Te contesto, vamos yo creo que debes alegar que te acabas de enterar de tal y tal....y que nunca te han mandado el contarto....piensa que es una falta grave de que no lo tengan, le dicen a la DGS, he metido la pata y te prometo que no lo haré más....
2. La póliza de seguro será redactada de forma que sea de fácil comprensión. En caso de extravío de la póliza, el asegurador, a petición del tomador del seguro o, en su defecto, del asegurado o beneficiario, tendrá obligación de expedir copia o duplicado de la misma, la cual tendrá idéntica eficacia que la original. La petición se hará por escrito en el que se expliquen las circunstancias del caso, se aporten las pruebas de haberlo notificado a quienes resulten titulares de algún derecho en virtud de la póliza y el solicitante se comprometa a devolver la póliza original si apareciese y a indemnizar al asegurador de los perjuicios que le irrogue la reclamación de un tercero.
Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.
En fin, con tus palabras y de forma clara, hazles saber que te acabas de enterar, y que el no tener la póliza prueba que ese seguro es una falta grave....
Artículo 5
El contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. El asegurador está obligado a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. En las modalidades de seguro en que por disposiciones especiales no se exija la emisión de la póliza el asegurador estará obligado a entregar el documento que en ellas se establezca.
Espero haberte aclarado...la cuestión no son tanto las leyes, que si, lo importante es que quede claro que te acabas de enterar, que no tienen tu póliza y que nunca te la han entregado, que han cometido una falta muy grave....en cuestión de dinero ya sabes que ellos no se meten, hay que conseguir una resolución donde se les condene su actuación....