En un hipotético juicio por inclusión indebida de una entidad u operador telefónica que es lo mas habitual (derecho al honor), en algún fichero de solvencia patrimonial, como por ejemplo Asnef o Badexcug. Si se aporta como prueba en el Juicio el procedimiento sancionador de la AEPD (mientras este no se haya recurrido) y donde se multa por infraccion grave a la empresa que ha incluido datos indebidamente.
¿Es determinante este documento publico (procedimiento Sancionador) de cara a la sentencia final, como puede ser por ejemplo un informe favorable del BDE en otros casos?
o por el contrario.
¿la sanción Administrativa por infracción de varios árticulos de la LOPD o RLOPD que impone la AEPD a la Empresa que incluye el dato, es independiente para reclamar una indemnización personal por el derecho al honor e intromisión ilegitima?
¿Que fuerza puede tener un procedimiento sancionador de este tipo en una demanda de estas?
Un saludo