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Tema: La comision europea apoya la retroactividad total en las clausulas suelo

  1. #1
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    La comision europea apoya la retroactividad total en las clausulas suelo

    http://www.elconfidencial.com/vivien...suelo_1071202/.

    La oferta de la banca al Gobierno, adelantada por El Confidencial y confirmada públicamente por CaixaBank el viernes, de retirar las cláusulas suelo sin retroactividad se produce después de que la Comisión Europea haya defendido la retroactividad total (hasta el momento de la firma de la hipoteca) de este tipo de cláusulas si son declaradas nulas en sentencia firme. Así lo ha comunicado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que le ha pedido opinión sobre el tema al ser consultada por varios tribunales españoles. Por el contrario, el Gobierno español defiende la retroactividad solo hasta mayo de 2013, fecha de la sentencia del Supremo que declaraba nulas estas cláusulas de BBVA, Abanca y Cajamar. El Banco de España y el BCE apoyan al Ejecutivo de Mariano Rajoy frente a la Comisión.
    Según el documento de alegaciones al que ha tenido acceso El Confidencial, la Comisión Europea sostiene que "el cese en el uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, de conformidad con el artículo 6.1 de la Directiva 93/13/CEE, como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad, salvo que dicha limitación sea necesaria para preservar el principio de cosa juzgada", como se puede apreciar en la página 25 del documento adjunto.


    Y añade que, de conformidad con varios artículos de esta directiva y con la interpretación del Tribunal, no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor -y a la que está obligado el profesional- en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia".

    Esto significa que los letrados de la CE Deyan Roussanov y Napoleón Ruiz García consideran que lo que hizo el Tribunal Supremo en 2013 se opone al derecho comunitario. Como es sabido, en esta sentencia (y en otras posteriores que fijan doctrina), el Alto Tribunal argumentaba que no debía imponer la retroactividad porque eso pondría en peligro la solvencia de un sector financiero que acababa de ser rescatado con 40.000 millones de dinero público y, por perseguir la eliminación de un mal -las cláusulas suelo-, se podría acabar provocando un mal mayor -mayores necesidades de dinero público para las entidades-.
    Gobierno, BdE y BCE contra la retroactividad total

    Obviamente, el Tribunal de la UE no tiene por qué tener en cuenta esta consideración (con el añadido de que la situación del sector financiero ahora es mucho mejor y ya no corre riesgo de insolvencia), sino solo los fundamentos jurídicos, que no parecen demasiado sólidos en el caso del Supremo, según diversas fuentes. Además, esta argumentación llevaría a que los afectados por estas cláusulas, que les impiden beneficiarse de los tipos bajos actuales, tendrían que sustentar los márgenes de la banca pese a la nulidad de las mismas.


    No obstante, el argumento de la estabilidad financiera sí es relevante para otros actores. El propio Gobierno español, en sus alegaciones ante el Tribunal de la UE, defiende la sentencia del Supremo. Y las fuentes consultadas añaden que tanto el Banco de España como el BCE -inducido por su brazo español- se oponen frontalmente a la retroactividad total (más allá de mayo de 2013) por el impacto que tendría en la "estabilidad del sistema financiero". En todo caso, estas fuentes afirman que la sentencia no se conocerá hasta el próximo año, es decir, después de las elecciones generales de diciembre.
    Por otro lado, la argumentación de la CE se aplica solamente a aquellas cláusulas que han sido declaradas nulas en firme, no a la totalidad. Por tanto, en caso de que el Tribunal adopte sus tesis, solo se aplicaría la retroactividad total en estos casos. Y, de momento, la mayoría de las entidades con estas cláusulas (Caixabank, Sabadell, Popular, Liberbank, Unicaja, Ibercaja o BMN) no han sido condenadas por el Supremo, aunque sí en numerosas ocasiones en primera instancia; de hecho, algunas de ellas han renunciado incluso a recurrir esas sentencias.
    Si firma un acuerdo, no puede pedir retroactividad

    Esto significa que los afectados deben seguir pleiteando hasta el final para conseguir la retroactividad hasta el momento de la concesión del préstamo. Pero no podrán acceder a la misma aquellos que firmen un acuerdo con el banco por el que renuncian a acciones legales para solicitar dicha retroactividad. Como informó El Confidencial este fin de semana, coincidiendo con el anuncio de Caixabank, varias entidades se están dirigiendo a sus clientes con propuestas de supresión de la cláusula de marras a cambio de la renuncia del cliente a cualquier demanda judicial.
    Este no es el único colectivo que tendría que renunciar a recuperar todo el dinero cobrado de más. También entrarían ahí los clientes de BBVA, Abanca (Novagalicia) y Cajamar, afectados por la sentencia de 2013. Como advierten los juristas de la CE, la única limitación de los efectos de la nulidad es que sea necesaria para preservar el principio de cosa juzgada, que es lo que se aplicaría en estos casos al existir sentencia firme del Supremo, ratificada posteriormente por el mismo tribunal.
    No habrá compasión!!

