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Cuanto tardan en embargar
Cuando finaliza un proceso monitorio sin oposición del demandado y sin haber pagado la deuda, el Juez da por finalizado el procedimiento y la consecuencia es el despacho de ejecución, hecho del que se da traslado a la parte demandante, que a su vez tiene que volver a iniciar proceso para que el Juez proceda a despachar esa ejecución y embargo.
Pero esto no ocurrirá hasta que el demandante señale los bienes de los que dispone el deudor para embargar, es decir, la parte demandante tiene que tener conocimiento de las propiedades o bienes de las que dispone el demandado para solicitar su embargo. Si desconoce los bienes que se pueden embargar, puede solicitar datos en el registro de bienes inmuebles a través de una nota simple, información en tráfico, etc. y dar traslado al Juez para que proceda a despachar ejecución de esos bienes.
El demandante también puede solicitar al Juez la investigaqción de los bienes del deudor, para que se proceda al embargo, pero tiene que solicitarlo.
En el caso que nos ocupa, pudiera ser que a pesar de producirse el auto de despacho de ejecución, la parte demandante no haya solicitado aún dicha ejecución o tarde un tiempo en hacerlo.
CONCLUSIÓN:
En el proceso monitorio, cuando el deudor requerido de pago no se ha opuesto ni
comparecido ni pagado, DEBERÁ DESPACHARSE EJECUCIÓN ::
En todo caso o siempre, sin que deba esperarse al transcurso de un nuevo plazo de 20
días ni a la notificación de la citada resolución del Secretario, y además concurran dos
requisitos acumulativos, cual es:
(1) Previo dictado del Decreto de finalización del
monitorio, como requisito de control del cumplimiento de los requisitos de
“ejecutividad” (falta de oposición y pago y trascurso del plazo legal de los 20 días) y
(2) debe existir petición de SOLICITUD de DESPACHO DE EJECUCIÓN , pudiendo
solicitarse en cualquier momento posterior al Decreto mentado “ut supra” sin esperar la
firmeza del mismo ni transcurso del plazo del art. 548 LEC
Última edición por Anele; 15/10/2023 a las 12:46
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gracias por la info anele!
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Cuanto tardan en embargar
Hola tengo tres dias esperando que me validen campana aun veo el simbolo del reloj, esto es normal?, gracias.
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CarEi
Hola tengo tres dias esperando que me validen campana aun veo el simbolo del reloj, esto es normal?, gracias.
No entiendo que quieres decir?
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Sera algo del foro,yo no he visto ni campanas,ni relojes...
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CarEi
Hola tengo tres dias esperando que me validen campana aun veo el simbolo del reloj, esto es normal?, gracias.
CarEi, explícate, no sabemos que quieres decir...
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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Si el demandado no tiene ningún bien, y ademas no tiene trabajo o tiene uno temporal que acabe ese mismo mes o el siguiente, siendo insuficiente el embargo salarial cual seria el procedimiento del demandante? El demandado tendría insolvencia, o se embargarian propiedades de familiares por ejemplo?
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De familiares no.. De quien esté a nombre la deuda..... Si no hay nomina no pueden... Si pueden barrer cuentas bancarias a tu nombre, el dinero que tengas hasta cubrir la deuda.
MARIBELICA