERES A ESO.

    (esta tercera se me acaba de ocurrir...)

    Muchas gracias, un saludo.
    Deume, lee un poco más el foro...tú crees que te llevas bien con el director, pero eso no te va a servir de nada para conseguir tus objetivos, ya que son totalmente opuestos a los suyos. Haz las cosas tal y como se indican aquí, todo por escrito y con acuse de recibo. Y si te llevas mu bien con el dire pues te tomas unas cervecitas con él...pero estos temas no los trates con él.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.