  2. Me gusta julia59, Anele, elambro, Pachuli indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  3. #2
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    Por esta regla a los afectados por la clausula de suelo de Cajamar Bbva y novagalicia, le tendrían que devolver el dinero cobrado de mas, ya que tendrían sentencia firme del supremo ¿no?

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  7. #4
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    Más al respecto

    http://economia.elpais.com/economia/...23_676560.html

    La Comisión Europea ha emitido un informe que tumba la sentencia del Tribunal Supremo que condenó a tres bancos a devolver las cláusulas suelo de las hipotecas solo desde mayo de 2013. Bruselas pide que se reintegre todo el dinero cobrado por aplicar estas cláusulas desde el inicio del crédito, no solo desde mayo de 2013. La Comisión entiende que no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de lo pagado por el consumidor, ya que si una cláusula es declarada nula, “lo es desde el origen”. Los afectados son BBVA, Cajamar y Abanca, pero el sector teme que afectará a todos.
    Los juristas de la Comisión Europea han elevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea un informe en respuesta a un caso de CajaSur, filial de Kutxabank, por una cláusula suelo de una hipoteca. La demanda fue interpuesta por Ausbanc. Tras 22 folios de razonamiento jurídico, la Comisión desmonta la argumentación del Tribunal Supremo que pidió una devolución parcial de esta cláusula. Este tribunal condenó a las entidades a reintegrar lo cobrado desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia, en adelante, pero no todo lo anterior.

    La Comisión desmonta la argumentación del Tribunal Supremo que pidió una devolución parcial de esta cláusula
    Desde entonces, miles de afectados han acudido a los juzgados para reclamar que le devuelvan lo cobrado al aplicar la cláusula suelo, que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los tipos acordados con la entidad estén por debajo. Hasta ahora, en la mayoría de los casos los jueces han dado la razón a los clientes, pero sin exigir la retroactividad al banco, es decir, desde el 9 de mayo de 2013 en adelante. La cuestión es clave porque hay 2,5 millones de hipotecas con suelos, y si se aplica a todos los casos, la banca tendrá que devolver miles de millones.
    En el escrito, Bruselas considera que “el cese en el uso de una determinada cláusula declarada nula por abusiva, como consecuencia de una acción individual ejercitada por un consumidor, no es compatible con una limitación de los efectos de dicha nulidad, salvo que dicha limitación sea necesaria para preservar el principio de cosa juzgada”.
    Además, añade, según los artículos 6.1 y 7.1 de la directiva 93/13/CEE, “no es posible que los tribunales nacionales puedan moderar la devolución de las cantidades que ya ha pagado el consumidor en aplicación de una cláusula declarada nula desde el origen por defecto de información y/o transparencia”.
    Fuentes jurídicas de una entidad señalaron que "la propia Comisión considera que, para preservar la seguridad jurídica, la protección que otorga la Directiva tiene como límite infranqueable la cosa juzgada, de tal manera que los casos que hayan sido decididos por los Tribunales no podrán ser modificados". También apuntan que "aquellas entidades y clientes cuyas situaciones hayan sido resueltas por sentencia judiciales firmes no podrán ser modificadas". Es decir, estas fuentes creen que los que hayan recibido sentencias sobre sus cláusulas o hayan firmado acuerdos de no litigiosidad, no se verán beneficiados por la posición de la Unión Europea.
    El informe, firmado por Deyan Roussanov y Napoleón Ruiz García, como agentes de la Comisión, es de 13 de julio pasado, si bien se enviaron dos correcciones al Tribunal el 14 de septiembre pasado.
    Golpe a la reputación

