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Tema: Bankia me contesta despues de mandar carta a la DGSFP

  1. #11
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    Avatar de veleyari
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    Buenas tardes a todos! Os subo la carta que he preparado para rebatir las alegaciones que Bankia a dado a la DGSFP para que les echéis un vistazo y me digáis si me falta alguna cosita vale?
    Muchas gracias a todos.Archivo adjunto 11322

  2. #12
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    Avatar de Maria Hurtado
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    indica que han incumplido entre otros artículos de la Ley de seguros
    Artículo 3

    Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.

    Las condiciones generales del contrato estarán sometidas a la vigilancia de la Administración Pública en los términos previstos por la Ley.

    Declarada por el Tribunal Supremo la nulidad de alguna de las cláusulas de las condiciones generales de un contrato la Administración pública competente obligará a los aseguradores a modificar las cláusulas idénticas contenidas en sus pólizas.

    Artículo 5

    El contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. El asegurador está obligado a entregar al tomador del seguro la póliza o, al menos, el documento de cobertura provisional. En las modalidades de seguro en que por disposiciones especiales no se exija la emisión de la póliza el asegurador estará obligado a entregar el documento que en ellas se establezca.

    Artículo 8

    La póliza del contrato deberá redactarse, a elección del tomador del seguro, en cualquiera de las lenguas españolas oficiales en el lugar donde aquélla se formalice. Si el tomador lo solicita, deberá redactarse en otra lengua distinta, de conformidad con la Directiva 92/96, del Consejo de la Unión Europea, de 10 de noviembre de 1992. Contendrá, como mínimo, las indicaciones siguientes:
    Párrafo inicial del artículo 8 redactado por Ley 18/1997, 13 mayo («B.O.E.» 14 mayo), de modificación del artículo 8 de la Ley del Contrato de Seguro para garantizar la plena utilización de todas las lenguas oficiales en la redacción de los contratos.




    1. Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso.

    2. El concepto en el cual se asegura.

    3. Naturaleza del riesgo cubierto.

    4. Designación de los objetos asegurados y de su situación.

    5. Suma asegurada o alcance de la cobertura.

    6. Importe de la prima, recargos e impuestos.

    7. Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.

    8. Duración del contrato con expresión del día y la hora en que comienzan y terminan sus efectos.


    9. Si interviene un mediador en el contrato, el nombre y tipo de mediador.


    Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar a la Entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. Lo establecido en este párrafo se insertará en toda póliza del contrato de seguro.
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

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