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Tema: Inclusión Asnef, deuda vendida, no quieren recitificación

  1. #1
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    Inclusión Asnef, deuda vendida, no quieren recitificación

    Hola.
    En el año 2015 soy introducido en Asnef por no pagar tarjeta de crédito Citybank, deuda que se puso en tema, reclamando cuotas, intereses...etc...
    En esa fecha veo que estoy en Asnef con un importe.
    Posteriormente, veo que estoy, pero ahora mi deuda es con otra compañía (deduzco venta de deuda o cambio de nombre de city) y el importe es un pelín más alto, pero muy poco. Eso si, se mantiene fecha de alta.
    Sorpresa, el otro día, mi entidad me dice que ya no estoy en asnef, y pocos días después recibo notificación por carta de asnef que he sido incluido.
    Miro y veo que, mi deuda ha sido vendida a otra entidad "Hoist Finance" que el importe es el mismo, pero que la fecha de alta es de ahora, de este mes y año.
    Dónde claramente en los informes de Asnef indica:
    "Fecha Alta último acreedor": Este campo solo va informado en el caso de que su deuda haya sido vendida a otra entidad distinta del acreedor original.
    Ese campo esta vacío y solo tengo fecha de alta de ahora, como si la deuda fuese de ahora.

    Les escribo a Asnef para dicha rectificación, aportando, los informes creados por ellos en los últimos años dónde se ve claramente que la deuda inicial es con una entidad y cambia de entidad pero es la misma deuda.

    Me contestan hoy que contactaron con Hoist Finance, que la deuda existe y mi documentación es insuficiente ¿?¿?!!!!!!

    Les he enviado los informes que ellos me enviaron cuando los solicité, y dicen que es insuficiente ¿?

    Demostrar por mi parte que la deuda corresponde a City...no se como hacerlo, puesto que si Hoist Finance dice que existe, eso ¿va a misa para Asnef? Tengo los comunicados que en su día he ido teniendo con City, pero poco más, no tengo ninguna carta ni comunicación que mi deuda haya sido vendida a otras entidades (nos las he recibido nunca).

    Me llama mucho la atención que, los propios informes de Asnef sean "insuficientes" para corregir dicho dato.

    Porque se que a los 6 años, puedo solicitar la cancelación de Asnef, pero si me acaban de poner en este mes y año y no lo corrigen, he perdido 2 años? Si la venden a otros en un futuro y vuelve a suceder lo mismo....esto es como la historia interminable?

    Gracias y un saludo!

  2. #2
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    Asi es... Nos lo hacen a tod@s... Pero el dia que prescriba ese plazo desde la primera inclusion, y tras solicitarles que retiren ese apunte por el motivo indicado, si se niegan a hacerlo y con las pruebas que tengamos seria cuestion de denunciarlo en la AEPD

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  4. #3
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    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Asi es... Nos lo hacen a tod@s... Pero el dia que prescriba ese plazo desde la primera inclusion, y tras solicitarles que retiren ese apunte por el motivo indicado, si se niegan a hacerlo y con las pruebas que tengamos seria cuestion de denunciarlo en la AEPD

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    Vaya tela....

    Pero ahí es la siguiente "tecla" el día que prescribe ese plazo desde la primera inclusión, es la fecha inicial de fecha de alta? Ahora bien, teniendo los informes generados por Asnef, son suficientes para demostrar ello? Porque a día de hoy, por lo visto, no lo ha sido, y no tengo más... (de city si, pero no de la actual empresa que compró la deuda)...

    Que bien "protegidos" estamos los consumidores, que hay una deuda, si, esta claro, que me gusta tenerla, en absoluto, que se empezó la solicitud de corrección de deuda, que dejaron de dar señales de vida y ahora, se "renueva" la deuda...y frente a ello, no se puede hacer nada...
    Que me pongan, bueno, bien, que le vamos a hacer, pero que me pongan bien... Ahora parece que la deuda es del 2 de junio de este año...

  5. #4
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    Inclusión Asnef, deuda vendida, no quieren recitificación

    Cita Iniciado por lure Ver mensaje
    Vaya tela....

    Pero ahí es la siguiente "tecla" el día que prescribe ese plazo desde la primera inclusión, es la fecha inicial de fecha de alta? Ahora bien, teniendo los informes generados por Asnef, son suficientes para demostrar ello? Porque a día de hoy, por lo visto, no lo ha sido, y no tengo más... (de city si, pero no de la actual empresa que compró la deuda)...

