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Tema: problemas con seguros del santander

  1. #1
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    problemas con seguros del santander

    Buenos días a todos
    Soy Carmen de Granada, os explico mi caso:
    Resulta que hablando con un compañero de los problemas con los seguros del Santander, revisando papeles en casa veo que no tengo ninguna documentación de los seguros de vida, de accidentes y de hogar que me hicieron contratar con ellos, ni póliza ni ningún papel donde diga que yo he contratado con ellos esos seguros, sólo el cobro de los recibos de los mismos.
    Envié al servicio de atención al cliete la carta que tenis colgada para estos casos, y hace poco me llamaron de una empresa para decirme que está todo firmado y que me ofrecen devolverme el 50% del gasto de los seguros ya que (literalmente) no he hecho gasto de ellos ya que no he dado ningún parte y el banco quiere quedar bien con sus clientes. Yo les solicito lo mismo que en la carta, que me mande la documentación y que sí no que me devuelvan el 100% de los seguros ya que no estarían bien contratados.
    Han pasado ya dos meses desde que mandé la carta con acuse de recibo al sas y viendo que no me han mandado la documentación, he llamado a la empresa que me ofreció el acuerdo y les he preguntado que qué pasaba con la documentación y me han contestado que como no acepté el acurdo lo han comunicado al banco y me llegará la constestación por parte de el desestimando mi petición.
    Mi pregunta es ¿qué devo hacer?, denuncio en la Dirección General de Seguros o me espero a que llegue contestación del Santander.
    Yo pienso que si me ofrecieron dinero es que algún problema con los seguros hay ya que nadie da duros por pesetas.
    Espero vuestras respuestas

  2. #2
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    ¿Pediste el boletin de adhesion al seguro y la poliza tanto a la entidad financiera como a la compañia de seguros?
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  3. #3
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    Avatar de veci32
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    Hola, la carta que envié es:
    • Que he sido conocedor recientemente de que los seguros de vida no son obligatorios en la concertación de préstamos, en contra de lo que dice a leyenda y superstición que hacen correr las entidades financieras.
    • Que recientemente informado de la legislación que regula la contratación del seguro sospecho que los cobros no se hicieron conforme a la Ley ya que dicho seguro no fue contratado como es debido, es decir, no fue contratado.
    • Que en mi reclamación anterior me informan de un número de póliza y de certificado individual de adhesión al seguro, pero no el documento contractual, con lo cual no me dicen absolutamente nada. Se entiende que ustedes, como profesionales de la materia, debían haber entendido que si yo declaraba no tener constancia documental de la contratación del seguro, tendrían que haberme remitido una copia de la póliza o documento establecido, en vez de limitarse a indicarme unos números. Todo esto hace aumentar mis sospechas de que he estado pagando un seguro no contratado y del que ni siquiera recibí información (coberturas, beneficios, etc.) por lo que a mayor abundamiento, además de no existir consentimiento formal expresado con al firma de una póliza, tampoco existe, consentimiento informado.
    • Que soy, desde hace pocas semanas, perfectamente conocedor del procedimiento legal de contratación de un seguro desde el proceso de información previa (RDL 2486 1998) hasta su formalización en una póliza con todos los elementos legales (LCS 1980)

    Por lo arriba expuesto les solicito un duplicado del presunto contrato del presunto seguro cuya póliza es la 216200XXXX y el número de certificado XXXXX, esto es, un documento escrito que contenga los siguientes elementos:
    • Constancia, fechada, de la recepción de la información previa a la contratación. El artículo 107 del RDL 2486/98 hace referencia a la “Se acreditará que el tomador del seguro y, en su caso, el asegurado ha recibido con anterioridad a la celebración del contrato de seguro o a la suscripción del boletín de adhesión, toda la información requerida a este respecto en los artículos precedentes, mediante una mención, fechada y firmada por el tomador o asegurado, en su caso, insertada al pie de la póliza o del boletín de adhesión, en la que reconozca haberla recibido con anterioridad y se precise su naturaleza y la fecha de su recepción.”
    • Condiciones generales de la póliza.
    • Aceptación expresa de clausulas limitativas que figuren destacadas en el clausulado de condiciones generales.
    • Información de la posibilidad de ejercer mi derecho legal de desistimiento y reclamación de divergencias. La LCS 1980, indica:
    o Artículo octavo: “Si el contenido de la póliza difiere de la proposición de seguro o de las cláusulas acordadas, el tomador del seguro podrá reclamar a la Entidad aseguradora en el plazo de un mes a contar desde la entrega de la póliza para que subsane la divergencia existente. Transcurrido dicho plazo sin efectuar la reclamación, se estará a lo dispuesto en la póliza. Lo establecido en este párrafo se insertará en toda póliza del contrato de seguro.”

