Quisiera saber si se puede poner , simultaneamente, una reclamacion al BDE y otra a Consumo por el mismo motivo...Gracias de ante mano
Quisiera saber si se puede poner , simultaneamente, una reclamacion al BDE y otra a Consumo por el mismo motivo...Gracias de ante mano
No te lo aseguro al 100% pero diria que no hay ningun problema, son vias paralelas.
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
No preguntes cuantos son, sino donde estan.
El BDE no admitirá a trámite o se inhibirá de cualquier reclamación que esté en trámites de reclamación judiciales o administrativos.
Consumo es la vía administrativa.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
No preguntes cuantos son, sino donde estan.
Gracias por contestar tan rapidamente, yo estoy acostumbrado a reclamar via BDE y me ha dado grandisimos resultados, no obstante, si se reclama por la via de "consumo", pidiendo las hojas de comunidad a la entidad, ¿sabeis si esta reclamación es igual o mas efectiva y mas rapida que la reclamacion al BDE?, gracias de ante mano...
La reclamación ante consumo, lo único que traería como consecuencia, sería que ellos remitirían esa reclamación al BDE, es decir lo mismo que harías tu, porque consumo no tiene competencias en temas financieros, precisamente para eso está el BDE, que es el ente regulador.
Consumo tendría competencias de sanción a la entidad a través de las hojas de reclamaciones si se hubiese vulnerado algún derecho de consumo, pero no financiero.
Las hojas de reclamación de consumo, le hacen más daño a la oficina, haciéndolas llegar al SAC que llevándolas a consumo.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
Muchas gracias por la info RCB
Cito textualmente de una página del sitio del BdE:
-¿En que casos el Banco de España no admite una reclamación?
"Cuando se trata de hechos cuyo conocimiento es competencia de órganos administrativos, arbitrales o judiciales, o se encuentran en litigio ante estos órganos."
Ahora bien, como las Juntas Arbitrales de Consumo no tienen competencias en asuntos bancarios, según tengo entendido, lo que hacen es remitir la reclamación al SAC de la entidad bancaria. Ésta a su vez, para alargar más el proceso, la reenvía al Defensor del Cliente, en caso de que la entidad disponga de esta figura. Sin embargo, según me dijeron en una oficina de información al consumidor, la reclamaciones tramitadas a través de una OMIC son contestadas sin excepción por el SAC de la entidad bancaria en el plazo reglamentario de dos meses. Así que, tal vez, la reclamación cobre más fuerza mediante la participación de una OMIC o Junta Arbitral de Consumo.
En el hilo de mi presentación al foro, cuento los pasos que seguí para reclamar a través de una delegación de Consumo.
Un saludo.