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Tema: Alegaciones de cofidis a la dgsfp

  1. #21

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Al servicio de reclamaciones de la dirección general de Seguros Y Fondos de Pensiones

    En relación con el expediente Nº: __________

    Me dirijo a este Servicio de reclamaciones para transmitir que ejerzo el derecho de desistimiento en el proceso arriba citado, sin que ello suponga la renuncia a mis derechos de poner a criterio de este servicio u otra instancia, el que se emita un informe acerca de los hechos que motivaron esta reclamación con el fin de restablecer mis legítimos derechos vulnerados por la acción de ASEGURADORA/MEDIADOR_________, llevando a cabo malas prácticas financieras.

    No obstante, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 15 y 18 de la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, recuerdo a este Servicio la conveniencia, y el deber en su caso, de comunicar a otras instancias la posible existencia de conductas que infringen alguna de nuestras leyes.

    Artículo 15. Desistimiento. Los interesados podrán desistir de las reclamaciones en cualquier momento. El desistimiento dará lugar a la finalización inmediata del procedimiento en lo que a la relación con el interesado se refiere, sin perjuicio de la posibilidad de que el servicio de reclamaciones competente acuerde su prosecución por entender la existencia de un interés general en las cuestiones planteadas.
    Artículo 18. Conductas sancionables. Si la tramitación de los expedientes de reclamaciones o quejas revela datos que puedan constituir indicios de conductas sancionables, en particular, cuando se dedujese el quebrantamiento grave o reiterado de normas de transparencia o protección a la clientela, o se detecten indicios de conductas delictivas, o de infracciones tributarias, de consumo o competencia, o de otra naturaleza, el servicio de reclamaciones pondrá los hechos en conocimiento del departamento u organismo competente en la materia a los efectos oportunos.

    Razón de mi desistimiento:

    Al recibir las alegaciones de Cofidis, con tan burdos argumentos, se reitera mi sospecha de haber sido sometido a malas prácticas financieras y he sido aconsejado intimar a la entidad a la solución del tema en controversia de forma ajena a Este Servicio de Reclamaciones; se me ha explicado que están aflorando multitud de casos de seguros contratados irregularmente (vulnerando los artículos 3, 5 y 8 de la ley 50/1980 del 8 de octubre) por Cofidis y esta entidad se allana a la devolución de las primas cobradas de un seguro contratado en fraude de ley.

    No obstante me reitero en lo expresado sobre los artículos 15 y 18 de la Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por lo que ruego a este servicio tenga en cuenta investigar la forma de contratación de los seguros de protección de pagos por parte de Cofidis, entidad que ya ha sido sancionada por el banco de España, ya que se vulneran repetidamente los artículos 3, 5 y 8 (ausencia de referencia a impuestos y recargos) de la ley 50/1980 del 8 de octubre.

  2. #22

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Y busca que hay un modelo para tu caso; incluso tu caso es más sencillo. Apriétales bien y que suelten la pasta.

  3. #23

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Una pregunta importante ¿a ti Cofidis te alegó lo mismo que a la DGSFP?

    Otra ¿es posible que las pegatinas de hacienda tapen el lugar donde debería aparecer la firma?

  4. #24
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    Avatar de mirandarodri
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    gracias eusebito,cofidis no me alego lo mismo, pero lo del notario vendra por que estaran acoj...por que les dije al banco de ESPAÑA Y A LA DGSFP LA PRESUNTA MANIPULACION DEL CONTRATO,LO de hacienda no tapa ninguna firma ,fijate en los dos que he subido y lee, la firma esta en la parte de abajo.Le mande a celicar el contrato original,por que a mi no me dejaba subirlo,no se si lo habra recibido, si quieres te lo mando a ti para que lo puedas comparar y te des cuenta de lo que digo.

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