Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
Resultados 1 al 7 de 7

Tema: Declaracion de salud y refinanciacion

  1. #1
    Estado
    Desconectado
    Avatar de maverick
    Fecha de ingreso
    11 feb, 15
    Mensajes
    43
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    2

    Declaracion de salud y refinanciacion

    Hola
    He recibido contestación a una reclamación que mandé a BBVA, al apartado de correos 1598 y también de defensor del cliente. Además, me llamaron del dpto. de refinanciación, os cuento mi última hora para que me aconsejéis. Gracias por adelantado.

    Reclamación:
    Me indican lo siguiente que adjunto en imagenes.
    20151015_110309.jpg
    20151015_110309.jpg
    20151015_110309.jpg

    Por email:

    Buenas tardes.
    Informamos que estas pólizas 9697 no tienen cuestionario de salud. Por ello no le podemos facilitar el duplicado del mismo . Sí se puede solicitar el duplicado de la póliza 96970000038893.
    Rogamos nos confirme para proceder a su solicitud y nos confirmen en su caso si se remitiría al domicilio postal del Asegurado.
    Saludos cordiales.
    Dpto. de Calidad
    BBVA Seguros.

    Que opciones tengo ahora mismo ?
    Se me plantea refinanciar el préstamo a 1 año más y me indican que están "de nuevo", obligados a incluir el seguro y alegan por ser las condiciones iniciales del préstamo. Necesito ayuda, estoy desesperado y quiero resolver este tema lo antes posible.

  2. #2
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Amazona22
    Fecha de ingreso
    03 may, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    17,233
    Me gusta (Dados)
    334
    Me gusta (Recibidos)
    5926
    A ver dime unas cositas.

    ¿Quien es la aseguradora?.
    ¿Has pedido la poliza a la aseguradora o al banco?.
    ¿Cuando se "contrato" ese seguro?.

    Y por favor,subid los documentos en pdf o en un formato mas legible.
    Asi no se ve nada.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  3. #3
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Amazona22
    Fecha de ingreso
    03 may, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    17,233
    Me gusta (Dados)
    334
    Me gusta (Recibidos)
    5926
    Ya he visto.
    ¿Que le pedias exactamente en tu carta a bbva seguros?.

    Podrias subir aqui todas las cartas tuyas y de ellos,en formato visible y por orden de fechas por favor.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  4. #4
    Estado
    Desconectado
    Avatar de maverick
    Fecha de ingreso
    11 feb, 15
    Mensajes
    43
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    2
    Carta que envíe por burofax:

    Sres. De BBVA
    Me pongo en contacto con Uds. Para solicitarles, ejerciendo mi derecho de acceso de conformidad con los artículos 15 de la Ley Orgánica 15/1999, y 12 y 13 del Real Decreto 1332/1994, información sobre cualquier póliza que pudiese existir a mi nombre, tanto individual como colectiva, en vigor o cancelada, desde el primer día de contratación, y en qué situación se encuentra dicha póliza en la actualidad, y bajo la dirección postal que sea.
    En caso de la existencia efectiva de una o varias pólizas, solicito copia/s de la/s misma/s, boletín/es de adhesión, donde conste mi firma, perfectamente legible, así como las condiciones de adhesión también perfectamente legibles, así como la declaración de salud o cuestionario de salud, firmada por mí.
    En el caso del seguro colectivo de vida, EL TOMADOR DEL SEGURO es la entidad financiera. Yo soy el ASEGURADO.
    Las Sentencias del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2001, 4 de abril de 2007, 20 de abril de 2009 o la de 4 de enero de 2008 concluyen que si “el agente de la aseguradora fue quién rellenó el cuestionario que el tomador del seguro se limitó a firmar, ello equivale a una falta de presentación del cuestionario, cuyas consecuencias no pueden hacerse recaer sobre el asegurado”
    De conformidad con lo anterior debemos tener en consideración lo siguiente:
    Según dicha Jurisprudencia incontrovertida que sienta el Tribunal Supremo, inexistencia de “cuestionario de salud” debidamente presentado por la Aseguradora al asegurado/-a, y por tanto, a falta de dicha presentación no cabe hablar de falta de comunicación de patologías previas y, en definitiva, alegar los Arts. 10 y 89 LCS.
    Tampoco podrá, en términos genéricos, establecer que el Asegurado/-a ha actuado con “dolo o mala fe” en el sentido establecido en los Arts. 89 y 10 LCS según la doctrina expuesta anteriormente y cuya jurisprudencia hemos reseñado anteriormente.
    Ruego den respuesta dentro del plazo estipulado por la ley, dos meses a contar desde el día de la recepción de la presente carta. En caso contrario, me veré obligado/a a trasladar Reclamación a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
    En espera de su respuesta.

