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clausula de comisiones en credito hipotecario
estaba leyendome el contrato del credito hipotecario y me encuentro con lo siguiente:
c) Comision gestion de reclamacion de impagadosde 18,03 € por cada cuota pactada que resulte impagada a su vencimiento,a satisfacer en el momento en el que se genere la primera reclamacion por escrito solicitando su regularizacion.
ante todo, decir que a mi, solo se me ha avisado por correo ordinario nunca por burofax,telegrama,carta certificada.
y tengo una duda, esa clausula dice que me lo tienen que notificar fehacientemente,¿no?
es que tambien pensaba reclamar esos 18.03 € por ges.rec.imp que me han cobrado durante muchos meses
gracias de antemano
Última edición por k.usur; 18/04/2012 a las 00:01
Razón: correccion del texto
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Claro que tienes que reclamarlos.
Tu contrato dice que se cobrará en el momento en el que se genere la primera reclamacion por escrito solicitando su regularizacion.
Tu alguna vez has recibido un escrito solicitando su regularización?
A que no?
Pues a reclamarlo, que demuestren ellos que te han enviado esas cartas.
Saludos
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gracias por la aclaracion,tenia esa pequeña duda
mañana pongo en marcha la 2ª reclamacion,y me quedan otras 2
ya os ire informando
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