Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Página 2 de 2 PrimerPrimer 12
Resultados 11 al 16 de 16

Tema: Embargo en cuenta siendo autorizado

  1. #11
    Estado
    Desconectado
    Avatar de El Francès
    Fecha de ingreso
    10 ene, 14
    Ubicación
    Castellòn
    Mensajes
    82
    Me gusta (Dados)
    67
    Me gusta (Recibidos)
    80
    Hola , buenas tardes a tod@s.
    Voy a preguntaros lo mismo que a preguntado Requeteupss porque nadie le contesto y es que me interesa mucho saber la respuesta ya que tengo en mi cuenta una persona autorizada . Es lo siguiente : ¿ Hacienda considerara ingresos a cuenta del titular, lo que aporta la persona autorizada y entonces , sera imponible ? No se mi me explico bien .
    Gracias a los compis por aclararme . Saludos .

  2. #12
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cita Iniciado por melocoton en almibar Ver mensaje
    Y cuando es por temas hipotecarios,ya que te pones compañera.
    Cual es el mínimo inembargable?
    967,95 euros....
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  3. #13
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cita Iniciado por El Francès Ver mensaje
    Hola , buenas tardes a tod@s.
    Voy a preguntaros lo mismo que a preguntado Requeteupss porque nadie le contesto y es que me interesa mucho saber la respuesta ya que tengo en mi cuenta una persona autorizada . Es lo siguiente : ¿ Hacienda considerara ingresos a cuenta del titular, lo que aporta la persona autorizada y entonces , sera imponible ? No se mi me explico bien .
    Gracias a los compis por aclararme . Saludos .
    Pues no, no te has explicado bien, al menos yo no te he entendido.....
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  4. #14
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Ayla
    Fecha de ingreso
    24 may, 14
    Mensajes
    1,046
    Me gusta (Dados)
    9
    Me gusta (Recibidos)
    39
    Bueno lo de el minimo inembargable es muy relativo, yo cobro del paro menos del salario interprofesional y tengo cargas familiares (2 hijas) y tenia 90 euros en el banco para pagar los recibos y los embargaron. y en otra cuenta que tenia 50 euros igual

  5. #15
    Estado
    Desconectado
    Avatar de RCB
    Fecha de ingreso
    05 may, 11
    Ubicación
    El Mundo
    Mensajes
    39,331
    Me gusta (Dados)
    149
    Me gusta (Recibidos)
    5678
    Cita Iniciado por Ayla Ver mensaje
    Bueno lo de el minimo inembargable es muy relativo, yo cobro del paro menos del salario interprofesional y tengo cargas familiares (2 hijas) y tenia 90 euros en el banco para pagar los recibos y los embargaron. y en otra cuenta que tenia 50 euros igual
    Ya, pero eso no es salario.

    Y si cobras sólo 500 euros y resulta que tienes dos millones en el banco, que piensas que no te embargan porque no llegas al mínimo embargable?

    Venga ya....... pensemos un poco con la cabeza.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
    HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
    FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
    Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.

  6. #16
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Durnik
    Fecha de ingreso
    06 may, 14
    Mensajes
    349
    Me gusta (Dados)
    18
    Me gusta (Recibidos)
    238
    Bueno, creo que ambos, RCB y Ayla, tenéis parte de razón. Es cierto que el salario se embarga en la empresa, pero el resto llega a una cuenta. Esa cuenta debe de respetarse también la regla del embargo de salarios, puesto que es una cuenta dónde está domiciliada la nómina. El resto de cuentas se puede embargar en su totalidad. Es decir, es perfectamente factible que te embarguen la nómina y luego ten hagan un segundo "embargo nómina" en cuenta.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.