    Carta que envíe al "defensor" del cliente:

    Estimados señores,


    El motivo de mi correo es solicitarles, duplicado del cuestionario de salud, del seguro colectivo de vida, de la póliza 0, a nombre de

    Sin este documento, actualmente puedo derivar en lo que denominan como “siniestro”, es decir, que al asegurado/-a le diagnostican una enfermedad que acarree la declaración de incapacidad permanente absoluta o bien por causa de fallecimiento, la Compañía del Seguro de VIDA alega falta de cobertura por no haber declarado“preexistencias” en relación al estado de salud previo a la conclusión del contrato de seguro.

    La cuestión radica en el hecho que los asegurados/-as declaran su estado de su salud, únicamente firman un documento que no tiene la calificación jurídica de cuestionario de salud en la gran mayoría de ocasiones, en la misma Oficina de la Entidad Bancaria del préstamo (hipotecario o no) al que se encuentra vinculado el Seguro de Vida y, ante un Agente Bancario que hace las veces de Agente de Seguros.
    Naturalmente, la Compañía de Seguros de Vida o es titularidad, participada o del propio grupo de la Entidad Bancaria.

    Para más inri, al aspirante a asegurado ni se le exige por la Entidad Asegudora una exploración física para contrastar su estado de salud, ni tampoco el precitado Agente bancario en funciones de Agente de Seguros tiene conocimiento alguno de salud; para rematar, se le suelen presentar a la firma unos documentos con las respuestas ya mecanografiadas y, en abundantes ocasiones, con errores de bulto tales como indicar datos que objetivamente no son del asegurado/-a.

    Dicha grave práctica de las Entidades Aseguradoras está teniendo una reiterada respuesta por parte de nuestros Juzgados y Tribunales al establecerse que tales prácticas “equivalen a la falta de presentación del cuestionario de salud” y, por tanto, ante la falta de cuestionario de salud no podrá apreciarse las alegaciones de dichas entidades de existencia de “preexistencia” o de “mala fe del asegurado” (Arts. 10.3 y 89 LCS)
    Las Sentencias del Tribunal Supremo de 6 de abril de 2001, 4 de abril de 2007, 20 de abril de 2009 o la de 4 de enero de 2008 en el que se expone que si “el agente de la aseguradora fue quién rellenó el cuestionario que el tomador del seguro se limitó a firmar, ello equivale a una falta de presentación del cuestionario, cuyas consecuencias no pueden hacerse recaer sobre el asegurado así como la prima del seguro”

    • Según dicha Jurisprudencia incontrovertida que sienta el Tribunal Supremo, inexistencia de “cuestionario de salud” debidamente presentado por la Aseguradora al asegurado/-a, y por tanto, a falta de dicha presentación no cabe hablar de falta de comunicación de patologías previas y, en definitiva, alegar los Arts. 10 y 89 LCS (en este mismo sentido Sentencia de la A.P. Barcelona de 15 de mayo de 2008, Sala Decimocuarta, Ponente: D. Francisco Javier Pereda Gámez)
    • Tampoco podrá, en términos genéricos, establecer que el Asegurado/-a ha actuado con “dolo o mala fe” en el sentido establecido en los Arts. 89 y 10 LCS según la doctrina expuesta anteriormente y cuya jurisprudencia hemos reseñado anteriormente.

    Por tanto, solicito copia del cuestionario de salud debidamente cumplimentado.
    En espera de su respuesta.
    Un saludo.


    Mi pregunta, es si refinancio, como es posible que ya sabiendo todo esto, me obliguen a contratar el seguro cuando no estoy obligado..??

  5. #5
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Amazona22
    Fecha de ingreso
    03 may, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    17,233
    Me gusta (Dados)
    334
    Me gusta (Recibidos)
    5926
    Te obligan porque si no no te refinancian.
    Pero ten en cuenta que si tu,obligadi por ellos,firmas un seguro que no es obligatorio en las condiciones del prestamo,tu tienes 30 dias para pedir a la aseguradora el desestimiento de ese seguro y la devolucion de la prima pagada.