    • Elementos que indica la Ley CS de 1980.
    • Nombre y apellidos o denominación social de las partes contratantes y su domicilio, así como la designación del asegurado y beneficiario, en su caso.
    • El concepto en el cual se asegura.
    • Naturaleza del riesgo cubierto.
    • Designación de los objetos asegurados y de su situación.
    • Suma asegurada o alcance de la cobertura.
    • Importe de la prima, recargos e impuestos.
    • Vencimiento de las primas, lugar y forma de pago.
    • Duración del contrato, con expresión del día y la hora en que comienzan y terminan sus efectos
    • Si interviene un mediador en el contrato, el nombre y tipo de mediador.
    • Firma e identificación de las partes comparecientes, esto es, yo como asegurado y el tomador o asegurador, en función de a quien le corresponda extender el documento o certificado individual de adhesión.
    • Así mismo les solicito que acrediten la fecha de recepción de mi presunto duplicado o ejemplar de contrato para poder haber ejercido mi derecho legal de desistimiento y reclamación de divergencias. La LCS 1980, indica:
    o Artículo 83 a), modificado en 1995, “El tomador del seguro en un contrato de seguro individual de duración superior a seis meses que haya estipulado el contrato sobre la vida propia o la de un tercero tendrá la facultad de resolver el contrato dentro del plazo de los quince días siguientes a la fecha en la que el asegurador le entregue la póliza o un documento de cobertura provisional.” Quiero recordar que según criterios expresados por esta DGSFP en este tipo de seguros colectivos, el verdadero “dominus negotii” es el asegurado.

    Cualquier documentación que no cumpla estos requisitos citados implica que no ha existido tal contrato de seguro; si se da este extremo les exijo la inmediata devolución de las primas de seguro abonadas, tanto del seguro de protección de pagos, como de daños de vivienda como los demás. Estas cantidades, cuyo extorno solicito son las siguientes:

    NI SIQUIERA SE QUE COMPAÑÍA ME HIZO EL SEGURO. NO TENGO NINGUNA DOCUMENTACIÓN

  4. #4
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    Avatar de veci32
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    ¿Y para denunciar en la DGSFP hay algún modeo de carta???
    y ¿¿qué documentación tengo que aportar??

  5. #5
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    Avatar de RAINWOUND
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    El formulario de reclamación de la DGSFP:

    http://www.dgsfp.mineco.es/reclamaci...N%20FISICA.pdf

    Acompaña la reclamación que hiciste al Santander, con fotocopia del acuse de recibo y fotocopia del DNI.

    http://www.dgsfp.mineco.es/reclamaci.../PG3-NUEVO.pdf
    Me pregunto si las estrellas se iluminan con el fin de que algún día, cada uno pueda encontrar la suya. El Principito (Antoine de Saint-Exupéry).?

  6. #6

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Y recuerdas a al empresa que vas a reclamar a la DGSFP a ver si espabilan y devuelven pronto.

  7. #7
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    Muchas gracias por vuestras respuestas eusebito y rainwound.
    A por ellos

  8. #8
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    Avatar de Maria Hurtado
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    esos seguros son de Santander seguros ó de otra empresa?
    pq yo reclamé a Santander seguros y rápidamente me enviaron el dinero pq no encontraban las polizas.
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

  9. #9
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    yo estoy a la espera de las supuestas pólizas de santander seguros(los dos meses),la misma semana me hicieron una simulación de la cancelación del santander consumer, que supuestamente no tenian nada que ver con el seguro salvo que ellos lo pagaron,pero ¿y las polizas? en fin,irregularidades a gogo!

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