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Tema: seguimos avanzando

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    seguimos avanzando

    La Audiencia de Madrid ordena examinar de oficio un crédito impagado por si existen cláusulas abusivas - 04-16-2013
    by Redaccion - diariojuridico.com - Derecho y Noticias Jurídicas - http://www.diariojuridico.com





    El Pleno de la Sala Civil de la Audiencia
    de Madrid ha dictado un auto en el que interpreta el alcance de la doctrina del Tribunal de Justicia
    de la Unión Europea sobre cláusulas abusivas firmadas entre profesionales y consumidores. En él
    falla que en el momento de decidir si se admite a trámite o no un proceso monitorio español, el juez
    debe examinar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas contractuales en perjuicio del
    consumidor y anularlas si procede. Los magistrados concluyen, así, que el papel del juez nacional
    no debe circunscribirse al mero pronunciamiento sobre si la cláusula es abusiva, sino que incluye la
    obligación de examinar de oficio esta cuestión "tan pronto como disponga de los elementos de
    hecho y de Derecho necesarios para ello".
    La decisión tuvo lugar el pasado 4 de marzo, cuando el pleno de los magistrados de las secciones civiles
    de la Audiencia Provincial de Madrid se reunió con carácter jurisdiccional para fijar los criterios de
    interpretación de la Sentencia dictada el pasado 14 de junio de 2012 sobre el Banco Español de Crédito.
    El fallo, dictado por el tribunal europeo, había declarado contrario al Derecho de la Unión algunos
    aspectos de la normativa del proceso monitorio referentes a la posibilidad de que el juez pudiera examinar
    de oficio si existía un tipo de interés abusivo.
    El proceso monitorio español está destinado a la resolución de impagados a través de un procedimiento
    judicial rápido, siempre que el acreedor no se oponga formalmente a la demanda, y en el que la petición
    inicial al Juzgado no precisa de abogado ni procurador.
    Los 53 magistrados de la Sala Civil de la Audiencia de Madrid examinaron un recurso, el primero de los
    de su clase recibido tras la resolución del TJUE, contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia
    número 92 de Madrid que rechazó tramitar un juicio monitorio entre la Financiera El Corte Inglés y un
    deudor, al amparo de la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE.
    El juez de primera instancia había rechazado tramitar el juicio monitorio de la financiera contra una
    persona particular,ante la posibilidad de que el contrato de préstamo pudiera contener cláusulas abusivas,
    al entender que la sentencia del TJUE le impedía el examen del contrato y la declaración de oficio de su
    nulidad si constataba la existencia de cláusulas abusivas.
    Ahora, el Pleno de la Sala Civil de la Audiencia de Madrid ha dictado un auto en el que interpreta el
    alcance de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto, anula la resolución del
    titular del Juzgado de Primera Instancia número 92 de Madrid y ordena tramitar el proceso monitorio
    donde el juez deberá examinar de oficio si existe cláusulas abusivas y anularlas en tal caso.
    Por su parte, el Tribunal de Justicia de la UE había considerado que la facultad del juez para examinar de
    oficio dicho carácter abusivo constituye un medio "idóneo" para alcanzar lo dispuesto en la Directiva
    93/13/CEE del Consejo para garantizar al consumidor una protección efectiva, en concreto en dos puntos:
    respecto al artículo 6 –impedir que el consumidor individual quede vinculado por una cláusula abusiva- y
    respecto al artículo 7, ya que dicho examen puede ejercer un efecto disuasorio que contribuya a poner fin
    a la utilización de las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores.
    De esta forma, la Audiencia aplica la interpretación del TJUE, la Directiva 93/13/CEE y asegura que
    "salva" el proceso monitorio español, que "de otra manera recibiría una carga de profundidad que
    afectaría seriamente a su estabilidad amén de las implicaciones que una postura contraria tendría en el
    ámbito del proceso monitorio europeo".

  2. #2
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    Avatar de "Baneado" ReclamationMan
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    Detrás de toda nube negra, siempre estará el brillo del sol !!!


    Me alegro al leer ese extracto de prensa como cuando me enteré que un juez de mi isla de Lanzarote anulaba la primera la primera hipoteca en España por abusiva tomando como base la sentencia del TJE (Tribunal de Justicia de Luxemburgo) y el segundía día se cepillaba de un plumazo otras 16 hipotecas con claúsulas abusivas!!!














  3. #3
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    Este es un juez con dos ******.

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