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Tema: El Defensor del Cliente estima "parcialmente" la reclamación

  1. #41
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    Avatar de molien
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    En mi opinión la CECA hace un favor a la entidad, ni mucho menos defiende al cliente, la norma de los dos años parece pensada para que el cliente se conforme y no siga enredando.
    Os cuento cómo ha sido el "curioso" cálculo de los dos años de mi reclamación: el defensor cuenta dos años a partir de la fecha de envío por correo certificado con acuse de recibo, es decir, si el día que fui a correos a enviar la reclamación fue el 1 de julio de 2015 se me devolverán las comisiones desde el 1 de julio de 2013 hasta 1 de julio 2015.
    wilfra22 si te fijas el reglamento de la CECA dice que "el plazo para la presentacion de reclamaciones,a partir de que el cliente tenga conocimiento de los hechos,sera de dos años"., lógicamente yo me enteré de los hechos mucho antes y esto es algo que el Defensor sabe perfectamente, es más, podría haber demostrado con emails que intenté solucionarlo con la oficina peeeeeeeero no incluí copia de esos emails en la reclamación prque me pareció que no tenía que ver con el tema.
    Resumiendo, intentad demostrar cuándo habéis tenido conocimiento de los "hechos". Se me ocurre que el resguardo del certificado de Correos que se envía al SAC se podría utilizar.
    Cita Iniciado por wilfra22 Ver mensaje
    Bueno,a ver si me explico.
    En el reglamento del defensor al cliente de la CECA dice,"el plazo para la presentacion de reclamaciones,a partir de que el cliente tenga conocimiento de los hechos,sera de dos años".

    Quiere decir,que si ahora tenemos conocimiento de que nos estan sableando,a partir de ahora,tenemos un plazo de 2 años para reclamar los echos de los que ahora hemos tenido conocimiento.

    La interpretacion del defensor del cliente es que solo devuelven las comisiones de hace dos años.
    Como si lo que dice en su reglamento fuera "solo se puede reclamar dos años atras desde que nos enteramos del echo reclamado".

    La diferencia esta muy clara y con la resolucion del defensor de la CECA ,hay que seguir reclamando,rebatiendo su argumentacion y su interpretacion,a todas luces favorable a la CECA ), de su propia normativa.

    Y esto es todo amg@s......

  2. #42
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    Avatar de Pachuli
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    El Defensor del Cliente estima "parcialmente" la reclamación

    Muchas gracias molien,

  3. #43
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    Avatar de RCB
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    En mi opinión, esto no vale absolutamente para nada.

    El reglamento del defensor del cliente puede decir misa. Mi reglamento particular dice que puedo reclamar los últimos 50 año ...................que tiene el reglamento de ellos que no tenga el mío? Pues eso, tienen el mismo valor, es decir......cero.

    Lo de los dos años, es un argumento que se han sacado de la manga par no devolver lo que han chorizado, si, CHORIZADO.

    La normativa del Banco de España dice que podrás reclamar por hechos de los que te hayas percatado no más allá de dos años, a contar desde que tuvieras conocimiento de los mismos, no desde que se produjeron.

    Yo me he percatado antes de ayer de que esas comisiones cobradas eran improcedentes y por lo tanto es cuando procedo a reclamar, lo cual no significa en absoluto que solo tenga derecho a reclamar los últimos dos años.

    De hecho judicialmente se me admiten hasta 15 años, por lo tanto eso es lo que me vale.

    En mi humilde opinión, pérdida de tiempo total acudir al defensor del cliente de la CECA...... a los hechos me remito.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  4. #44
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    Hombre, valer para algo si que valen: para que aparezcas antes por el juzgado, jajajaja (si lo reclamado supera los 2 años).
    "Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"

    George Patton

  5. #45
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    A ver una duda que tengo... A cambiado la normativa del bde? ...pues en el constaba que eran los 6 últimos años, los que se podían reclamar..
    Y no dos como en ceca.

    Enviado desde mi D6603 mediante Tapatalk
    Santander 100+1.393,21= 1.493,21€ C. improcedentes.
    Caixa 47+60+660= 767€ c. improcedentes .( por ahora )
    Oney 1044.84 € comisiones, intereses y seguro mal contratado.
    Carrefour 58+112.95 =170.95 € (por ahora).voy a por ti, y lo sabes_____ total recuperado gracias a FAU: 4.694,51 €
    c.terrassa-BBVA 760+177.81=937.81€ c. improcedentes
    Santander consumer 35.70 € c.improcedentes.
    Sabadell 70+70+105=245 € c. improcedentes.

  6. #46
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    No, no ha cambiado. Esa normativa del Defensor (no de CECA sino de todos los Defensores) es para limitar los tiempos de reclamación y de indemnización, pero porque ellos lo valen, nada más.
    "Que Dios se apiade de mis enemigos, porque yo no lo haré"

    George Patton

  7. #47
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    Yo opino lo mismo que Sanblas y Rcb..se han sacado eso de la manga y si cuela cuela.Un saludo.
    Vive y se feliz

  8. #48
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    Bueno,a ver si me explico.
    En el reglamento del defensor al cliente de la CECA dice,"el plazo para la presentacion de reclamaciones,a partir de que el cliente tenga conocimiento de los hechos,sera de dos años".

    Quiere decir,que si ahora tenemos conocimiento de que nos estan sableando,a partir de ahora,tenemos un plazo de 2 años para reclamar los echos de los que ahora hemos tenido conocimiento.

    La interpretacion del defensor del cliente es que solo devuelven las comisiones de hace dos años.
    Como si lo que dice en su reglamento fuera "solo se puede reclamar dos años atras desde que nos enteramos del echo reclamado".

    La diferencia esta muy clara y con la resolucion del defensor de la CECA ,hay que seguir reclamando,rebatiendo su argumentacion y su interpretacion,a todas luces favorable a la CECA ), de su propia normativa.

    Y esto es todo amg@s......
    A ver....
    A parte de que sea dar mas vueltas al caldero para marear al cliente,si mirais esa normativa,dice lo mismo que el BDE.
    Que el cliente tiene un plazo de 2 años para reclamar desde que tiene conocimiento de los hechos reclamados.

    2 años desde que nos hemos enterado de plazo para reclamar.

    En ningun sitio,ni en la normativa de la Ceca,ni en los SACs ni en el BDE,dice que solo podemos reclamar dos años atras desde que conocemos el hecho.

    En ningun sitio.

    La interpretacion que el defensor del cliente hace de esa normativa interna y que otros bancos hacen de la norma al respecto del BDE,es la que les da a ellos la gana.

    Solo devuelven 2 años porque lo dice su normativa.

    No señor.

    Su normativa no dice eso. Ahi se ve para quien trabajan.


    Dicho esto,a mi me parece que cada uno puede reclamar donde quiera y las veces que quiera,si a el le sirve de algo.

    Para mi que solo sirve para marearte y que pase el tiempo de la CECA a la meca.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

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  10. #49
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    Y al BDE que pueden tardar un año en responder y encima con resolucion desfavorable, y si es favorable no vinculante, de que sirve, de nada, de perder mas el tiempo
    Eso que hoy te hace llorar, mañana te hace ser mas fuerte!

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  12. #50
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    wilfra22 en realidad no se puede reclamar las veces que quieras, la notificación del Defensor me lo deja muy claro: "...esta resolución no es susceptible de recurso ante este Defensor..."

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