trascribo la contestación de bankia, que no puedo escanear:
(...) se ha confirmado que, en cumplimiento de la normativa vigente, y dado que la operación fue firmada con posterioridad al 25 de noviembre de 2002 (la hipoteca es de 11/2003) la misma está adaptada a la práctica del redondeo, según establece la ley 44/2002 de 22 de noviembre de medidas de reforma del sistema financiero en su disposición adicional duodecima:
"en los créditos y préstamos garantizados mediante hipotecas (...) que a partir de la entrada en vigor de esta ley, se formalicen a tipo de interés variable, podrá acordarse el redondeo de dicho tipo. en el supuesto anterior, el redondeo del tipo de interés habrá que efectuarse al extremo del intervalo pactado más próximo, sin que éste pueda sobrepasar el octavo de punto".
en ningún caso, respecto a bankia los tribunales han acordado el recálculo de las cuotas o la eventual devolución de cantidades por lo que entendemos que no procede retrocesión de importe alguno.
alguien sabe si esto es verdad?
a mi me confirma la carta que me están aplicando el redondeo, que la verdad mandé sin estar segura, y lo que entiendo es que mientras no lleve la reclamación más lejos no se van a bajar del burro.
veis que debo/puedo reclamar al BDE?
muchas gracias a tod@s, saludos!