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Tema: Duda sobre inscripción den Experian tras estar en ASNEF

  1. #1
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    Avatar de Jimena
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    Duda sobre inscripción den Experian tras estar en ASNEF

    Hola buenos días:

    Quería hacer una consulta. Llevo dos años en ASNEF por una deuda de la empresa familiar en la que como socia soy avalista personal. Es una deuda tremenda (préstamos hipotecario de un solar), es decir, imposible de pagar. El banco es el Sabadell. Tengo pendiente la denuncia a Protección de Datos porque en ningún momento me lo comunicaron, me enteré porque me dieron de baja una tarjeta de crédito cuando me metieron en el ASNEF.

    Pues bien, cuál no sería mi sorpresa cuando hace unos días recibo la inclusiión en Experian por la misma deuda.

    Mi pregunta es: ¿Cuál es la razón de que no te incluyan de golpe en todas? ¿Por qué viene esto DOS AÑOS DESPUÉS por la misma deuda? ¿Qué estrategia es esta?

    Y otra pregunta más, aunque me temo la respuesta: ¿Experian también tiene lo de los 6 años para salir?

    Es que en este plan no sales nunca ¡¡ Cuando ya tenía 2 años adelantados ahora empiezo otra vez ¡¡¡

    Gracias.

  2. #2
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    Cada fichero es diferente y no tienen nada que ver el uno con el otro. El que te incluyan en uno no tiene que ver con que te incluyan en otro o no. De hecho existen decenas de ficheros de morosidad en España en algunos de los cuales probablemente también estaras, lo que ocurre es que son minoritarios y por lo tanto con muy pocas entidades asociadas a ellos.

    Los dos principales son Asnef y Badexcug, que acaparan el 100% de entidades adheridas y por lo tanto son los mas consultados por todos sus asociados.

    Si no figuras en esos dos , es 100% seguro que no figuras en ningún otro.

    y si claro, los seis años cuentan desde la fecha de inscripción en cada uno de los ficheros.
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  4. #3
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    yo disiento con respecto a lo del plazo de inclusion, entiendo que son 6 años desde la fecha en que se produce la situacion de impago, no desde la fecha de inclusion en fichero.

    Deuda con fecha 16/10/2014 puede figurar en ficheros como maximo hasta 15/10/2020

  5. #4
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    No, 6 años desde la inclusión en el fichero, todos los apuntes tienen una fecha alta, y es a partir de esa que se calculan los 6 años:
    Artículo 29.4 de la Ley de Protección de Datos:
    "Sólo se podrán registrar y ceder los datos de carácter personal que sean determinantes para enjuiciar la solvencia económica de los interesados y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años, siempre que respondan con veracidad a la situación actual de aquéllos."

  6. #5
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    6 años desde la inclusión en el fichero, todos los apuntes tienen una fecha alta, y es a partir de esa que se calculan los 6 años es como apunta Durnik

  7. #6
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    Ok. Pero no me habéis contestado a lo que preguntaba: es ésto una estrategia de los bancos? POrque digo yo que desde que hubo el impagado lo normal es meter a la persona en todos los ficheros que ellos estén no? Por qué dos años de diferencia?

    Porque vamos, esto ya termina de rematarme; dos puñeteros años sólo que habían pasado del ASNEF y yo tan contenta y ahora ¿otra vez a empezar? Hay q j****. *******.

  8. #7
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    No hay ninguna Ley que les obligue a inscribirte en el fichero al primer impago.

    De hecho hay entidades que nunca llegan a hacerlo.

    Te inscriben cuando ellos lo creen oportuno, la mayoria de las veces como medida de presión.
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  9. #8
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    y que no se refieran, cuando sean adversos, a más de seis años

    por tanto tienen que ser veraces y no tener una antiguedad superior a 6 años.

    Yo esto lo he hablado con mucha gente, y solo puedo decir que en todos los casos en los que he mandado escrito solicitando la cancelacion por exceder en 6 años, en todos se ha retirado, independientemente del fichero que fuera. Asnef con telefonica movistar son los unicos que remolonean porque toman la fecha en que dan de baja la linea como referencia de inclusion (lo que ademas suele ser incorrecto porque la inclusion en fichero suele ser anterior a la baja definitiva de la linea por impago. Pero Asnef con las telefonias suele imcumplir tambien en lo de la veracidad, ya que suelen tener una inclusion menor que la deuda real.
    La victima aparece como que debe 70€ en fichero y cuando se pone en contacto con telefonica las cifras suelen ser mucho mayores y ni siquiera haber una factura que coincida exactamente con el importe declarado al fichero.

  10. #9
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    Y en un tema de un préstamo hipotecario de un solar ¿qué fecha se toma? ¿la del primer impago?

  11. #10
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    la hipoteca si es de más de 6000 euros te saltaria siempre en cirbe, con la clave de cuotas impagadas por mas de 39 meses.
    En los ficheros de morosos deberia ser retirada a los 6 años de la entrada en mora, que se produce normalmente con la tercera cuota impagada. Yo estos casos solo los he visto cuando intentamos retirar los ficheros tras la adjudicacion, no se con seguridad como será en el resto de los casos.

    En tu caso eres avalista de una hipoteca de una sociedad familiar, para meterte en incidencias deberian haberte metido en el juzgado previamente.

    El papel de avalista es fácil de explicar: ante un impago, la entidad financiera requerirá, en primer lugar, su abono al titular del préstamo mediante el envío de una carta. Si el impago persiste en el tiempo, la entidad financiera advertirá al deudor del inicio de acciones legales contra él. Por ley, y así figura en el contrato de un préstamo, el banco o caja está obligado a respetar los plazos para ejecutar el aval, que suelen ser de 3 meses.

    Si transcurrido ese periodo, el deudor sigue sin abonar lo que el banco le reclama, éste acudirá al avalista. Se debe tener en cuenta que, por ley, la entidad financiera no está obligada a comunicar al avalista -salvo que se pacte lo contrario- del incumplimiento del pago del préstamo. Asi que te enteras normalmente cuando recibes la demanda, a no ser que en las condiciones del aval hayas metido una clausula por la que tengan que avisarte en caso de impago del titular.

    Yo he visto en tres ocasiones la cancelación de la deuda pendiente después de una ejecución hipotecaria, liberando de esa manera a los avalistas, de los importes que quedaban pendientes tras una dacion de pago en la que el banco se adjudicó la vivienda al 60%, y el abogado lo pudo pelear alegando enriquecimiento injusto.

    En tu caso habria que saber, si la entidad interpuso una demanda de ejecución hipotecaria que dirigió contra el prestatario hipotecante y contra ti como fiadora solidaria, si la hipoteca que avalastes no sufrio ninguna modificacion en sus condiciones iniciales, en todo caso nunca quedas exenta de responsabilidad.
    Última edición por vindi; 20/10/2014 a las 16:53

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