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Tema: borrar titular fallecido

  1. #1
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    borrar titular fallecido

    hola mi padre fallecio en el 2007 y no se hizo ni delcaracion de herederos ni nada de eso por que no habia herencia,mi padre se caso con una mujer y ahora esta quiere sacarlo de titular cuenta y en el banco parte de certificado de defuncion le piden declaracion herederos por otra parte a los hijos nos reclaman una deuda de mi padre del año 93 en el banco pastor que ya puse un post y me contestaies muy bien.¿si realizo delcareion de herederos hay que pagar esa deuda del 93?no hay herencia ni nda

  2. #2
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    Avatar de Amazona22
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    Haceis esa declaracion y renunciais a la herencia.
    Las deudas se heredan,igual que los bienes.
    Asi que para no heredar nada,ni deudas ni bienes,se renuncia a la herencia.

    Y esa deuda del 93 tiene casi prescrito el plazo para reclamarla.
    Si no os la han reclamado nunca por correo fehaciente prescribira a los 15 años.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  3. #3
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    Avatar de mani33
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    como se hace la delcaracion donde y cuanto cuesta mas menos ???

  4. #4
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    Avatar de Anele
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    Si no se ha hecho testamento, hay que hacer una declaración de herederos.

    Si, heredan los descendientes, ascendientes o cónyuge, la declaración de herederos se hace ante notario del lugar donde tuviera el fallecido su último domicilio. Habrá que llevar para ello una serie de documentos (D.N.I. del fallecido, certificación de defunción, certificado del Registro de Actos de Última Voluntad, Libro de Familia, al menos) y dos testigos que conozcan a la familia del fallecido pero que no sean parientes. Acuda al notario para que le indique exactamente qué es lo que necesita en este caso.

    Si, según la ley los herederos son otras personas, la declaración de herederos la tiene que hacer un juez.

    Gastos: En el mejor de los casos (declaración de herederos ante notario y sucesión sin complicaciones) los gastos son más de tres veces lo que cuesta hacer testamento.

    Conclusión: Si no se hace testamento los bienes no van a quien normalmente se quiere; hay que hacer una serie de trámites y obtener más papeles y es bastante más caro. Conviene por tanto hacer testamento y no dejarlo para el último momento (cuesta 30,05 euros, y se puede cambiar siempre), de esta forma conseguirá que sus bienes pasen a quien usted quiere y facilitará mucho las cosas a sus herederos el día de mañana.
    Última edición por Anele; 27/10/2014 a las 12:11

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  5. #5
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    borrar titular fallecido

    En un notario y los aranceles depende del notario a mi me costo casi 200 euros , pero somos muchos hermanos y luego me equivoque y lleve dos testigos , con uno te sobra , pregunta en varios sitios

  6. #6
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    Haceis esa declaracion y renunciais a la herencia.
    Las deudas se heredan,igual que los bienes.
    Asi que para no heredar nada,ni deudas ni bienes,se renuncia a la herencia.

    Y esa deuda del 93 tiene casi prescrito el plazo para reclamarla.
    Si no os la han reclamado nunca por correo fehaciente prescribira a los 15 años.
    No lo entiendo, si la deuda es del 93 y no la han reclamado fehacientemente, ¿no prescribió en 2008 ... o si fuera hipotecaria en 2013? puedes aclarármelo por favor? Gracias.
    CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com

    HORARIO: LUNES A VIERNES DE 19
    19 A 21


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  7. #7
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    La declaración de herederos no tiene un plazo de seis meses para hacerla? A contar desde el fallecimiento.

  8. #8
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    Por cierto, y no es por desanimarte, a mi madre le cobraron 1700€. Es verdad que había declaración de herederos, aceptación de la herencia, reparto de la herencia, poderes para que una persona cobrara y renuncia a la herencia( la mía). Mi padre falleció en Enero y a fecha de hoy aún están con jaleos para darlo de baja en las cuentas corrientes.

  9. #9
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    No lo entiendo, si la deuda es del 93 y no la han reclamado fehacientemente, ¿no prescribió en 2008 ... o si fuera hipotecaria en 2013? puedes aclarármelo por favor? Gracias.
    La prescripcion empieza a contar desde la ultima vez que se reclamo el impago de la deuda,no desde que se contrae la deuda.
    Por eso digo casi,porque la deuda es del 93 pero no sabemos cuando fue la ultima vez que esa deuda fue reclamada y si lo fue en el 93,despues o nunca.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  11. #10
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    A mi me lo iso todo er ocaso, al falleser tenia contratado en la polisa de decesos una serie de servisios como darle de baja de la seguridad social pa que no cobre mas la paga, la partida de defunsion , y slgunos papeles mas

    Si tienes seguro de decesos podrias preguntar ahi

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