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Tema: Consulta: Deuda judicializada

  1. #1
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    Consulta: Deuda judicializada

    A ver quien puede orientarme .....

    Coche comprado a traves de una financiera en 2004. En 2008 proceso monitorio por impagos, y condena al titular del prestamo a pagar la cantidad restante mas gastos, costas , etc. Se le embarga la nomina y las devoluciones de hacienda mientras tiene trabajo. A esta persona la despiden en 2011 y desde ese momento no hay ninguna noticia de la financiera ni del juzgado. Ahora necesita saber el estado de esa cuenta para una disolucion de gananciales, para saber lo que se debe , los pagos realizados por embargo, en definitiva , todo lo relacionado con esa deuda. Por otro lado le dicen que esa deuda , INCOBRABLE ya que no tiene bienes y el coche no tiene reserva de dominio y el juez no lo ha reclamado, esta vendida en un paquete a un fondo buitre.

    A quien se le solicita la informacion ?

  2. #2
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    Avatar de Amazona22
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    Al juzgado que ordeno el embargo.

    Si esa deuda ya esta judicializada, el fondo buitre, para poder cobrarla, se la tiene que reclamar al juzgado.
    Pero si no tiene bienes (el coche es un bien pero es muy antiguo), aunque el coche no tenga reserva de dominio, si esta a su nombre, el juez puede ordenar su embargo, pero no creo que les interese embargar un coche con 9 años.

    El fondo buitre, lo unico que puede hacer legalmente es demostrar al juzgado que es el dueño de esa deuda y pedir al juez que ejecute embargo otra vez. Pero si no hay bienes,no van a cobrar nada.

    A el deudor no le pueden reclamar la deuda el fondo buitre porque ya esta juzgada y depende del juzgado cobrarla y pagarsela al acreedor.
    Poder,no pueden, pero no dudes que lo intentaran a ver si se acongoja,recoge un poco de dinero de el que crece en los arboles y paga.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  3. #3
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    Interesante , haber que comentan los compañer@s , pero que raro que si la deuda ya a pasado por el juzgado habiendo embargo y de mas,,como es posible que puedan vender la deuda a un fondo buitre? Porque dudo que el juzgado la venda.
    Respecto a que no hay noticias del juzgado,,supongo que si la deuda no esta liquidada, en cuanto se ponga a trabajar, tendrá noticias de nuevo.
    En fin, es solo un comentario,esperaremos haber que dicen los compañer@s,porque me parece interesante
    Saludos

  4. #4
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    Avatar de Amazona22
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    Cita Iniciado por celes Ver mensaje
    Interesante , haber que comentan los compañer@s , pero que raro que si la deuda ya a pasado por el juzgado habiendo embargo y de mas,,como es posible que puedan vender la deuda a un fondo buitre? Porque dudo que el juzgado la venda.
    Respecto a que no hay noticias del juzgado,,supongo que si la deuda no esta liquidada, en cuanto se ponga a trabajar, tendrá noticias de nuevo.
    En fin, es solo un comentario,esperaremos haber que dicen los compañer@s,porque me parece interesante
    Saludos
    Vamos a ver, como entendeis las cosas.
    El juzgado no vende ninguna deuda, el que vende la deuda es el que demando y obtuvo sentencia del juzgado. Y como el que demando no ha conseguido cobrar todo, vende al fondo buitre un paquete de deuda incobrable por dos duros y le pasa el muerto al fondo buitre.

    El que demando,para cobrar esa deuda, sabe que tiene que solicitar al juzgado cada equis tiempo, que intente embargar,como no hay de donde,se desace de esa "deuda incobrable",pero al fondo buitre no le avisa,les meten a veces hasta deudas ya pagadas y deudas sin documentacion acreditatoria de las mismas.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  5. #5
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    Avatar de Maria Hurtado
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    yo iria al juzgado y me enteraría de cuanto se debe etc............. y a partir de ahí actuaria
    Hacer el amor es un placer, pero sonreír a quien te odia mientras le perdonas la vida es el orgasmo más grande que te puedas imaginar.D

  6. #6
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    Cita Iniciado por Wilfra22 Ver mensaje
    Vamos a ver, como entendeis las cosas.
    El juzgado no vende ninguna deuda, el que vende la deuda es el que demando y obtuvo sentencia del juzgado. Y como el que demando no ha conseguido cobrar todo, vende al fondo buitre un paquete de deuda incobrable por dos duros y le pasa el muerto al fondo buitre.

    El que demando,para cobrar esa deuda, sabe que tiene que solicitar al juzgado cada equis tiempo, que intente embargar,como no hay de donde,se desace de esa "deuda incobrable",pero al fondo buitre no le avisa,les meten a veces hasta deudas ya pagadas y deudas sin documentacion acreditatoria de las mismas.
    Wilfra entiendo perfectamente , si lees bien , yo digo, que dudo que el juzgado sea el que vende la deuda , por no afirmarlo , pero pone claramente que dudo.
    Y mi comentario era respecto a que su acreedor pudiera vender la deuda una vez pasada por juzgado, cosa que ya lo as aclarado perfectamente.

  7. #7
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    Cita Iniciado por celes Ver mensaje
    Wilfra entiendo perfectamente , si lees bien , yo digo, que dudo que el juzgado sea el que vende la deuda , por no afirmarlo , pero pone claramente que dudo.
    Y mi comentario era respecto a que su acreedor pudiera vender la deuda una vez pasada por juzgado, cosa que ya lo as aclarado perfectamente.
    El acreedor lo que vende es un paquete de deudas donde hay cobrable, incobrables, vencidas, no vencidas, judicializadas ..... de todo en el saco. Las deudas son con ellos , no con el juzgado. Pueden hacer y deshacer a su antojo.

    La duda venia por el hecho de la reclamacion de la deuda, una vez judicializada el unico modo de reclamarla es INSISTIENDO al juzgado , lo cual llega a cansar a la acreedora , que lo que quiere es deshacerse de la deuda lo antes posible, y por eso la vende.

    lo que no queria esta persona es "levantar la liebre" con la acreedora por si esta deuda estaba dormida y pasaba plazo de reclamacion.

  8. #8
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    Es que a la acreedora esa persona no le tiene que decir nada, a quien de debe pedir documentacion del estado de esa deuda,para la liquidacion de gananciales es al juzgado que dicto sentencia.
    No va a levantar ninguna liebre con el acredor porque el acreedor es el que tiene que estar pendiente de que el juzgado cobre la duda y si no lo reclama al juzgado (si no reclama que el juzgado vuelva a intentar embargar),el juzgado no va a hacerlo.
    El juzgado tiene que dar esa informacion si se la pide y no tiene porque comunicar al acreedor nada de lo que le solicite el deudor.

    Puede pedirlo al juzgado el abogado que le lleve lo de la disolucion de gananciales.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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