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Buenas, NOVEDADES !!!!
Pero no entiendo nada.
Hoy he recogido en correos el escrito que os adjunto (es una foto mañana lo escaneo con calidad)
IMG_1289.jpg
Por lo que veo admiten mi escrito pero hacen mencion a una posible nulidad de actuación en atención al decreto con fecha 25-04-17 !!que ponia fin al procedimiento monitorio¡¡
Yo no he recibido ninguna notificacion mas a parte de esta.
Otra cosa que me llama la atención es que presente el escrito el 3 de mayo y esta diligencia se firma el 4 de mayo
10mayo17.pdf
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Frame
Buenas, NOVEDADES !!!!
Pero no entiendo nada.
Hoy he recogido en correos el escrito que os adjunto (es una foto mañana lo escaneo con calidad)
IMG_1289.jpg
Por lo que veo admiten mi escrito pero hacen mencion a una posible nulidad de actuación en atención al decreto con fecha 25-04-17 !!que ponia fin al procedimiento monitorio¡¡
Yo no he recibido ninguna notificacion mas a parte de esta.
Otra cosa que me llama la atención es que presente el escrito el 3 de mayo y esta diligencia se firma el 4 de mayo
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Pregunta en el juzgado por ese decreto.....
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ÑAME,
Anele indicó/indicaron que le/s gusta esto.
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No tienes que hacer nada.
En el escrito de oposición que presentaste, creo recordar que solicitabas que se desestimase la demanda al no aportarse prueba alguna que justificara lo que se demandaba, pero a la vez, no creo que solicitaras que se celebrara la vista.
El decreto al que hace referencia, trata de la Ley Orgánica 6/2007 de 24 de mayo, por la que se modificó la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, también modificó el artículo 241.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en el que se regula desde la reforma operada por Ley Orgánica 19/2003 el incidente extraordinario de nulidad de actuaciones) otorgando a los tribunales ordinarios más facultades para revisar las violaciones de derechos fundamentales a través de una nueva regulación de la nulidad de los actos procesales con el fin de que la tutela y defensa de los derechos fundamentales por parte del Tribunal Constitucional fuera realmente subsidiaria de una adecuada protección prestada por los órganos de la jurisdicción ordinaria; la reforma ha consistido básicamente en posibilitar que la nulidad de actuaciones pueda fundamentarse no solo en situaciones de indefensión, sino en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución.
En este caso, y si ninguna de las partes alega nada. el juez determinará lo que crea conveniente.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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SanBlas
No tienes que hacer nada.
En el escrito de oposición que presentaste, creo recordar que solicitabas que se desestimase la demanda al no aportarse prueba alguna que justificara lo que se demandaba, pero a la vez, no creo que solicitaras que se celebrara la vista.
El decreto al que hace referencia, trata de la Ley Orgánica 6/2007 de 24 de mayo, por la que se modificó la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, también modificó el artículo 241.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (en el que se regula desde la reforma operada por Ley Orgánica 19/2003 el incidente extraordinario de nulidad de actuaciones) otorgando a los tribunales ordinarios más facultades para revisar las violaciones de derechos fundamentales a través de una nueva regulación de la nulidad de los actos procesales con el fin de que la tutela y defensa de los derechos fundamentales por parte del Tribunal Constitucional fuera realmente subsidiaria de una adecuada protección prestada por los órganos de la jurisdicción ordinaria; la reforma ha consistido básicamente en posibilitar que la nulidad de actuaciones pueda fundamentarse no solo en situaciones de indefensión, sino en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución.
En este caso, y si ninguna de las partes alega nada. el juez determinará lo que crea conveniente.
Estas seguro de lo del decreto?
Y por qué pone "...en atención al decreto de fecha 25-04-17 que ponía fin al procedimiento monitorio."
Voy a llamar a ver si m ello cojen.
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Buenas, NOVEDADES !!!!
Pero no entiendo nada.
Hoy he recogido en correos el escrito que os adjunto (es una foto mañana lo escaneo con calidad)
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Por lo que veo admiten mi escrito pero hacen mencion a una posible nulidad de actuación en atención al decreto con fecha 25-04-17 !!que ponia fin al procedimiento monitorio¡¡
Yo no he recibido ninguna notificacion mas a parte de esta.
Otra cosa que me llama la atención es que presente el escrito el 3 de mayo y esta diligencia se firma el 4 de mayo
10mayo17.pdf
ACLARADO he hablado por teléfono con el juzgado y me han aclarado que el día 25 de Abril pensado que no se iba presentar oposición cerraron el monitorio e hicieron DECRETO de ejecución.
No obstante como se presentó oposición en fecha pues ahora anularan ese decreto y mandaran a VERBAL.
Alucino un poco con que el juzgado se adelante a las fechas de finalización de plazo y de por supuestas ciertas cosas....
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Eso ni es justo ni mucho menos correcto que lo hagan.....que parece que tienen poco trabajo y hacen las gestiones antes de cumplir los plazos legales?......o es que acostumbran a que la mayoria de la gente no se oponga y lo hacen ya por serie para fiarse....jolines.
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Totalmente de acuerdo, y miedo me da que el juzgado que me ha tocado dé tantas cosas por supuestas y quiera quitarse estos casos de forma rápida.
En fin ahora me toca recibir el decreto, la anulación....
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Yo flipo. ¿Pero qué clase de justicia tenemos en este pais? Que dan por supuesto que no te vas a oponer. Tócate los pies.
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ACLARADO he hablado por teléfono con el juzgado y me han aclarado que el día 25 de Abril pensado que no se iba presentar oposición cerraron el monitorio e hicieron DECRETO de ejecución.
No obstante como se presentó oposición en fecha pues ahora anularan ese decreto y mandaran a VERBAL.
Alucino un poco con que el juzgado se adelante a las fechas de finalización de plazo y de por supuestas ciertas cosas....
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Buenas noches, eso me ha pasado a mi y encima el juzgado coge y me barre las cuentas... tela marinera con los juzgados. Tenemos que andar con ojo con este tema. Yo creo que esto lo hacen para agilizar trámites y ***** el currito.