Hola, me gustaria saber como se tiene que actuar, cuando una empresa de microcreditos cede la deuda a una empresa de recobros y esta nueva empresa reclama la deuda judicialmente, sin haber comunicado nada.
Explicate un poco mejor,si te reclaman judicialmente es por que ha habido impagos,y si te mandan carta del juzgado pues tienes que acudir ver lo que reclaman
En teoría te lo deben de comunicar, lo único que no ha de ser fehacientemente por tanto te lo mandan en carta ordinaria o no te lo mandan.
El que reclama judicialmente a de tener toda la documentación de esa cesión y la de ese deuda.
Por eso lo digo, en los contratos no dice nada que te lo han de comunicar de manera fehaciente simplemente suele poner que les autorizar a vender la deuda a terceros, cuando les pides documentación al primer acreedor este te mandara al que vendió tu deuda para que se la pidas, es la mejor manera de enterarte si la vendieron.
Lo intento explicar mejor, yo solicito un microcrédito a la empresa “XXX” y esta se lo cede a la empresa “YYY”, esta última inicia un procedimiento monitorio, antes de que el juez lo admita a trámite el juez les exige que presenten original y copia del contrato de préstamo, y esta empresa aporta copia del contrato que se acepto de manera telemática con la empresa “XXX”, el juez acepta el monitorio pero con la salvedad de que considera que hay clausulas abusivas y les doy un plazo de 5 días para presentar alegaciones (documento 1), imagino que quitaran esas clausulas y seguirán con el monitorio reclamando el principal más los intereses, hasta ahí estoy de acuerdo, mi pregunta va dirigida a si yo me podría oponer al monitorio por esa cesión de crédito que nadie me ha comunicado, alguna vez he leído por aquí algo llamado “derecho de retracto”, pero no sé muy bien que es. Acompaño para que lo veáis el contrato de cesión que aportan en la demanda (documento 2).
una cosa es ceder el cobro y otra es vender la deuda
si la deuda esta cedida solo pueden intentar el recobro pero el acreedor legitimo sigue siendo el mismo
simla deuda la venden, tienen que presentar en el monitorio las escrituras de venta y los poderes , en ese caso si son ellos los tus legitimos acreedores
A ver, no tienen ninguna obligación de comunicarte la venta de esa deuda.
No necesitan tu autorización para ello. Ellos tienen que demostrar en el juzgado que son los nuevos propietarios de la deuda, mediante escritura pública de Notario y el Juez autoriza a que sea el nuevo acreedor el que inicie el procedimiento.
Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?
CORREO ELECTRÓNICO DEL SERVICIO DE ATENCIÓN AL SOCIO: sas.acusa@gmail.com
HORARIO: LUNES A JUEVES DE 9 A 20H Y VIERNES DE 9 A 19H
FORMULARIO PARA SOLICITAR ABOGADO: https://www.foroantiusura.org/thread...USA-Formulario
Cuando escribáis debéis identificaros con vuestro NICK - Gracias por vuestra colaboración.
pachu, el monitorio no me lo pone la empresa de microcreditos, sino quien se ha quedado con la cesión, entonces no estan intentando el recobro, me lo estan exigiendo judicialmente, entonces opinas que me podria oponer, ten en cuenta que el juez ya sabe el tema de la cesión