Menos mal que estamos en muy buenas manos con los abogados del foro... Enhorabuena Fahrenheit y por supuesto al forero ganador!!!! jijiji
Menos mal que estamos en muy buenas manos con los abogados del foro... Enhorabuena Fahrenheit y por supuesto al forero ganador!!!! jijiji
Magnífica noticia, haber si van llegando mas y les ponemos veto a esta panda de presuntos choricetes.Un saludo y enhorabuena a los dos.
Vive y se feliz
Enhorabuena!!! fantastica noticia.
RCB, mira lo ultimo de la sentencia, que sale por ahi un nombre que supongo no debe salir
"La alegría de una madre comienza cuando una nueva vida se agita en su interior, cuando escuchas su corazón por primera vez, y cuando una patadita juguetona te recuerda que ya no estás sola."
Hola a todos.
En relación a la sentencia que ha publicado RCB, hacer un par de comentarios que os puedan ser de utilidad:
Por un lado, queda claro que a día de hoy los intereses considerados abusivos son nulos sin que quepa moderación o integración de los mismos por parte de los tribunales de justicia. Esta posición se ha modificado puesto que hasta hace relativamente poco, ya que había algunos jueces y tribunales que sí que optaban por dicha moderación o integración. Todo lo que sea superior a 2.5 veces el interés legal del dinero se supone que se ha de entender abusivo y es nulo, por lo tanto, esa cláusula se entenderá por no puesta y lo pagado por intereses se restará al capital prestado.
Esta circunstancia se ha modificado recientemente por Ley 1/2013 en la que se establece el limite a la abusividad en 3 veces el interés legal del dinero.
En cuanto al seguro, la juez ha entendido que la irregularidad cometida en lo referente a la formalización del seguro, no era aplicable pues durante el tiempo en que el mismo ha estado supuestamente contratado el cliente habría podido beneficiarse del mismo. Es decir, que ha habido una aceptación tácita en cuanto a la contratación del mismo. Para mí no es un argumento válido, pero sí un aviso para que en cuanto se sepa que hay una irregularidad en la contratación del seguro, la misma se denuncie y no se espere a que exista una reclamación judicial para alegarlo.
Por último denunciar nuevamente la Ley de Tasas, puesto que en caso de que el cliente hubiese querido apelar la sentencia, tendría que haber pagado tasas por importe superior a la cantidad a la que se le condena a pagar. Una cosa de locos....
Un saludo a todos.
Muchas gracias por tu labor. Pensamos que los seguros hay, además, que denunciarlos globalmente a nivel administrativo de la DGSFP, agarrando bien de los machos a esta para que no se haga la longuis.
Maravillosa noticia!! Felicidades !!
Lo que ahoga a alguien no es caerse al río, sino mantenerse sumergido en él.
Enhorabuena. !
Ya es hora de que a estos usureros los bajen del pedestal y dejen de ser intocables y a la hora de poner un monitorio se lo piensen varias veces.
De todas formas el defendido de cofidis puede denunciar a la DGSFP y protestar por falta de elementos legales en el seguro.
Me pregunto si las estrellas se iluminan con el fin de que algún día, cada uno pueda encontrar la suya. El Principito (Antoine de Saint-Exupéry).?
Me alegro, por el forero, y enhorabuena a Farenheit. Ya es hora de que pongan a cada uno en su sitio