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Tema: Prescripcion monitorio?

  1. #1
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    Prescripcion monitorio?

    Echando un vistazo a los papeles que tengo, me ha aparecido un monitorio de 30 -3-2011, me dan 20 días, etc. Yo solicité justicia gratuita, me la denegaron, impugné la denegación y el juez tomó la decisión definitiva en diciembre de 2011, confirmando la denegación. Durante todo ese tiempo el monitorio estuvo suspendido, con la denegación del juez en diciembre, siguen corriendo es resto de los 20 días hábiles (me quedaban 8 creo).
    La parte acreedora no solicitó ejecución. Alguien sabe si podría hacerlo todavía? O esto está ya prescrito y tendría que iniciar un nuevo monitorio?

  2. #2
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    Artículo 518. Caducidad de la acción ejecutiva fundada en sentencia judicial, o resolución arbitral o acuerdo de mediación.

    La acción ejecutiva fundada en sentencia, en resolución del tribunal o del secretario judicial que apruebe una transacción judicial o un acuerdo alcanzado en el proceso, en resolución arbitral o en acuerdo de mediación caducará si no se interpone la correspondiente demanda ejecutiva dentro de los cinco años siguientes a la firmeza de la sentencia o resolución.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

  3. #3
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    Lo siento pero no entiendo... caduca a los 5 años de ser juzgada y no pedir ejecución??

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  4. #4
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    Cita Iniciado por Sanblas Ver mensaje
    Artículo 518. Caducidad de la acción ejecutiva fundada en sentencia judicial, o resolución arbitral o acuerdo de mediación.

    La acción ejecutiva fundada en sentencia, en resolución del tribunal o del secretario judicial que apruebe una transacción judicial o un acuerdo alcanzado en el proceso, en resolución arbitral o en acuerdo de mediación caducará si no se interpone la correspondiente demanda ejecutiva dentro de los cinco años siguientes a la firmeza de la sentencia o resolución.
    Esto en el caso del monitorio sería de la fecha en que se inicia (30-3-2011 en este caso)?
    Última edición por angjim; 12/05/2016 a las 19:28

  5. #5
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    La fecha en la que la sentencia es firme.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
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  6. #6
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    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    La fecha en la que la sentencia es firme.
    Y eso como se sabe?

  7. #7
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    Cita Iniciado por angjim Ver mensaje
    Y eso como se sabe?
    Mirando la sentencia...?
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  8. #8
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    -impugné la denegación y el juez tomó la decisión definitiva en diciembre de 2011, confirmando la denegación.
    -con la denegación del juez en diciembre, siguen corriendo es resto de los 20 días hábiles (me quedaban 8 creo).
    -La parte acreedora no solicitó ejecución.

    Pues según estos datos, a partir de que transcurrieran esos 8 días se procedería a la resolución del procedimiento y es a partir de entonces cuando empezarían a contar esos cinco años.
    De la conducta de cada uno depende el destino de todos.

  9. #9
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    Pues entonces esta vivito y coleando, porque además me he equivocado, mirando papeles he encontrado el auto desestimando la impugnación y es de 13-06-2012. En diciembre 2011 fue cuando impugne la denegación, o sea que según esto, hasta el verano de 2017 esta solo "durmiente".

  10. #10
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    Prescripcion monitorio?

    Cita Iniciado por angjim Ver mensaje
    Pues entonces esta vivito y coleando, porque además me he equivocado, mirando papeles he encontrado el auto desestimando la impugnación y es de 13-06-2012. En diciembre 2011 fue cuando impugne la denegación, o sea que según esto, hasta el verano de 2017 esta solo "durmiente".
    Así es compañero.Un saludo.

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