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Tema: Venden mi deuda, me lo tiene que decir fehacientemente?

  1. #1
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    Avatar de kosmos00
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    Venden mi deuda, me lo tiene que decir fehacientemente?

    Pues eso, que han vendido mi deuda y me he enterado por esa empresa y no por la financiera. La financiera me lo tiene que notificar fehacientemente o con correo ordinario vale?. Y la empresa de recobros?. Voy preparando otra denuncia ante la AEPD?.

    Saludos.

  2. #2
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    mira.yo tenia deuda con santander de una tarjeta y la vendieron a una asesoria juridica.ahora me llama otra distinta que la ha recomprado...y asi...y encima me hacen ofertas si pago todo por menor importe....estoy en ello...ya te contaré,pero si alguien puede ofrecer asesoramiento de escritos o pasos que podemos dar que nos echen una mano.
    Yo ya he pedido copia de contratos dos veces de la tarjeta que nuna me han mandado.

  3. #3
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    Kosmos00 que te muestren el acta notarial de la compra de tu deuda, si no te la muestran, no tienes ninguna obligación con la empresa de recobros.
    Suerte y agur

  4. #4

    xxxxxxxxx
    Avatar de xxxxxxxxx
    kosmos00

    El contrato dice -o lo suelen decir todos- que la deuda insatisfecha podrá ser cedida para su gestión de cobro (o venta) a un tercero y que con tu firma de contrato lo autorizas.

    Bien, dicho esto, decirte que ese procedimiento es perfectamente legal. Pueden hacerlo.

    Ahora bien: Lo suyo es que alguien te haga saber que esa deuda ha sido cedida/vendida a un tercero porque si no lo hacen, tú no eres adivino y tampoco creyente por lo que nadie te obliga a tratar un tema personal con alguien que dice por teléfono lo que quiera.

    Yo tengo claro que si alguna deuda mía se vende a un tercero, o me lo notifican por carta o no hablo con quien me llame, le guste o no; y mi argumento será tan simple como: "mucho gusto pero no nos han presentado ni hemos comido juntos por lo que adiós".

    Eso sí, imagina que se entromete alguien engañoso o estafador en ese asunto y te manda un estupendo acuerdo de pago que te interesa y al que accedes. Si el documento que te envían tiene aspecto de razonable legalidad y pagas, jurídicamente quedas exento de tener que volver a pagar al acreedor verdadero.

    Obviamente para esto la carta/escrito que te envían ha de tener el aspecto, logos, firma, sello, etc, que pueda generar en tu persona suficiente credibilidad en documento.

  5. #5
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    Pero que sucede si te mandan poderes notariales,(que es lo que debemos exigir) pero nadie te ha enviado un contrato firmado por ti..?
    1º.a mi el santander no me ha comunicado la cesion de la deuda a una asesoria externa.
    2º.tras solicitar en carta enviada por fax a tencion al cliente copia de contrato jamás la he recibido.ni extraxtos que tambien solicité.
    3º.es en el contrato que supuestamente firmamos,donde se establece la cesion de datos y deuda a terceros en caso de impago.
    4º.por qué motivo,si debes 800 euros a un banco...te llama una asesoría para que pagues 400 y tu deuda queda saldada???no conozco un banco que regale el dinero sin motivo.
    yo hablo de mi caso.
    A mi me cancelaron la tarjeta por no pagar una cuota por error de el santander y me exigieron la deuda entera de lo que les debía.Me dijeron que era error informatico y que las cancelaciones las generaba un ordenador.Así por el puto morro.bueno...es una historia larga...

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