Buenas tardes,
Hoy me ha enviado el abogado de oficio ,un email donde me indica lo siguiente:
"Hola XXX,
Te comunico que citibank ha iniciado la ejecución de senténcia.
Si ya hubieras pagado alguna cantidad indicamelo porque tengo de plazo hasta el dia 13 de marzo para manifestarlo.
Si no, te recomiendo que si puedes lo pagues y me lo comuniques.
Si no puedes pagar, entonces nada, es possible que si te puede embargar nada lo hagan.
Un saludo."
Yo le he enviado un email pidiendo si cobrando menos del SMI se puede hacer un escrito pidiendo que no se embargue la cuenta y me ha contestado lo siguiente:
"A ver, ya te lo he dicho que no.
El hecho de no tener dinero no excluye el derecho del creditor a cobrar.
Lo que establece la ley es que no se puede embargar los ingresos equivalentes a salario minimo y si cobras más hay unos tramos no embargables pero esto no te afecta porque no llegas al salario minimo.
lo que si permite la ley es embargar los saldos de cuantas, o acciones, depósitos etc. lo que pasa es que lo tienen que pedir cada vez de nuevo, es decir, si cuando lo piden y llega la orden al banco hay saldo, el banco lo tiene que retener e ingresar al juzgado. Pero cada vez lo tienen que pedir de nuevo, no te queda la cuenta bloqueada. Ademas el banco nunca te retendra un saldo que el quiera para él para la hipoteca por ejemplo. A la práctica, sera dificil que te encuantren nada porque entre pedir i llaegar la orden pasa tiempo. Seguramente nos iremos enterand de lo que piden i te podré avisar antes. Si conviene canvia de nums de cuenta. Y es muy probable que despues de intentarlo algunas veces se cansen.
Pero ya te digo que no hay ningún mecanismo legal que permiai parar la ejecución por el simple hecho de la falta de ingresos.
Por cierto no presentes escritos por tu cuenta al juzgado porque no te los admitirán.
Saludos que me retiro."