Hola.
No sé cómo he dado con ésto:
http://antiusura.mforos.com/1848373/...n-la-comision/
He creido entender que (soy muy torpe para éstas cosas...) si tienes una deuda con un banco (en mi caso hipoteca) no te puede cobrar comisiones el mismo acreedor como por ejemplo de mantenimientos de cuentas y tarjetas según ese artículo del código civil. ¿Entendí bien?
Muchas gracias y un saludo.