    Que bien "protegidos" estamos los consumidores, que hay una deuda, si, esta claro, que me gusta tenerla, en absoluto, que se empezó la solicitud de corrección de deuda, que dejaron de dar señales de vida y ahora, se "renueva" la deuda...y frente a ello, no se puede hacer nada...
    Que me pongan, bueno, bien, que le vamos a hacer, pero que me pongan bien... Ahora parece que la deuda es del 2 de junio de este año...
    Como bien dice el compañero efcarrasco, asnef es la casa de tocameloroque......mientras se lo permitan,camparan a sus anchas

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  6. #5
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    Por desgracia no creo que puedas hacer mucho sin la carta de Citibank en donde te comunica que venden la deuda original. Quizá sería bueno pedirles a ellos la documentación de esa tarjeta para que te respondan que la deuda la han vendido con fecha tal (si se dignan a hacerlo). Por otro lado solo un apunte. Los seis años para que retiren el apunte de Asnef (y similares) no empiezan a contar desde el primer apunte en el fichero. Empiezan a contar desde el momento en que la deuda es cierta, vencida y exigible. O, en roman paladino, desde que dejas de pagar. Si consigues que el actual acreedor te envíe documentación sobre esa deuda (es decir, que figure cuándo se generó) ese papel sí te valdría. Pero ya te adelanto que no les saldrá de sus santas gónadas enviártelo.

    Y sí, estos archivos de solvencia patrimonial son la casa de tócamerroque y con eso juegan. Mientras nadie les pare los pies seguirán haciendo y deshaciendo a su antojo y pasándose todo por el arco del triunfo.
    Última edición por efcarrasco; 14/06/2017 a las 12:21

  7. #6
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    Que alegría más grande....

    Tengo documentación de city, pero nunca tuve comunicación por parte de city dónde vendían mi deuda.

    Si podría demostrar cuando se dejó de pagar, pero claro, es de city y no del nuevo, de ellos, no tengo ni una sola carta ni documentación al respecto...

    Es "interesante" este país, ellos pueden meternos en dicho fichero, cuando quieran, como quieran, del modo que quieran...nosotros, no podemos ni pedir rectificación, hay que demostrarlo todo con una documentación mayor a la que proporciona asnef en sus registros, los acreedores, deduzco que poco aportaran para demostrar que esa deuda es tal que así, y aunque los datos no sean correctos ni demás, nosotros a aguantarnos sin ni tan siquiera poder "reclamar" a algún organismo o similar....

    Todo ello, con los perjuicios que puede ocasionar estar inscrito en dicho fichero... (sin ir más lejos, el seguro de mi coche, ahora mismo pago más del doble que antes de estar inscrito...).

  8. #7
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    Sí, el país de las leyes y las trampas

    Cuando esté próximo a vencer al plazo de seis años se lo venderán a otros y te volverán a incluir empezando de cero. Prácticamente; es una inclusión infinita

  9. #8
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    Cita Iniciado por Lokutus Ver mensaje
    Sí, el país de las leyes y las trampas

    Cuando esté próximo a vencer al plazo de seis años se lo venderán a otros y te volverán a incluir empezando de cero. Prácticamente; es una inclusión infinita
    Lo dices en serio? Porque de ser así....estamos vendidos de por vida!!!!
    Algo se podrá hacer, vamos, digo yo....porque si no ya, estoy por irme esta tarde a celebrarlo tomandome unas beers fresquitas....

    Se que este pais, es un pais de pandereta, pero tanto???!!!!

  10. #9
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    Pues claro que se puede hacer... si tienes documentación que lo pruebe. Si no, es muy complicado.

  11. #10
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    hay una sola solución y segura, cuando puedas demostrar que lleva 6 años de antiguedad, te buscas un abogado y le pones una demanda a la nueva que te dice que no, y a asnef, le pides una buena indemizacion, te aseguro que lo tienes ganado, y es mas en el momento que reciban la demanda se retiran, respecto a la agencia española, no sirve de nada, pasan de todo, por la cara, cuando digo demanda,, una sola demanda con los dos implicados, existe una sentencia de la sala civil del tribunal supremo, del 2015, que indemniza estos hechos.

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