    ¿Qué puede pasar a partir de ahora? En primer lugar, debe posicionarse el Tribunal de Justicia y ver qué implicaciones tiene su sentencia. En el escrito de la Comisión Europea no hay referencia al BBVA, Cajamar y Abanca, condenados por el Supremo tras denuncias interpuestas por Ausbanc.
    Sin embargo, fuentes jurídicas del sector financiero, consideran que, al margen de los procesos estrictamente legales, “este asunto tiene unas fuertes connotaciones reputaciones que afectan a todo el sector. Si la Comisión dice que hay que devolver todo el dinero, me temo que, tarde o temprano, reintegraremos todo lo cobrado al aplicar las cláusulas suelo”.
    Desde la asociación Denuncias Colectivas, consideran: “Hay que mantener ciertas reservas hasta que se posicione el Tribunal de Justicia, pero estas cuestiones prejudiciales parecen cambiar el rumbo hacia la resolución un embrollo que tiene millones de afectados y que ha generado un gran problema de seguridad jurídica”.
    Fuentes jurídicas apuntan que el criterio de Bruselas podría guiar la macrodemanda que, desde hace tres meses, la banca aguarda con expectación. La juez de lo Mercantil número 11 de Madrid, deberá decidir si se aplica la retroactividad a 15.000 afectados por las cláusulas, defendidos por Adicae, que abarca a 101 entidades, que tras las fusiones, quedaron en 35, pero representan a casi todo el sector. El pasado 24 de junio quedaba visto para sentencia este procedimiento abierto en 2010.
    La semana pasada, CaixaBank y Bankia comentaron que, desde el verano, fecha del escrito de la UE, decidieron dejar de aplicar los suelos. El Popular y el Sabadell se niegan a hacerlo, por el momento.
    No habrá compasión!!

  8. Me gusta Teresa48 indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  9. #5
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    Un poco más:

    http://economia.elpais.com/economia/...36_766827.html

    Lo que reclaman los afectados por las cláusulas suelo es lo pagado de más durante los últimos seis años, cuando entraron en vigor al caer los tipos por debajo del 3%. La petición media llega a unos 7.000 euros y como se calcula que hay 2,5 millones de hipotecas con estas condiciones, hay 17.500 millones en juego. Si se le añaden las 700.000 hipotecas de BBVA, Cajamar y Abanca, que tendrán que devolver unos 3.000 euros de media (porque ya han reintegrado lo cobrado desde mayo de 2013), se suman 2.100 millones más; casi 20.000 millones en total.

    El Supremo conocía el golpe económico de su sentencia. Por eso, sólo exigió devolver lo cobrado de más desde el 9 de mayo de 2013, sin retroactividad. Dijo que quería evitar “trastornos graves con trascendencia en el orden público económico”. Es decir, el Supremo creía que algunas entidades podían entrar en serias dificultades si aplicaba la retroactividad. Si el sector pagara desde el 9 de mayo, la factura es de 10.000 millones, es decir, la mitad. Eso es lo que está en juego.
    La posible retroactividad de las cláusulas suelo afectaría más, según diferentes informes de analistas, a Unicaja, Liberbank, Ibercaja, BMN, Sabadell y Popular, aunque éstos dos últimos en menor medida.
    Mientras tanto, las demandas contra los bancos se multiplican. La última relevante es de la de la Audiencia Provincial de Tenerife, que ha condenado al BBVA a devolver lo cobrado desde el inicio del contrato, con los intereses legales desde la interposición de la demanda, presentada por Denuncias Colectivas.
    No habrá compasión!!

  10. #6
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  11. #7
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    Y por último una apreciación.
    Desde mi punto de vista, el argumento que esgrime el TSJ (La devolución de todo lo cobrado de más desde el inicio de la hipoteca provocaría “trastornos graves con trascendencia en el orden público económico”) y el coste de 20.000 millones de euros al que se hace mención es totalmente falaz, puesto que no es necesario que se produzca tal devolución, basta con que se minore la cantidad adeudada, en consecuencia a la banca le afectaría sólo a la expectativa de un mayor beneficio en el largo plazo.

    Por cierto, en el cálculo de los 20.000 millones se les olvidan, muy oportunamente, los intereses de devolución de las cantidades indebidamente cobradas.
    Última edición por scratch; 26/10/2015 a las 23:47
    No habrá compasión!!

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  13. #8
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    que buena noticia!!,

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  15. #9
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    Llevo cinco años esperando esta noticia... cuantos me faltan para que se convierta en realidad?? Porque se que se va a convertir.

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  17. #10
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