    Si tu firmas un seguro,si la poliza esta firmada por ti,la dgsfp entiende que tu conoces las condiciones generales y particulares y si no has ejercido tu derecho de desestimiento,has aceptado ese seguro.

    Otra cosa es que en la poliza diga que te cubre algun siniestro y estes reclamando que la aseguradora no lo ha cubierto.

    La verdad es que no se exactamente que reclamas.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  6. #6
    Estado
    Desconectado
    Avatar de maverick
    Fecha de ingreso
    11 feb, 15
    Mensajes
    43
    Me gusta (Dados)
    0
    Me gusta (Recibidos)
    2
    Gracias wilfra22..
    Pues reclamo el seguro que me incluyeron en su día que por h o por b, todo son piedras y pretextos...
    Ahora, igual si aplazo el préstamo a un año, que no me tomen por tonto y me incluyan algo que yo no estoy de acuerdo, ni lo quiero, ni me parece de recibo. Pero ya de momento tengo que tragar y solicitar a partir de los 30 días, el desistimiento..esto es normal ?? No tiene ni pies ni cabeza, pero ellos sí claro...
    Yo no firmo ni quiero un seguro, sino ampliar el tiempo y pagar los correspondientes intereses, punto. Lo de obligar y tal, un cuento chino. No es legal, otra cosa es que accedan.

    He puesto ambas solicitudes que envía y creo que viene muy claro que reclamo. Como es posible que el cuestionario de salud no lo tengan esas pólizas, esto es legal ?? Lo reitero bien claro en el correo al Defensor.
    Gracias por tu tiempo

  7. #7
    Estado
    Desconectado
    Avatar de Amazona22
    Fecha de ingreso
    03 may, 11
    Ubicación
    Sevilla
    Mensajes
    17,233
    Me gusta (Dados)
    334
    Me gusta (Recibidos)
    5926
    Es que si no existe el cuestionario de salud, la compañia aseguradora dificilmente puede alegar preexistencia de nada. Esto por un lado.
    Por otro lado, la invalidacion del contrato solo seria posible si ese contrato no hubiera sido firmado por ti,si tu lo has firmado, has recibido las condiciones generales y particulares y no has ejercitado tu derecho de desestimiento, lo unico que puedes hacer con ese seguro es darlo de baja y pedir la parte no consumida de la prima si el seguro fuese de prima unica y no estuviera condicionado a la amortizacion del prestamo que cubre.

    Que te quede claro que la obligatoriedad de los seguros de vida la impone la entidad a la hora de aceptar la concesion del prestamo,si contratas el sguro te lo dan y si no lo contratas no te lo dan,asi de sencillo. Legalmente no es obligatorio contratar ningun seguro de vida y por eso existe la clausula de desestimiento. Porque si tu "contratas" un seguro y te arrepientes de haberlo hacho o no te interesa, tienes 30 dias desde que recibes la documentacion, para renunciar (desistir) a ese seguro,por correo certificado con acuse a la aseguradora. Y la aseguradora tiene la obligacion de anular ese contrato y devolverte la prima pagada.

    Y todo esto siempre que en el contrato de prestamo o hipoteca no hayan introducido una clausula que obligue a tener contratado un seguro y condicione la subida del diferencial,que solo supondria que el prestamo nos saliera un poquitin mas caro.

    Si el banco te pone como condicion para darte el prestamo,el contratar un seguro y a ti te interesa el prestamo,no tienes mas que aceptar y luego ejercer el desestimiento.

    Lo que no se es que condiciones tienen esas polizas de las que estamos hablando,las que reclamas, porque no las veo.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •  
síguenos
sobre nosotros
Foroantiusura pertenece a la asociación A.C.U.S.A., una asociación sin ánimo de lucro que pretende ayudar y dar información sobre la usura bancaria y otros abusos bancarios.
foro antiusura 
Información y asesoramiento sobre:

- Usura financiera.
- Cómo recuperar tu dinero.
- Cuales son nuestros derechos.
- Medidas legales ante la usura.
- Campos de actuación ante el abuso.
- Cómo actuar ante el acoso bancario.